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GUIA DE IMPORTACION BOLIVIA


Enviado por   •  15 de Noviembre de 2012  •  6.121 Palabras (25 Páginas)  •  850 Visitas

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TABLA DE CONTENIDO

RÉGIMEN TRIBUTARIO BOLIVIANO 3

INSTITUCIONES VINCULADOS AL COMERCIO EXTERIOR 6

RÉGIMEN DE IMPORTACIONES 7

ARANCEL DE IMPORTACIÓN 20

PRINCIPALES DOCUMENTOS PARA LA IMPORTACIÓN 20

ACUERDOS DE INTEGRACIÓN 21

GUÍA DE IMPORTACIÓN

ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

RÉGIMEN TRIBUTARIO BOLIVIANO

El Régimen Tributario boliviano se encuentra en la Ley de Reforma Tributaria, Ley 843 y su modificación con Ley 1606 del 22 de Diciembre de 1994, que establece los siguientes impuestos:

Impuesto al Valor Agregado (IVA)

Es un impuesto que se aplica a la venta de bienes muebles; los contratos de obras y la prestación de servicios; y la importación definitiva de bienes muebles.

¿Quiénes deben pagar?

En las importaciones, quienes realicen en nombre propio importaciones definitivas.

¿Sobre qué monto se aplica?

Sobre el valor CIF Aduana establecido por la liquidación o en su caso la re-liquidación aceptada por la aduana respectiva + el importe de los derechos y cargos aduaneros y toda otra erogación necesaria para efectuar el despacho aduanero.

¿Cuál es la tasa del tributo?

Tasa general única: 13% nominal y tasa efectiva: 14.94%

¿Qué productos están exonerados del pago?

Los importados por miembros del cuerpo diplomático o personas con status equivalente, y los que introduzcan bonafide los viajeros (de buena fe).

Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RCIVA)

El RCIVA se aplica a los ingresos de las personas naturales y sucesiones indivisas, provenientes de la inversión de capitales, del trabajo o ambas. La alícuota aplicada a este impuesto es del 13%.

Impuesto sobre las Utilidades de la Empresa (IU)

El IU es un impuesto que aplicado sobre las utilidades generadas por la empresa pública o privada, en un año fiscal. No se encuentra comprendido dentro de este régimen aquellos que fuesen resultado de un proceso de reorganización de la empresa. La alícuota asignada a este impuesto es del 25%, debiendo ser cancelada una vez al año.

Impuesto a los Consumos Específicos

Es un impuesto que se aplica a las ventas e importaciones de ciertos productos, tales como cigarrillos, tabacos, bebidas refrescantes, bebidas alcohólicas y vehículos automotores.

¿Quiénes deben pagar?

En las importaciones, las personas naturales o jurídicas que realicen importaciones definitivas a nombre propio.

¿Sobre qué monto se aplica?

Para productos con tasa porcentual sobre el valor CIF Aduana, establecido por la liquidación o, en su caso, la re-liquidación aceptada por la Aduana respectiva + el importe de los derechos e impuestos aduaneros y toda otra erogación necesaria para efectuar el despacho aduanero. El Impuesto al Valor Agregado y este impuesto no forman parte de la base de cálculo.

Para los productos con tasa específica, sobre los volúmenes importados expresados en las unidades de medida establecidas para cada producto por la Ley, según la documentación oficial aduanera.

¿Cuál es la tasa del tributo?

Tasas porcentuales:

Cigarrillos: 50%

Vehículos automóviles: 18%

Tasas específicas por unidad de medida:

Para las bebidas no alcohólicas en envases herméticamente cerrados (excepto aguas naturales y jugos de fruta de la partida arancelaria 20.09); la chicha de maíz; los alcoholes; las cervezas; los vinos y las bebidas fermentadas; los licores y cremas en general; el ron; el vodka y el whisky; se establecen montos a pagar por unidad de medida. Dichos montos varían año a año.

¿Qué productos están exonerados del pago?

Las bebidas no alcohólicas elaboradas a base de pulpa de frutas y otros frutos esterilizantes; los vehículos automóviles, construidos y equipados exclusivamente para los servicios de salud y de seguridad (ambulancias, carros de seguridad, carros bomberos y camiones cisternas) y los vehículos que cumplan con determinadas características. También están exentos los bienes importados por las misiones diplomáticas, organismos internacionales e inmigrantes y pasajeros.

Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados

Es un impuesto que se aplica a la comercialización en el mercado interno de hidrocarburos y sus derivados, sean éstos producidos internamente o importados.

¿Quiénes deben pagar?

Anualmente, el Directorio del Servicio Nacional de Impuestos actualiza la tasa máxima del Impuesto, de acuerdo a la variación de la Unidad de Fomento de la Vivienda (UFV) producida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de cada gestión fiscal.

Cabe notar que una vez fijada la tasa máxima la Agencia Nacional de Hidrocarburos actualiza, calcula y publica en una Resolución Administrativa, las tasas de Impuesto para todos los productos sujetos a precios fijos.

Impuesto a la Propiedad de Inmuebles y Vehículos Motorizados

El Impuesto a la Propiedad de Inmuebles y Vehículos Motorizados es de aplicación anual y se para toda propiedad inmueble y vehículos automotores existentes en territorio boliviano, exceptuando las propiedades del gobierno central como las prefecturas, municipios, instituciones públicas, fundaciones, centros educativos y organizaciones no gubernamentales. La base del cálculo para este impuesto es el avalúo fiscal establecido por cada municipio. Las alícuotas establecidas están detalladas en la Ley de Reforma Tributaria. Este impuesto es pagado una sola vez al año.

Impuesto a la Transacciones (IT)

El

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