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INTRODUCCION

HaydeeMPh10 de Julio de 2015

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I. INTRODUCCION

De acuerdo a la Ley General de Sociedades que regula la formación y/o modificación de una empresa, establece los estatutos para que personas voluntarias con ciertos bienes referentes a inmuebles, maquinarias equipos, tecnología, etc., formen una sociedad con cuerpo jurídico con la finalidad de realizar una actividad económica, siendo responsabilidad de los socios los aportes que cada uno haya efectuado, además por la existencia de las acciones como títulos valores que representan alícuotas del capital social, y finalmente se caracteriza también por el hecho que la dirección de la sociedad se basa en el capital y no en las personas.

Una vez constituido la empresas se debe de cumplir con requisitos adicionales que son de carácter administrativo, con los cuales se va permitir el funcionamiento de la empresa.

II. DESARROLLO DE LA TAREA

a. DEFINICIONES DE TIPOS DE EMPRESA

La Ley General de Sociedades por ley N0 26887, ha regulado cinco tipos de sociedades: I. Sociedad anónima, que puede ser cerrada, abierta o tradicional.

II. Sociedad comercial de responsabilidad limitada. III. Sociedad civil.

IV. Sociedad encomandita.

V. Sociedad colectiva.

Por otro lado, existe otro tipo de empresa denominada Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, o también llamada E.I.R.L., regulada por el Decreto Ley N0 21621. Conjuntamente con la EIRL, las sociedades que se constituyen con mayor frecuencia son las sociedades comerciales de responsabilidad limitada.

Al respecto, se presenta un cuadro comparativo con semejanzas y diferencias.

b. INSCRIPCION EN LOS REGISTROS PUBLICOS

i. ¿Qué documentos se requieren para la inscripción de una empresa en los

Registros Públicos?

La persona jurídica se inscribe en la oficina registral correspondiente al domicilio consignado en el estatuto.

Para inscribir la constitución de una sociedad o una empresa individual de responsabilidad limitada en los Registros Públicos, el Texto Único de Procedimiento Administrativos - TUPA de dicha institución, ha establecido los siguientes requisitos:

1. Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado.

2. Copia del documento de identidad del representante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva.

3. Escritura pública que contenga el pacto social y el estatuto. En el caso de la E.I.R.L., la escritura pública deberá ser firmada personalmente por el titular.

4. Pago de derechos registrales.

5. Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.

ii. ¿Qué tasas se deben pagar para la inscripción de una sociedad?

Los derechos que corresponden pagar por la inscripción, tanto de una sociedad como de una E.I.R.L., en los Registros Públicos, son los siguientes:

Ejemplo:

Suponiendo que queremos inscribir a la empresa Los Laureles S.A., cuyo capital social es de S/. 1 ,000.00, la tasa a pagar sería la siguiente:

iii. ¿Qué formularios se requiere presentar y cómo se deben llenar?

El formulario que se requiere llenar para la inscripción de una sociedad o una E.I.R.L. en los Registros Públicos es el de Solicitud de inscripción de Título”. En dicho formulario, deberá indicarse lo siguiente:

• En el punto N0 1: Marcar con una X la casilla correspondiente al Registro de

Personas Jurídicas.

• En el punto N0 3: Nombre del solicitante, domicilio y documento de identidad.

• En el punto N0 4: Constitución de sociedad o E.I.R.L. seguido del nombre de la persona jurídica.

• En el punto N0 6: Los datos relativos a los documentos que se adjuntan, tales como la escritura de constitución, señalando la fecha del documento.

FORMULARIO PARA LA INSCRIPCION DE UNA SOCIEDAD

iv. ¿Cuánto demora el trámite de inscripción?

El plazo de inscripción de una sociedad o una en los Registros Públicos es de 35 días hábiles, salvo que existan prórrogas o suspensiones.

