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Guia ignacio burgoa primeros 4 temas.


Enviado por   •  8 de Mayo de 2016  •  Trabajos  •  10.952 Palabras (44 Páginas)  •  265 Visitas

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GUIA PRIMER PARCIAL GARANTIAS CONSTITUCIONALES

FICHA I

 FILOSOFICA Y ANTECEDENTES HISTORICOS DE LAS GARANTIAS CONSTITUCIONALES Y/O DERECHOS HUMANOS.

  1. LA PERSONA HUMANA, la persona humana es la que reflexiona, la que piensa, la que pretende alcanzar sus fines, sus propósitos y metas y toso ello la hace con la finalidad de lograr la felicidad, otros lo hacen para lograr la justica y otros para consagrar los valores.
  2. LA LIBERTAD HUMANA, para que el individuo realice sus propios fines y logre la felicidad es precisamente la libertad no solamente como decisión sino como una actuación sin limitaciones o restricciones.

La libertad social o externa del hombre es aquella que no solamente consiste en un proceder moral o interno, se revela pues en una facultad autónoma de elección de los medios más idóneos para la realización de la teleología humana.

  1. EL INDIVIDUO, LA SOCIEDAD Y EL DERECHO.

Para que le vida en común sea posible y pueda desarrollarse por un sendero de orden, para evitar caos en la sociedad es indispensable que exista una regulación que encause y dirija esa vida en común, que norme las relaciones humanas sociales es decir es necesario que exista en derecho como un conjunto de normas de vinculación bilateral, heterónoma, coercible, imperativas y obligatorias.

  1. LA JUSTICIA SOCIAL, la justicia social se logro en la revolución Mexicana en 1910 y esta es lo mismo al bien común. La justicia social es en síntesis deontológica de todo orden jurídico y de la política gubernativa del Estado. Etimológicamente la expresión justicia social significa la justicia para la sociedad, es decir para todos.
  2. DERECHOS HUMANOS, los derechos humanos se traducen en imperativos éticos emanados de la naturaleza del hombre que se traducen en el respeto a la vida, dignidad y libertad en su dimensión de persona, dicho de otro modo los derechos humanos nacen de la naturaleza que la conciencia interpreta iluminada por la razón.

Los derechos humanos son los que tiene el hombre por el simple hecho de serlo es decir son con las prerrogativas que nace ya que son inherentes a el.

  1. GARANTIAS CONSTITUCIONALES, las garantías constitucionales son los instrumentos, los medios y los mecanismos de defensa de los derechos humanos. Además son los derechos establecidos en la ley suprema en el derecho positivo.
  2. ANTECEDENTES HISTORICOS.
  1. Tiempos remotos:  en estos tiempos no es posible hablar de la existencia de derechos humanos del hombre considerados estos como conjunto de prerrogativas del gobernado frente al gobernante, tampoco es posible hablar de potestades o facultades que tuviera el individuo dentro de la Comunidad a la que perteneciera.

Existía régimen matriarcal y patriarcal en los cuales la madre y el padre eran la autoridad y estos gozaban del respeto de los subalternos.

En esta época se observa la esclavitud, l cual es una violación a las garantías de libertad e igual humana. La sanción en caso de rebeldía era el destierro de la tribu o comunidad.

  1. Estados de Oriente: en el régimen social oriental los derechos del hombre no existían, puesto que la libertad del hombre fue desconocida y menospreciada debió a que en los gobernantes reinaba en despotismo mas acabado.

El individuo en dichos estados debía callar y obedecer ya que el gobernante era el representante de dios en la tierra, es decir este estaba ungido como tal por voluntad divina.

El hombre tenía muchas prohibiciones no solo fácticas sino jurídicas inherentes al régimen teocrático en las cuales por lo general estaban organizados.

En algunos pueblos de oriente estaban organizados o se hallaba restringidos por normas religiosas teocráticas, en las cuales implícitamente se les reconocían algunos derechos a los súbditos pues se suponía que dichas normas eran producto de un pacto entre Dios y el pueblo.

En el caso de la India no estaba dotada de un gobierno teocrático, ya que el estado temporal era independiente de la religión y los sacerdotes no debían de tener injerencia en la vida política, por ello el pensamiento hindú se reveló marcadamente democrático y liberal. Respecto a los derechos del hombre o garantías individuales el pensamiento hindú abrigaba la tendencia a respetar la personalidad humana por lo que ve al derecho especifico de libertad.

China comparte pensamiento con la India y sus más destacados filósofos son Confucio, Mencio, Meh-ti y Lao Tse, ellos predicaban la igualdad entre los hombres, sostuvieron la democracia como forma de gobierno y abogaron por el derecho legítimo del gobernado para revelarse contra los mandatos despóticos y arbitrarios del gobernante.

C) GRECIA

En Grecia, en la época antigua hubo numerosas pequeñas comunidades políticas llamadas polis eran independientes entre sí pero teníanvínculos comunes de la raza, la lengua y la mitología a pesar de estos vínculos  el individuo no gozaba de los derechos fundamentales como persona reconocidos por la polis y oponibles a las autoridades

  Sus ciudadanos se dividían en diferentes clases sociales: nobles y sacerdotes soldados y guerreros, agricultores y comerciantes, por lo general todas las clases sociales, incluso las más bajas, contaban con esclavos, que realizaban las labores más arduas o menos gratificantes de la sociedad.

 Metecos (extranjero) y esclavos vivían en la ciudad con los ciudadanos, pero esta era exclusivamente una comunidad de ciudadanos, y de ciudadanos hombres, puesto que las mujeres estaban excluidas de los derechos políticos.
      Ser ciudadano significaba en primer lugar una sola cosa, no ser esclavo. Sin embargo es necesario recordar que allí donde instauraron democracias en sus ciudades, los griegos consideraron que había que ser varón y mayor de cierta edad para poder detentar la cualidad de la ciudadanía de pleno derecho, con lo que excluyeron de la misma a las mujeres y los niños, que la tendrían de hecho. Esto es, a tal colectivo de mujeres y niños se les consideraba en cierto modo ciudadanos de hecho, aunque no de derecho: al niño en cuanto nacido en la ciudad (y por tanto, futuro ciudadano con voz y voto) y a la mujer en cuanto que madre, puesto que lo había engendrado (pero sin voz ni voto en la asamblea)

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