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HECHO, ACTOS Y SUJETOS DEL DERECHO

Denys ArriagaApuntes30 de Mayo de 2022

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UNIVERSIDAD ABIERTA Y A DISTANCIA DE MEXICO

NOMBRE: ANA DENNISE ARRIAGA GONZALEZ

GRUPO: DE-DEHASD-20202-M1-22

PROFESOR: ERIK LARA HERNANDEZ

ACTIVIDADES MODULO 1 SEMANA 1

HECHO, ACTOS Y SUJETOS DEL DERECHO

SEMANA 1 ACTIVIDAD 1:               ACEPCIONES DEL DERECHO

TEORÍA O TITULO

TEORÍA PURA DEL DERECHO

EL DERECHO Y LA CIENCIA DEL DERECHO

NOCIONES DEL DERECHO POSITIVO

INTRODUCCION AL STUDIO DEL DERECHO

NOMBRE DEL AUTOR O AUTORES

Hans Kelsen

Tamayo y Salomón

Flores  y Carvajal

Eduardo García Máynez

DEFINICIÓN

El definía el derecho como un deber coercible pues pretendía expresar que el derecho es un sistema normativo ya que su principal fin es regular el comportamiento del ser humano, en el sentido de hacer y omitir.

En esta definición Tamayo decía que la regulación de la conducta humana se basa en premios y castigos sin dejar de lado sus derechos pero sin embargo siempre serán regidos por un legislador.

El origen de la palabra proviene del Latín  directum que significa no apartarse del buen Camino ,seguir el sendero señalado por la ley ,lo que se dirige o es bien dirigido

El derecho es un conjunto de normas que además de conceder facultades también impone deberes, todo esto en favor de la regulación del buen comportamiento de la sociedad.

CARACTERÍSTICAS DE LA DDEFINICION

Una de sus principales características es que es una doctrina pura en cuanto al derecho pues solamente se orienta al mismo además pretende liberarlo de los elementos extraños.

Las conductas el ser humano son restringidas es decir dejan de ser una opción para convertirse en una obligación hacia el buen comportamiento

Esta definición está constituida por normas jurídicas  son un sistema de reglas las cuales van dirigidas hacia la sociedad

Son las normas que deben de cumplir los individuos como sociedad.

Ejemplos

Derecho positivo

  • Códigos viales
  • Reglamentos mercantiles
  • Actas de nacimiento
  • Actas de matrimonio

Derecho natural

  • Derecho a la educación
  • Derecho a la vida
  • Derecho a la familia
  • Derecho al a igualdad social

Derecho vigente

  • Código penal
  • Código civil
  • Normativas laborales
  • Normativas agrarias

Derecho consuetudinario

  • Formas de pensar
  • En algunos pueblos la forma de elegir s sus gobernantes
  • En algunas etnias o pueblos la forma de contraer matrimonio

  • 1. Registro No.
     2 021 773
  • ACCIÓN DE RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD. ES IMPROCEDENTE SI SE AFECTA EL INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR, DERIVADO DE UNA IDENTIDAD FILIATORIA CONSOLIDADA EN EL TIEMPO.
  • Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.15o.C.64 C (10a.); Publicación: Viernes 13 de Marzo de 2020 10:16 h

ACTIVIDADA 2 :  LAS NORMAS Y AMBITOS DE VALIDEZ

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DIFERENCIAS ENTRE LAS NORMAS MORALES, SOCIALES, RELIGIOSAS Y JURIDICAS

Las normas jurídicas son normas que básicamente tienen como finalidad regular el comportamiento de los seres humanos dentro de la sociedad con el objetivo de que esta funcione de manera correcta de manera pacífica, ordenada y respetuosa además estas normas son las que más avala la sociedad pues su cumplimiento es considerado obligatorio.

 En cuanto a las normas morales son básicamente la demostración de la educación y valores que han sido inculcados dentro de la familia, manejando un deber pero sin dejar de lado la consideración o criterio de cada individuo para su cumplimiento.

Hablando de las  normas religiosas, estas normas son una especie de reglas que las religiones y los dirigentes y sus creyentes han impuesto en base a sus principios o valores que la misma cree correctos  y que además los creyentes piensan que esto los llevara a un estado de gracia, sin embargo no se impone obligatoriamente sino se debe de estar convencido de cumplirlo.

Pero si mencionamos a las  normas sociales se podrá decir  que generalmente son para mantener una Buena convivencia dentro de la sociedad y que también las podemos llamar usos y costumbres  en algunos casos ,sin llegar a ser del todo obligatorias pero si  dirigidas a una mejor convivencia.

En si se entiende básicamente que la diferencia entre las distintos tipos de normas es que unas se regulan por la forma de pensar y otras por la manera en la que nos han educado sin embargo todas van dirigidas hacia una buena función de la sociedad pues regulan la buena convivencia y el respeto, sin más me atrevo a decir que las normas jurídicas son las más importantes pues son las que regulan con más rigor a la sociedad y su comportamiento.

EJEMPLOS.

