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Guatemala en los últimos años se ha visto afectada por los cambios climáticos y por los efectos de las crisis financieras internacionales lo que ha venido a perjudicar aun más la situación del país

oliver1507Monografía5 de Marzo de 2016

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INTRODUCCION.

     Guatemala en los últimos años se ha visto afectada por los cambios climáticos y por los efectos de las crisis financieras internacionales lo que ha venido a perjudicar aun más la situación del país, debido a que el presupuesto del estado ha sido y sigue siendo insuficiente para poder cubrir los gastos de la población ya que los recursos con que cuenta no llegan a cubrir las necesidades, viéndose de esta forma en la obligación de buscar medidas alternas como prestamos, por tal razón el Gobierno pretende llevar a cabo cambios en la política fiscal creando una ley de Actualización Tributaria,  la cual le permita obtener mayores recursos a través de los incrementos en las cargas tributarias y de esa forma poder dar cumplimiento a programas de desarrollo económico y social, además de disminuir la deuda pública y apalear la crisis financiera internacional.

     Esta investigación pretende analizar los efectos que generaría esta reforma fiscal y si realmente existe una equidad con respecto al pago de impuestos. Por lo tanto estudiaremos la ley actual del Impuesto Sobre la Renta y el proyecto de la nueva ley además de estudiar brevemente a la empresa.

     El primer tema de la investigación es por concebir que el Impuesto sobre la renta  es el impuesto que grava las rentas provenientes de la inversión de capital, del trabajo o de la combinación de ambos y que se genera cada vez que los contribuyentes generen rentas gravadas, además indicar los tipos impositivos que se van a aplicar a las rentas imponibles y cuáles son los regímenes a se acogen las personas jurídicas o individuales.

     El segundo punto a tratar es la empresa, definiéndola como una entidad integrada de un conjunto de factores de producción coordinada y cuya función es producir para obtener algún beneficio, además de mencionar las clasificaciones que hace el código de comercios respecto a estas.

     Y el tercer tema es la reforma fiscal correspondiente al año dos mil doce, analizando las variaciones que surgieron y a la vez que efectos causa en las empresas.

 

EFECTOS DE LA REFORMA FISCAL DEL ISR ENTORNO A LAS EMPRESAS

I. Desarrollo

  1. Impuesto sobre la renta (ISR): Según Granados (2006), Es el impuesto que grava las rentas que obtenga el contribuyente, y que provenga de la inversion de capital, del trabajo o de la combinacion de ambos. (Articulo 1).

  1. Contribuyentes: Según Granados (2006), Son contribuyentes las personas individuales y jurídicas domiciliadas o no en Guatemala, que obtengan rentas gravadas. (Artículo 3).
  1. Rentas: Según Granados (2006), Son las que se obtienen por el desarrollo de actividades y que están afectas o gravadas al impuesto entre las cuales existen las siguientes: (Articulo 4).

a. Renta Bruta: En opinión de Granados (2006, p.17) “Constituye renta bruta el conjunto de ingresos, utilidades y beneficios de toda naturaleza, grabados y exentos, habituales o no, devengados o percibidos en el periodo de imposición”. (Artículo 8).

b. Renta Neta: Según Granados (2006), En el caso de empresas, es el resultado de restar de la Renta Bruta, todos los costos y gastos necesarios para producir los bienes o servicios que se venderán. En el caso de personas en relación de dependencia, se obtiene de restar a la renta bruta las rentas no gravadas como los aguinaldos, por ejemplo. (Artículo 37).

c. Rentas Imponible: En opinión de Granados (2006, p.31), “constituye renta imponible la diferencia entre la renta bruta y las rentas exentas, salvo los regímenes específicos que la presente ley establezca.” (Artículo 37 “B”)

  1. Regímenes de Pago: Según Granados (2006), Existen dos maneras para declara el impuesto las cuales son: Régimen General y Régimen Optativo. (Artículos 44, 44”A”, 72).

  1. Empresa: De acuerdo a Océano Grupo Editorial S.A. (2008, p. 549), “Se define la empresa como una entidad integrada por el capital y el trabajo, como factores de la producción y dedicada a actividades industriales, mercantiles o de prestación de servicios”.

