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INESAP AUTOEVALUACIONES TEMA III DE INTRODUCCION AL ESTUDIO DEL DERECHO


Enviado por   •  23 de Octubre de 2014  •  1.599 Palabras (7 Páginas)  •  4.199 Visitas

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AUTOEVALUACIÓN

TEMA III

1. Defina que es la moral y como se relaciona esta con el Derecho.

Aristóteles: Define la virtud moral como una "disposición voluntaria adquirida (hábito) dirigida por la razón y que consiste en el término medio entre dos vicios".

Kant: La conciencia moral dice “no mentirás” sin condicionar en modo alguno el mandamiento, no establece circunstancias particulares bajo las cuales la ley tiene validez o no, el mandato es siempre absolutamente válido, de otra forma, no sería una exigencia moral.

Piaget: Este psicólogo propone que hay tres factores que influyen sobre el desarrollo moral: el desarrollo de la inteligencia, las relaciones entre iguales y la progresiva independencia de la coacción de las normas de los adultos. El primer factor, el desarrollo de la inteligencia, es el más importante, ya que es el que permite a los otros dos actuar.

Por tanto Moral es el estudio, a la luz de la razón, la rectitud de los actos humanos con relación al fin último del hombre o a las directrices que se derivan de nuestro último fin] Una noción del Derecho es “moral” cuando predomina en ella la consideración racional del Derecho como medio para lograr el fin último del hombre. Generalmente esto se hace considerando al Derecho como un instrumento para la realización del bien común por medio de la Justicia.

Una vez definida la Moral y su relación con el derecho se destacan tres posiciones básicas en torno al Derecho.

TESIS DE LA INCLUSIÓN, en ella se sostiene que todo el Derecho está incluido en la Moral.

La segunda es la TESIS DE LA SEPARACIÓN, en que la Moral y el Derecho no solo serían dos normatividades distintas, si no completamente separadas y

.

TESIS DE LA VINCULACIÓN, en la que se sostiene que existe en algún grado, un área común entre Moral y Derecho, que ambas normatividades mutuamente se influyen, conservando su identidad propia y mutua distinción.

2. Explique la escuela Moralista del Derecho.

Son conceptos generados a través de tiempos remotos mediante la filosofía del derecho, y tratan de dar explicación que mediante los preceptos morales del hombre, de su creación mental, deben fundarse soluciones jurídicas. Son conceptos que atienden primordialmente el punto de vista del derecho natural teniendo como premisas los aspectos morales y espirituales del individuo asimismo se establece que el derecho es como el hombre explicando que consta de espíritu y cuerpo, su cuerpo son las instituciones del derecho positivo y su espíritu considerándolo como el derecho natural deben fundarse en aspectos de justicia, bien común, seguridad jurídica entre otros.

3. ¿Qué es el empirismo y explique la escuela empiricista del Derecho?

Empirismo.- Es la translación latina de la que se deriva la palabra experiencia. También se deriva del término griego y romano de empírico, refiriéndose a médicos que consiguen sus habilidades de la experiencia práctica, oponiéndose a la instrucción en la teoría. El empirismo del derecho toma como único derecho valido el que se aprende por medio de la experiencia.

El empirismo es una corriente filosófica opuesta al racionalismo que surge en Inglaterra en el siglo XVII y que se extiende durante el siglo XVIII y cuyos máximos representantes son J. Locke (1632-1704), J. Berkeley (1685-1753) y D. Hume (1711-1776). En un sentido bastante general, se denomina empirismo a toda teoría que considere que la experiencia es el origen del conocimiento, pero no su límite. Sin embargo, en un sentido estricto, el empirismo propiamente dicho hace relación a las teorías filosóficas creadas por las corrientes antes mencionadas.

4. Según la escuela empiricista como se define el positivismo y el Sociologismo Jurídico.

.El positivismo filosófico (o científico, o sociológico, o "positivismo" a secas), más que una teoría elaborada o una doctrina concreta, es ante todo una "mentalidad" o "actitud genérica" acerca del conocimiento humano: una actitud "empirista", "cientificista" o "materialista", que se opone radicalmente a toda visión "idealista", “metafísica” o “cuasireligiosa” del mundo y de su conocimiento. El positivismo supone el rechazo de la metafísica y de los valores como objeto de conocimiento, y defiende el método de la observación empírica y de la inducción, no sólo para las ciencias naturales sino también para las ciencias humanas o sociales.

Desde un positivismo extremo hasta un positivismo casi idealista, el siglo XIX y comienzos del XX ofrece un riquísimo panorama de autores y escuelas todas bajo denominación positivista y de inspiración empirista fuertemente unidas a la idea de progreso en el conocimiento científico-técnico. El rasgo común que caracteriza a todos ellos es el rechazo a la Metafísica como pseudociencia producto de la especulación de la razón y sin justificación alguna.

La afirmación central del Sociologismo Jurídico es la consideración del Derecho como un mero producto sociológico, como una manifestación de la vida social (tal como lo es el lenguaje o determinada forma de artesanía). El Derecho se debe estudiar bajo el método sociológico:

a) el Derecho debe ser

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