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Garantias Judiciales


Enviado por   •  19 de Junio de 2013  •  4.293 Palabras (18 Páginas)  •  373 Visitas

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GARANTÍAS JURISDICCIONALES

Los jueces con regularidad controlan los actos y normas de un sistema jurídico, es necesario otorgarles una serie de garantías para que tengan condiciones idóneas que los prive de atender a elementos ajenos a los estrictamente normativos.

Los tribunales deben ser independientes

Fortalecer la División de Poderes y la Independencia Judicial que es la principal garantía jurisdiccional.

Alguna de las garantías consiste en la selección y ascensos, seguridad en el ejercicio del cargo, seguridad económica y fuero constitucional.

EVOLUCIÓN

Las Garantías Jurisdiccionales atienden a la preocupación para alcanzar un adecuado sistema de impartición de justicia, estableciendo las condiciones mínimas para el acceso a la jurisdicción

• La Constitución de Cádiz de 1812 contenía más de 60 preceptos relativos a los tribunales de la administración de justicia.

• La Constitución Federal de 1824 incluía un apartado titulado “Reglas a que se sujetará en todos los Estados y territorios de la Federación, la administración de justicia” en donde se establecía las prerrogativas en relación con el proceso jurisdiccional.

• La primera Norma Fundamental que previó alguna de las llamadas Garantías Jurisdiccionales fue la Constitución de 1836, al hacer referencia a la remuneración que debería corresponder a los Jueces y Magistrados.

• La Constitución Federal de 1857 también se ocupó de lo relativo al acceso a la tutela judicial, en su artículo 17 encontramos el antecedente directo del mismo numeral de la Constitución del 17

CONSTITUCIÓN DE 1917

• Solo cambia lo referente al acceso a la justicia lo cual ha sido objeto de una reforma: del 17 de marzo de 1987, en la que se derivó el texto del artículo 17 que actualmente se encuentra en vigor.

Con dicha reforma se pretendió ampliar y precisar el alcance de la garantías, así como de las obligaciones correlativas del Estado en materia de administración de justicia, de la cual se destaca:

El mandato de garantizar, a través de leyes, la independencia de sus Tribunales.

Se adiciona el artículo 116 para establecer en su fracción III, las bases fundamentales de la organización de los Poderes Judiciales de los Estados y los requisitos básicos para nombrar Jueces y Magistrados, pues antes no había una regulación constitucional en la administración de justicia local.

DEFINICIÓN

La palabra garantías proviene de garante; entre sus acepciones destacan “ el efecto de afianzar lo estipulado” y cosa que a figura o protege contra algún riesgo o necesidad”, en sentido el acto garantía equivale a aseguramiento o afianzamiento.

LAS GARANTIAS INDIVIDUALES SON DIFERENTES A LAS GARANTIAS JURISDICCIONALES

Las Garantías Jurisdiccionales no representan derechos públicos subjetivos a favor de todos los gobernados; tampoco son garantías procesales, como por ejemplo, el derecho de audiencia y la celeridad en el proceso;

Son previsiones destinadas exclusivamente a los impartidores de justicia, tendientes a mantener la incorruptibilidad de su función.

Héctor Fix Zamudio y José Ramón Cossío la definen como:

el conjunto de instrumentos establecidos por las normas constitucionales con el objetivo de lograr la independencia y de imparcialidad del juzgador.

1. Conjunto de instrumentos jurídicos: son mecanismos o medios que se prevén expresamente en normas jurídicas para lograr una efectiva administración de justicia.

2. Establecidos en el texto constitucional: las garantías constitucionales se contemplan en la norma suprema del ordenamiento jurídico mexicano, de ahí que no puedan ser contravenidos por ninguna otra norma e inferior.

• 3. Buscan asegurar la independencia e imparcialidad de los jueces: la principal característica de las garantías es el fin que persiguen, el cual se traduce en que los órganos jurisdiccionales puedan actuar con libertad, únicamente sujetos a lo dispuesto en las normas jurídicas, de modo que mediante su establecimiento se dote de ciertos elementos que les permita el realizar una labor independiente.

INCLUSIÓN EN NUESTRO SISTEMA JURÍDICO MEXICANO.

El primer fundamento Constitucional es el artículo 17 párrafo tercero el cual establece:

Art.17.

Las leyes federales y locales establecerán los medios necesarios para que se garantice la independencia de los tribunales y la plena ejecución de sus resoluciones.

También debemos mencionar los artículos 94 al 100 de la Constitución, que contempla las cuestiones relativas a la selección, estabilidad en el empleo y seguridad económica de los juzgadores.

Por su parte, el fundamento de las Garantías Jurisdiccionales en el ámbito local en la fracción tercera del artículo 116 constitucional.

En cuanto a la legislación secundaria debe mencionarse la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, así como las leyes orgánicas de los Poderes Judiciales de los Estados de la República, debido a que en ella se reglamenta lo dispuesto en los preceptos constitucionales.

A) Sistema de selección y ascensos.

Anteriormente no se encontraba contemplado en nuestro sistema jurídico, en general, mecanismos obligatorios de preparación y selección de juzgadores, ni tampoco existían escuelas judiciales ni exámenes de oposición.

Para ser Magistrado o Juez bastaba:

• Contar con título de Licenciado en Derecho y cierto tiempo de experiencia profesional.

• Gozar de buena reputación

Dichas garantías hacen referencia a que no deben tomarse en cuenta criterios subjetivos para hacer las designaciones y promociones de los juzgadores, sino parámetros objetivos que den seguridad a quienes pretenden obtener un cargo jurisdiccional, y mediante ellas

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