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Guia de Estudio Teoria del Delito tercer parcial


Enviado por   •  14 de Mayo de 2018  •  Exámen  •  977 Palabras (4 Páginas)  •  242 Visitas

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Conjunto de Normas Jurídicas de orden público, que se encarga de relujar el delito, las penas, medidas de seguridad y al delincuente.

Es aquel valor que la Ley contempla como derecho, recogido por esta y al que se le da la suficiente importancia para tutelarlo o protegerlo por medio de una norma penal.

1. Teoría del Delito

2. Teoría de la pena

3. Teoría del delincuente

4. Teoría de la Ley

Es el conjunto de normas jurídicas establecidas por el Estado que determinan los delitos, las penas y las medidas de seguridad con que aquellos son sancionados.

ARTÍCULO 22 (Formas de autoría y participación).

Son responsables del delito, quienes:

I. Lo realicen por sí; (autor material)

II. Lo realicen conjuntamente con otro u otros autores; (Coautor)

III. Lo lleven a cabo sirviéndose de otro como instrumento; (autor mediato)

IV. Determinen dolosamente al autor a cometerlo; (instigador)

V. Dolosamente presten ayuda o auxilio al autor para su comisión; y (cómplice)

VI. Con posterioridad a su ejecución auxilien, al autor en cumplimiento de una promesa anterior al delito. (Auxiliador)

Quienes únicamente intervengan en la planeación o preparación del delito, así como quienes determinen a otro o le presten ayuda o auxilio, sólo responderán si el hecho antijurídico del autor alcanza al menos el grado de tentativa del delito que se quiso cometer. La instigación y la complicidad a que se refieren las fracciones IV y V, respectivamente, sólo son admisibles en los delitos dolosos. Para las hipótesis previstas en las fracciones V y VI se impondrá la punibilidad dispuesta en el artículo 81 de este Código

> Precepto y sanción

1.-Delincuente

2.-Pena

3.-Sanción

Atipicidad

Objeto material

Manifestación de la Voluntad, resultado y nexo

Material

Es la conducta (Acción u omisión) voluntario típico que contraviene el presupuesto de la norma penal, lesionando o poniendo en peligro bienes e interés tutelados por el Derecho.

Conducta típica, antijurídica y culpable

Es la reprochabilidad, un comportamiento es reprochable, cuando se prueba que el autor dado que tenía conciencia de la antijurídica

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