  1. Clasificación de acuerdo al código de comercio: Según el Código de Comercio (2012), facilita la organización y regula las operaciones de las empresas a través de las siguientes clasificaciones:
  1. Empresa Individual o Comerciante Individual: Son comerciantes quienes ejercen en nombre propio y con fines de lucro. (Artículo 2).
  2. Empresa en Sociedad Mercantil o Comerciantes Sociales: Las sociedades organizadas bajo cualquiera de las siguientes formas: Sociedad Colectiva, Sociedad en Comandita Simple, Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad Anónima, Sociedad en Comandita por acciones. (Artículos 3 y 10)
  1. Reforma fiscal 2012
  1. Régimen Optativo: Según Granados (2006), Las personas jurídicas o individuales que desarrollen actividades mercantiles, deberán determinar su renta imponible, deduciendo de su renta bruta, los costos y gastos deducibles, sumando los costos y gastos no deducibles y restando sus rentas exentas y aplicar a la base imponible determinada incluyendo  las ganancias de capital el tipo impositivo del 31%. En este régimen el impuesto se determinara y pagara por trimestres vencidos, sin perjuicios de la liquidación definitiva del periodo anual. (Artículo 72).

     Régimen sobre las utilidades de actividades lucrativas: Según Decreto 10-2012 (2012), Los contribuyentes que desarrollen actividades lucrativas deben determinar su renta imponible, deduciendo de su renta bruta las rentas exentas y los costos y gastos deducibles y sumando los costos y gastos para la generación de rentas exentas, y aplicaran a la base imponible el tipo impositivo del 25%. En este régimen el impuesto se determina y pagara por trimestres vencidos, sin perjuicios de la liquidación definitiva del periodo anual. (Artículos 19 y 36)

     Reforma: Se propone una nueva tasa impositiva del 25%, en este caso existe una reducción de la tasa impositiva del 6%.

Medidas de tributación internacional (precios de transferencias).

Elimina la regla de los costos y gastos que excedan del 97%.

Impone el pago del 5% a los dividendos (Hoy en la ley de timbres fiscales.)

Hacer más estrictas las normas de deducción de los costos y gastos.

Solo deja dos opciones para los pagos trimestrales. (Cierres parciales y el pago del 25% sobre el 8% de los ingresos brutos, es decir el 2% sobre ventas.

Existen gastos no deducibles diferentes a la ley actual los cuales son: los gastos a los que no se les haya efectuado la respectiva retención. Los sueldos y salarios que no acreditados con la planilla del IGSS, cuando proceda. Las bonificaciones y remuneraciones basadas en utilidades. Las depreciaciones en bienes inmuebles que excedan el valor de la matricula fiscal. Las donaciones a las entidades no lucrativas, que no cuenten con solvencia fiscal.

  1. Régimen General (Actividades mercantiles y no mercantiles): Según Granados (2006), Las personas individuales y jurídicas que desarrollen actividades mercantiles o no mercantiles, deben determinar su renta imponible deduciendo de su renta bruta las rentas exentas y sobre la base de la renta imponible aplicaran una tarifa del 5%. Dicho impuesto se pagara mediante el régimen de retención definitiva o directamente a las cajas fiscales, en forma mensual, dentro de los primeros diez días hábiles del mes siguiente a aquel en que se emitió la factura. (Artículos 44 y 44”A”)

     Régimen opcional simplificado sobre ingresos de actividades lucrativas: Según Decreto 10-2012 (2012), Los contribuyentes que desarrollen actividades lucrativas, deben determinar su renta imponible deduciendo de su renta bruta las rentas exentas y aplicaran el tipo impositivo según el rango de la renta de la siguiente forma:

[pic 1]

Dicho impuesto se pagara mediante el régimen de retención definitiva o directamente a las cajas fiscales, en forma mensual, dentro de los primeros diez días hábiles del mes siguiente a aquel en que se emitió la factura. (Artículos 44 y 46)

     Reforma: La tarifa hasta Q 30,000.00 de renta imponible seria del 5%.

La tarifa arriba de Q 30,000.00 sería de 7%.

Los agentes de retención deben aplicar la tarifa del 7%.

  1. Renta neta de personas individuales en relación de dependencia: Según Granados (2006), Constituye renta neta los ingresos por la prestación de servicios personales, los sueldos y salarios, comisiones y gastos de representación (no comprobados) bonificaciones y otras remuneraciones. La renta imponible será equivalente a su renta neta menos las siguientes deducciones: Cuota única Q 36,000.00, Cuotas a colegios profesionales, Cuota IGSS, Seguros de vida, Gastos médicos, Pensiones alimenticias, Donaciones, Rentas exentas. Los tipos impositivos según el rango son:

[pic 2]

El impuesto a pagar se determina sumando al importe fijo, la cantidad que resulte de aplicar el porcentaje correspondiente al excedente de renta imponible de cada intervalo, según la escala anterior. Tendrán derecho a un crédito a cuenta del impuesto sobre la renta, por el impuesto al valor agregado pagado en la adquisición de bienes y servicios durante el periodo de liquidación definitiva anual, para su uso personal y de su familia, hasta por un monto equivalente a la tarifa del impuesto al valor agregado aplicada a su renta neta obtenida en dicho periodo. Este crédito se comprobara mediante la presentación de una planilla. (Artículos 37, 37”A”, 37”B”, 43).

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