Normas jurídicas

Normas sociales

Normas morales

Normas religiosas

Todas las personas tienen derecho a un juicio justo

Respetar los derechos de los demás

Ser honesto

Dar limosna o diezmo

No se puede explotar de manera laboral a un niño

No decir malas palabras

Respetar alas personas mayors

No comer carne en días santos

Cualquier ciudadano puede postularse  a elecciones populares

Tener cortesía para dirigirse a las demás personas

Ayudar a las personas que más lo necesitan

Cumplir con los mandamientos de dios

Todas las personas tienen derecho a una identidad

No decir malas palabras

Respetar las decisiones de la justicia

Amar a dios por sobre todas las cosas

DOS LEYES POR MATERIA QUE INCENTIVEN Y PROHÍBAN RESPECTIVAMENTE DETERMINADAS CONDUCTAS, IDENTIFICANDO ADEMÁS SUS ELEMENTOS.

  1. respectivamente determinadas conductas, identificando además sus elementos.

MATERIA

HIPOTESIS

SANCION

COESION

COACCION

NORMA

DERECHO CIVIL

Será sancionado todo aquel que posea armas y explosivos no permitidos y de uso exclusivo del ejercito

Se sancionara con prisión de tres meses a un año y de uno a diez días de multa cuando se trate ce armas comprendidas en el inciso correspondiente.

La posesión de armas será limitada a que deben de tener un registro expedido por la autoridad competente y en cuanto a los calibres son algunos los permitidos al igual que los cartuchos serán permitidos en cantidades limitadas, de lo contrario se impondrán sanciones correspondientes.

La autoridad correspondiente tendrá la facultad de sancionar de manera que corresponda

Ley federal de armas de fuego y explosivos articulo 83

Será sancionado todo aquel que utilice sus bienes y actividades en perjuicio de la colectividad

Se sancionara a las personas con respecto a la falta sobre el artículo 16 del código civil del distrito federal

Se aplicaran las distintas sanciones señaladas en el código civil del distrito federal

Se remitirá a la autoridad correspondiente

Código civil del distrito federal articulo 16

DERECHO PENAL

Cuando varios sujetos intervengan en la comisión de un delito y no pueda precisarse el daño que cada quien produjo, para su punibilidad se estará a lo previsto en el artículo 82 de este Código.

la penalidad será de las tres cuartas partes del mínimo a las tres cuartas partes del máximo de las penas o medidas de seguridad correspondientes para el delito cometido, según su modalidad

Cada uno d los sujetos reparara el daño que produjo

Artículo 26 del código penal de la ciudad de México

ARTÍCULO 29 Se presume que existe legítima defensa, salvo prueba en contrario, cuando se cause un daño a quien por cualquier medio trate de penetrar o penetre, sin derecho, al lugar en que habite de forma temporal o permanente el que se defiende, al de su familia o al de cualquier persona respecto de las que el agente tenga la obligación de defender, a sus dependencias o al sitio donde se encuentren bienes propios o ajenos respecto de los que exista la misma obligación

Al que incurra en exceso, en los casos previstos en las fracciones I, II, III y IV de la letra B del artículo 29 de este Código, se le impondrá la cuarta parte de las penas o medidas de seguridad, correspondientes al delito de que se trate, siempre y cuando con relación al exceso, no exista otra causa de exclusión del delito.

la penalidad será de una tercera parte del delito que se trate

Artículo 29 del  código penal de la ciudad de México

DERECO MERCANTIL

Consistiendo el préstamo en dinero, pagará el deudor devolviendo una cantidad igual a la recibida conforme a la ley monetaria vigente en la República al tiempo de hacerse el pago, sin que esta prescripción sea renunciable. Si se pacta la especie de moneda, siendo extranjera, en que se ha de hacer el pago, la alteración que experimente en valor será en daño o beneficio del prestador.

Pagará el deudor devolviendo  la misma clase é idénticas condiciones, o sus equivalentes.

Deberá pagar en las mismas condiciones y la misma cantidad

Artículo 359 del código de comercio de la ciudad de México

Artículo 4o.- Las personas que accidentalmente, con o sin establecimiento fijo, hagan alguna operación de comercio, aunque no son en derecho comerciantes, quedan sin embargo, sujetas por ella a las leyes mercantiles. Por tanto, los labradores y fabricantes, y en general todos los que tienen planteados almacén o tienda en alguna población para el expendio de los frutos de su finca, o de los productos. elaborados de su industria, o trabajo, sin hacerles alteración al expenderlos, serán considerados comerciantes en cuanto concierne a sus almacenes o tiendas

Son sujetas a las leyes mercantiles de dicho código

Se deberán cumplir las sanciones marcadas por dicho código

Artículo 4º del código de comercio

DERECHO LABORAL

Menores de quince años; no podrá utilizarse el trabajo de mayores de esta edad y menores de dieciocho años que no hayan terminado su educación básica obligatoria, salvo los casos que apruebe la autoridad laboral correspondiente en que a su juicio haya compatibilidad entre los estudios y el trabajo.

Al patrón que incurra en esta conducta se le sancionará con la pena establecida en el artículo 995 Bis de esta Ley

El patrón tendrá que pagar de 250 a 500vecees la unidad de medida y actualización por una pena de prisión de 1 a 4 años

De no cumplir será remitido a cumplir una pena en prisión

Artículo 22 Bis. 

De la ley federal del trabajo

Será persona y trabajadora del hogar a toda aquella persona que cumpla con las labores de cuidado, limpieza etc. quedando prohibido la contratación de personas menores de quince años.

El empleador deberá de cubrir todos los requerimientos que este código y su contrato estipule

Artículo 331 de la ley federal del trabajo

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