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INFRACCIONES TRIBUTARIAS - PERU


Enviado por   •  14 de Noviembre de 2015  •  Informes  •  2.687 Palabras (11 Páginas)  •  105 Visitas

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DERECHO TRIBUTARIO

  1. ¿A qué se denominan infracciones tributarias?

Artículo 164°.- CONCEPTO DE INFRACCIÓN TRIBUTARIA 

Es infracción tributaria, toda acción u omisión que importe la violación de normas tributarias, siempre que se encuentre tipificada como tal en el presente Título o en otras leyes o decretos legislativos.

  1. ¿Porqué se dice que la infracción tributaria es objetiva?

Artículo 165º.- DETERMINACION DE LA INFRACCION, TIPOS DE SANCIONES Y AGENTES FISCALIZADORES

La infracción será determinada en forma objetiva y sancionada administrativamente con penas pecuniarias, comiso de bienes, internamiento temporal de vehículos, cierre temporal de establecimiento u oficina de profesionales independientes y suspensión de licencias, permisos, concesiones o autorizaciones vigentes otorgadas por entidades del Estado para el desempeño de actividades o servicios públicos.

En el control del cumplimiento de obligaciones tributarias administradas por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, se presume la veracidad de los actos comprobados por los agentes fiscalizadores, de acuerdo a lo que se establezca mediante Decreto Supremo.

  1. ¿Quiénes tienen la facultad para sancionar?

Artículo 166°.- FACULTAD SANCIONATORIA

La Administración Tributaria tiene la facultad discrecional de determinar y sancionar administrativamente las infracciones tributarias.

En virtud de la citada facultad discrecional, la Administración Tributaria también puede aplicar gradualmente las sanciones por infracciones tributarias, en la forma y condiciones que ella establezca, mediante Resolución de Superintendencia o norma de rango similar.

Para efecto de graduar las sanciones, la Administración Tributaria se encuentra facultada para fijar, mediante Resolución de Superintendencia o norma de rango similar, los parámetros o criterios objetivos que correspondan, así como para determinar tramos menores al monto de la sanción establecida en las normas respectivas.

La gradualidad de las sanciones sólo procederá hasta antes que se interponga recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal contra las resoluciones que resuelvan la reclamación de resoluciones que establezcan sanciones, de Órdenes de Pago o Resoluciones de Determinación en los casos que estas últimas estuvieran vinculadas con sanciones de multa aplicadas.”

  1. ¿Un heredero está obligado a pagar una multa aplicada a su padre que ya falleció?

Artículo 167º.- INTRANSMISIBILIDAD DE LAS SANCIONES

Por su naturaleza personal, no son transmisibles a los herederos y legatarios las sanciones por infracciones tributarias.

  1. ¿Cómo se extingue una infracción?

Artículo 169º.- EXTINCION DE LAS SANCIONES

Las sanciones por infracciones tributarias se extinguen conforme a lo establecido en el Artículo 27º.

Artículo 27º.- EXTINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA

La obligación tributaria se extingue por los siguientes medios:  

1)     Pago.  

2)     Compensación.  

3)     Condonación.  

4)     Consolidación.  

5)     Resolución de la Administración Tributaria sobre deudas de cobranza dudosa o de recuperación onerosa.  

6)     Otros que se establezcan por leyes especiales.  

  1. ¿Cuáles son los principios que sustentan la facultad de sancionar?

Artículo 171°.- PRINCIPIOS DE LA POTESTAD SANCIONADORA

La Administración Tributaria ejercerá su facultad de imponer sanciones de acuerdo con los principios de legalidad, tipicidad, non bis in idem, proporcionalidad, no concurrencia de infracciones, y otros principios aplicables.

  1. ¿Cuáles son los tipos de infracción tributaria?

Artículo 172º.- TIPOS DE INFRACCIONES TRIBUTARIAS

Las infracciones tributarias se originan por el incumplimiento de las obligaciones siguientes:

 

1.         De inscribirse, actualizar o acreditar la inscripción.

 

2.         De emitir, otorgar y exigir comprobantes de pago y/u otros documentos.

 

3.         De llevar libros y/o registros o contar con informes u otros documentos.

 

4.         De presentar declaraciones y comunicaciones.

 

5.         De permitir el control de la Administración Tributaria, informar y comparecer ante la misma.

 

6.         Otras obligaciones tributarias.

 

  1. Mencione 3 infracciones relacionadas a las obligaciones formales de inscribirse en los registros del acreedor.

Artículo 173º.- INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACIÓN DE INSCRIBIRSE, ACTUALIZAR O ACREDITAR LA INSCRIPCIÓN EN LOS REGISTROS DE LA ADMINISTRACIÓN

Constituyen infracciones relacionadas con la obligación de inscribirse, actualizar o acreditar la inscripción en los registros de la Administración Tributaria:

 

1.         No inscribirse en los registros de la Administración Tributaria, salvo aquéllos en que la inscripción constituye condición para el goce de un beneficio.

 

2.        Proporcionar o comunicar la información, incluyendo la requerida por la Administración Tributaria, relativa a los antecedentes o datos para la inscripción, cambio de domicilio, o actualización en los registros, no conforme con la realidad.

 

3.         Obtener dos o más números de inscripción para un mismo registro.

  1. Indique 3 obligaciones vinculadas a los comprobantes de pago.

Artículo 174º.- INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACIÓN DE EMITIR, OTORGAR Y EXIGIR COMPROBANTES DE PAGO Y/U OTROS DOCUMENTOS

Constituyen infracciones relacionadas con la obligación de emitir, otorgar y exigir comprobantes de pago:

 

1.        No emitir y/o no otorgar comprobantes de pago o documentos complementarios a éstos, distintos a la guía de remisión.

 

2.        Emitir y/u otorgar documentos que no reúnen los requisitos y características para ser considerados como comprobantes de pago o como documentos complementarios a éstos, distintos a la guía de remisión.

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