ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

INFORME SOBRE SOLICITUD DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN PERSONAL


Enviado por   •  22 de Diciembre de 2015  •  Apuntes  •  1.545 Palabras (7 Páginas)  •  299 Visitas

Página 1 de 7

INFORME N° 122 - DIVPOL-CH/DEDESEGEST

Asunto        :        Sobre solicitud de servicios de seguridad y protección personal para xxxxxxxxxxxxxxxxxxx, por motivo que se  indica – INFORMA.-

Ref.        :        DCTO. N° 1874-2015-REGPOL-ANCASH/DIVPOL-CH/DEPPLOPE. DEL 02DIC15.

  1. Procedente del Departamento de Planeamiento Operativo de la DIVPOL – CH., se ha recepcionado el documento indicado en la referencia, mediante el cual la Superioridad dispone que dentro de su competencia y campo funcional, se sirva formular el informe pormenorizando con relación a la solicitud presentada por el Dr. Xxxxxxxxxxxxxx, de acuerdo a la Directiva DG N° 03-21-2011-B., a fin de adoptar las acciones y medidas pertinentes sobre el particular.

  1. magistrado  a las medidas de seguridad adoptadas y diligencias efectuadas con relación a los posibles riesgos que podría afectar la seguridad personal del señor Manuel Enrique FIGUEROA LAOS, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Nepeña.
  1. Que, el Art. 10 inciso 16 del Decreto Legislativo N° 1148 - Ley de la Policía Nacional del Perú; así como el DS. N°02-2013-IN del 23JUN2013 y la Directiva DG PNP N° 03-21-2011-B. de JUL2011, aprobado con RM N° 806-2011-IN/PNP. del 25JUL2011, dicha normas y procedimientos para brindar servicio policial de seguridad y protección personal al Presidente Constitucional de la Republica, Funcionarios Públicos y personalidades con Derecho a resguardo policial, en sus disposiciones generales establece  la policía Nacional del Perú, a través de la Dirección de Seguridad del Estado (DIRSEG PNP), proporcionara el servicio de Seguridad y Protección personal a los funcionarios públicos al servicio de la Nación, representantes de Organismos Internacionales con rango de embajadores, dignatarios, extranjeros en visita Oficial y otras personalidades, estableciendo niveles de Seguridad y Protección personal.
  1. Visto lo antes señalado, cabe indicar que lo solicitado por el señor  Manuel Enrique  FIGUEROA LAOS Alcalde de la Municipalidad Distrital de Nepeña, no se encuentra dentro de los alcances de los niveles de seguridad y protección que establece taxativamente dicho cuerpo normativo; así mismo, la Directiva  DGPNP N°03-21-2011-B, en su Literal Q, establece que los casos no contemplados en el Decreto Supremo N°002-2013-IN del 23JUN2013; requerirán de una solicitud dirigida al Ministerio del Interior, quien previo informe de Evaluación de Riesgos, formulado por la DIRIN-PNP, en coordinación con la DIRSEG-PNP, dispondrá el otorgamiento o no del servicio de seguridad y protección personal. De resultar dicha petición, este servicio será otorgado por un periodo de TRES MESES pudiendo ser renovado por una sola vez y por igual tiempo, bajo los mismos presupuestos que fue otorgado; por lo que la presente solicitud., deberá ser derivada a la DIRGEN-PNP, para su redireccionamiento al MININTER  a efectos de evitar duplicidad y a la vez requerir la autorización respectiva para brindar el servicio policial.
  1. Por otro lado, mediante Memorándum Múltiple N° 053-2013-DIRNOP-PNP-EM/SEC del 29NOV2013,la dirección general PNP dispone: reiterar el estricto cumplimiento al decreto supremo N° 002_2003-IN y la directiva DGPNP N° 03-21-2011-B. quedando TERMINANTEMENTE PROHIBIDO bajo responsabilidad, disponer de recursos humanos y logísticos para casos no contemplados en dicha normatividad.
  1. Asimismo, se ha considerado que complementariamente a las medidas que han adoptado, esta jefatura a coordinado con el comisario PNP  de la comisaria de Nepeña, el cual se encuentra ubicado su domicilio en la calle Basombrio N°06-Barrio Nuevo, Distrito de Nepeña y centro de labores la Municipalidad ubicada en el mismo Distrito; a efectos de que a través de los dispositivos de servicio policial de patrullaje a pie y motorizado, realicen acciones preventivas a inmediaciones y zonas adyacentes a su vivienda y local de la Municipalidad, a fin de neutralizar y/o controlar los riegos de seguridad que le afecten.
  1. De igual forma, que la DIVICAJ-CHIMBOTE, profundice su OEBI. Con la finalidad de identificar, ubicar y capturar a los autores de dichas amenazas y sean puestos a disposición de las autoridades judiciales competentes para los fines de ley.
  1. Lo que se informa a Ud. para los fines consiguientes. Adjuntando al presente Nota de información N°2725-2015-REGPOL-A/DIVPOL-CH/ORI sobre información de posibles riesgos que podrían afectar la seguridad personal del Alcalde Distrital de Nepeña, la misma que deberá ser canalizada a la superioridad por conducto regular, salvo mejor parecer.                                                                                                                                                                  

                                                                            Chimbote, 16 de noviembre del 2015

                                                                 

                                                                                                    EL INSTRUCTOR           ES CONFORME                                                                                

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (6 Kb)   pdf (73 Kb)   docx (13 Kb)  
Leer 6 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com