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Garantías Individuales


Enviado por   •  7 de Diciembre de 2012  •  1.628 Palabras (7 Páginas)  •  372 Visitas

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Que son las garantías individuales

Las Garantías Individuales son todas aquellas cuestiones de derecho, que un individuo ya desde su nacimiento disfrutará y podrá exigir en caso que no se cumplan y que tendrán como objetivo la consecución de la paz, la armonía y el orden en la sociedad en la cual se encuentre, asegurar la convivencia pacífica entre los hombres que comparten y viven en el mismo territorio, obtener justicia y bienestar social y alcanzar el bien común.

Las garantías individuales que cada persona posee se encuentran manifestadas en la constitución nacional de la Nación, que es la norma madre de todas las normas y a la cual todas convienen de alguna manera, es decir, ostentan un rango constitucional y son consideradas como fundamentales en el sistema político que la correspondiente constitución haya fundado oportunamente. La orientación de las mismas se encuentra siempre en dirección positiva a la dignidad humana.

A la declaración de garantías individuales se la puede dividir en tres grandes partes, las cuales, se encuentran compuestas por los derechos de libertad, seguridad jurídica e igualdad.

Las garantías de igualdad incluyen: que todo individuo deberá gozar de los derechos que otorga la constitución, la prohibición de la esclavitud bajo todo punto de vista, todos los ciudadanos tendrán los mismos derechos sin distinciones, prohibición de los títulos nobiliarios y de fueros.

Dentro de las garantías de libertad nos encontramos con estas tres divisiones: las libertades inherentes a la persona humana, las libertades que corresponden a la persona física y las libertades de las personas en cuanto al plano social.

Y finalmente, las garantías de seguridad implicarán: el derecho de petición, la detención de una persona por parte de las fuerzas de seguridad únicamente con una orden judicial mediante y el derecho a recibir eficaz y efectivamente la administración de justicia

Cuando y donde surgen

Los derechos fundamentales del hombre se "perfeccionaron" con los precursores de la revolución francesa del 14 de julio de 1789, como Voltaire, Montesquieu, Diderot, etc.

Que era la antítesis del poder soberano y absoluto del Rey.

A partir de aquél entonces, y en forma gradual y paulatina, nunca excenta de dificultades el mundo comenzó a aceptar dichos principios, sólo que la técnica legislativa daba por sentado que eso era algo "sobreentendido", por una parte, y por otra que no correspondía a ubicarlo en una Constitución, pues hemos dicho que su función era simplemente la de organizar a un país.

Pero la historia de México ha sido tan incruenta, y el pueblo ha sido víctima de tantos abusos por parte del gobierno en todos los tiempos, especialmente en los gobiernos conservadores, como los de SantaAna, y del emperador Maximiliano (PAN en la actualidad), y sobre todo en la época del dictador Porfirio Díaz, que al triunfar la Revolución Mexicana, el Legislador Constituyente, es decir, los diputados del pueblo que elaboraron nuestra actual Constitución, pensaron que era menester elevar a la categoría constitucional dichos derechos fundamentales del hombre, aunque la ténica legislativa no fuera la correcta, para así preservar algo tan esencial y tan caro al pueblo de México, y que le costó mucha sangre.

Por eso se instituyó en nuestra Constitución el capítulo de las Garantías Individuales, que realmente en el aspecto técnico-jurídico se llaman Derechos Subjetivos Públicos.

El legislador de 1917 no se conformó con llevar a la Constitución los derechos fundamentales del hombre, sino que también estableció la manera de hacerlos efectivos en la vida real, y ello acontenció a través de nuestro famoso Juicio de Amparo, que es el Juicio por el cuál los ciudadanos podemos obligar a la autoridad a respetar tales derechos fundamentales.

Ese Juicio o figura jurídica ha sido copiado por otros paises.

De forma mundial, la declaración de los derechos del hombre no fue establecida sino hasta 1948 con la firma y ratificación de la Carta de la Organización de la Naciones Unidas. Un poco tardados en relación con nuestra Constitución ¿verdad?.

Sin embargo, la ausencia del capítulo de las Garantías Individuales en las constituciones de otros paises no quiere decir que por ello no se respeten esos derechos fundamentales.

Así, por ejemplo, en los Estados Unidos existe un recurso ordinario en materia penal que se llama Habeas Corpus, un recurso ordinario para cumplir las formalidades de todo juicio que se llama Writh in cerciorari, otro Writh in juntion.

Pero lo más de "moda" surgieron hace apenas unas tres décadas en los paises nórdicos (vikingos), especialmente en Alemania y Suecia, que tenían un cierto parecido con nuestro Juicio de Amparo (toda proporción guardada)que abogaban por el respeto a tales derechos, en esos paises se le llamó al que realizaba esa función: Ombusman.

Ejemplos de garantías individuales

iindividuales:

Libertad

Transito

Prensa

Expresión

Trabajo

Profesión

Teenncia de la tierra

Propiedad

Seguridad

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