Una vez realizada la inscripción de la persona jurídica en la oficina registral en la que esta se gestionó, dicha entidad emitirá una constancia de inscripción en la que se acreditará el acto de inscripción.

v. ¿Qué debe hacer si el trámite es a través de una notaria en On line?

El sistema consiste en la reducción de trámites que se hacen de manera presencial para poder constituir una empresa, realizándose estos en línea a través de las notarías o ingresando desde cualquier lugar (hogar, oficina, cabina pública, etc.) al portal de servicios al ciudadano www.serviciosalciudadano.gob.pe.

Luego de ingresar al portal mencionado, se realiza los siguientes pasos:

• El solicitante, después de verificar el nombre elegido para su sociedad en Registros Públicos, elige una notaría de su elección, y escoge un modelo de constitución de empresas validado, o también tiene la opción de remitir su propio modelo.

• Se recibe la información proporcionada por el solicitante directamente a la base de datos del CNL, a la cual el Notario accede en línea y verifica adecuadamente, para luego proceder a firmarlo digitalmente.

• Este parte electrónico con firma digital, se envía digitalmente a Registros Públicos el correspondiente parte físico con código de seguridad, que sirve de respaldo para la verificación respectiva. Registros Públicos califica el parte electrónico y lo inscribe.

• Luego, Registros Públicos solicita en línea a SUNAT la generación del número de

RUC, quien lo realiza electrónicamente y responde por la misma vía.

• El Notario accede a la información de Registros Públicos en línea, y obtiene la constancia de inscripción, que contiene el número de RUC.

• Finalmente, el solicitante recoge de la misma Notaria el testimonio con la constancia de inscripción, RUC y Clave SOL quedando así constituida ya su empresa.

c. PROCESO DE FORMALIDAD EN LA SUNAT

i. ¿Qué empresas están obligadas a obtener el RUC?

Tanto las sociedades no inscritas como las inscritas en los Registros Públicos se encuentran obligadas a inscribirse en el Registro Único de Contribuyentes (RUC), siempre que proyecten iniciar sus actividades dentro de los 12 meses siguientes y adquieran la condición de contribuyentes o responsables de tributos administrados y/o recaudados por la Sunat.

• Lugares para la inscripción del RUC

La inscripción en el RUC deberá realizarse en la Intendencia u Oficina Zonal o en los Centros de Servicios al Contribuyente de la Sunat autorizados para tal efecto, que correspondan al domicilio fiscal de la sociedad.

Cabe señalar que una vez realizada la inscripción, cualquier otro trámite relacionado con el RUC (tales como modificaciones o actualizaciones), se efectuará en las oficinas de la Sunat que correspondan al domicilio fiscal del sujeto obligado o en la dependencia que se le hubiera asignado para tal efecto. No obstante, en caso de que obtengan el código de usuario y la clave de acceso a Sunat Operaciones en Línea - SOL, también podrán realizar ciertas modificaciones a los datos del RUC usando dicho medio.

ii. ¿Cómo se obtiene el RUC y cómo se registran a los representantes legales de una empresa?

Para la obtención del RUC deben cumplirse los siguientes requisitos:

1. Requisitos generales (aplicable a todo tipo de sociedades y E.I.R.L.)

a. Presentar Formulario N0 2119: “Solicitud de inscripción o comunicación de

afectación de tributos”

b. Presentar Formulario 2046: Establecimientos anexos” (en el caso de contar con establecimiento anexo distinto al señalado como domicilio fiscal).

c. Formulario 2054: Representantes legales, directores, miembros del consejo directivo y personas

vinculadas”.

d. Adicionalmente, deberá

exhibirse el original y presentarse fotocopia de:

i. Documento de

identidad del titular del RUC o de su representante legal, según corresponda.

ii. Alguno de los siguientes documentos:

• Recibo de agua, luz, telefonía fija o televisión por cable cuya fecha de vencimiento

de pago se encuentre comprendida en los dos (2) últimos

...

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