IRRESPONSABILIDAD DE LOS PADRES RESPECTO A LA MANUTENCIÓN DE LOS HIJOS
ffiguereo21 de Junio de 2015
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IRRESPONSABILIDAD DE LOS PADRES RESPECTO A LA MANUTENCIÓN DE LOS HIJOS
Introducción
En el siguiente trabajo de investigación presentamos la cruda realidad que vive la mujer al momento de la separación del esposo, y de los hijos con el padre, como afecta el desarrollo emocional, psicológico de los niños, como la madre y el padre deben afrentar el día a día.
Trataremos:
• La Alimentación
• Consecuencia por el incumplimiento de la alimentación de los hijos.
• El derecho familiar
• Violencia de padres, e hijos y viceversa, y la violencia entre esposos.
• Prostitución
• Drogadicción
• Delincuencia.
Le detallamos todos los derechos que tienen los niños:
• A un nombre
• A la nacionalidad
• A ser inscrito a un registro
• Derecho a tener relaciones personales
• Derecho a la cultura, al medio ambiente sano.
• Derecho a la libertad, a opinar y ser escuchado entre otros.
Como Consecuencia del sometimiento al padre y a la madre veremos, el apoderamiento del tribunal y fijación de audiencia.
Delimitación de la Investigación
Irresponsabilidad de los padres respecto a la alimentación de los hijos, Enero- Febrero del año 2015, en el sector de Katanga, Los Minas Santo Domingo Esta.
Hipótesis
• La falta de Empleo es la causa que lleva a los padres a incumplir con la responsabilidad de mantener a sus hijos, es que si no tienen los recursos no pueden cumplir con su responsabilidad.
• Separación de interés personal entre ambos padres, cuando ya dejan de tener un tipo de contacto físico, ahí se emplea el refrán cuando el hombre se separa de su esposa a la vez se separa de los hijos.
• La formación familiar que reciben nuestros hijo(a) s es una de las razones principales respecto a la irresponsabilidad de manutención, una vez que existe una separación no existe una cultura de responsabilidad.
• La falta de seguimiento a las Leyes impuestas, es causa de la irresponsabilidad de los padres en la manutención de los hijos. Al no existir una obligación por parte del estado se agudiza el descuido y abandono de los hijos.
Justificación del tema Elegido
Seleccionamos este tema ya que es lo que vivimos en el día a día, como padres no piensan en el los niños en su bienestar físico y emocional, nos ayuda aumentar los conocimientos ya que hay un grupo de personas que desconoce que existe ley para este grupo de personas irresponsables.
Planteamiento del Problema
• La irresponsabilidad de los padres respecto a la manutención de los hijos.
• Violencia de padres a hijos y viceversa, y de esposo a esposa.
• Prostitución
• Drogadicción
• Delincuencia.
Objetivo General
Investigar las causas de la irresponsabilidad de los padres en la manutención de los hijos.
Objetivos Específicos
• Motivar a los padres a que cumplan con la manutención
• Determinar porque situación los padres incumplen con sus hijos.
• Definir las pautas para los que incumplan con sus hijos.
Justificación e Importancia de la Investigación.
Este trabajo es justo e importante ya que nos ayuda aumentar los conocimientos, a contribuir a la solución de problemas que afecta el mundo.
Hay una alta cantidad de madres solteras que son afectados por tal situación y los niños necesitan afectos de parte de los padres, alimentación en general.
A medida que las personas adquiramos informaciones respecto a la manutención se cumple mas, Los niños se desvían menos hacia la delincuencia.
Limitaciones de la Investigación
El 20-01-2015, esperamos salir de clases, al juntarnos fuimos a visitar ciertos lugares de Katanga, los minas, pero habían viviendas que no querían darnos informaciones, decían que eran situaciones familiares y no tenían porque darnos detalle.
Encontramos dos viviendas que nos detallaron su situación, o sea dos casos.
El 29-01-2015, cuando buscamos informaciones en la biblioteca nacional, tuvimos un percance, la lluvia, Llovía tanto que no podíamos trasladarnos a nuestros hogares, Estábamos haciendo uso del internet y no podíamos conectarnos.
Unas de las limitaciones más importantes fue el tiempo, al tener cada uno sus propias responsabilidades no pudimos juntarnos con más frecuencia.
Antecedentes de la Investigación.
El origen histórico del derecho de manutención se remonta a los anos brillantes del derecho romano, con su inclusión en el digesto, que era la recopilación de opiniones de juristas, que ordeno Justiniano a tregamano, quien para la fecha del 30 de diciembre 530, era quistos del sagrado palacio y junto con otros juristas procedió al uso de las facultades que le habían sido otorgadas, las cuales consistían en suprimir, enmendar y corregir todo cuanto estimasen oportuno eliminado todo aquello que hubiese causo en desuso.
El derecho de manutención deriva fundamentalmente de las instituciones romanas como: La familia, cuya base política se caracterizo por el dominio del régimen patriarcal, la soberanía de parte de familias sobre los demás integrante de la misma, cuya base no era el matrimonio sino la potestad del jefe de la familia, el parentesco civil no descansa en lazos de sangre sino en la identidad de la potestad.
De las Obligaciones que Nacen del matrimonio.
Art. 203.- Los esposos contraen por el solo hecho del matrimonio, la obligación común de alimentar y educar los hijos.
Art.204.- Los Hijos no tienen acción alguna contra sus padres para que los establezcan por matrimonio o en otra forma.
Art.205.- Los hijos están obligados alimentar a sus padres y ascendentes necesitados.
Los Alimentos, en derecho de familia, son todos aquellos medios que son indispensables para que una persona pueda satisfacer todas sus necesidades básicas, según la posición social de la familia. Art.206.- Los yernos y nueras están igualmente obligados a prestar alimentos, en análogas circunstancias, a sus padres políticos, pero esta obligación cesa: Primero: Cuando la madre política haya contraído segundas nupcias. Segundo: Cuando hayan muerto el cónyuge que producían afinidad y los hijos tenidos de sus nuevo matrimonio.
Art.207.- Las obligaciones que resulten de los anteriores preceptos, son reciprocas.
Art.208.- Los alimentos no se acuerdan sino en proporción a la necesidad del que los reclama, y a la fortuna del que debe suministrarlos.
Art.209.- Cuando haya cesado la necesidad de obtener alimentos en todo o en parte, o no pueda darlos el obligado a ello, puede pedirse la reducción o casación.
Art.210.- Si la persona que debe proporcionar los alimentos, justifica que no puede pagar la pensión alimenticia, el tribunal, con conocimiento de causa, ordenara que reciba en su casa y en ella alimente y sostenga a aquel a quien los alimentos se deban.
Art.211.- El tribunal determinara también si los padres que ofrezcan recibir y alimentar en su casa el hijo a quien deban alimentos, estarán o no dispensados en este caso de seguir pagando la pensión alimenticia.
Esta alimentación comprende los alimentos propiamente dichos la educación, el transporte, el vestuario, la asistencia médica, etc.
Pensión Alimenticia
En el derecho de familia se ampara la necesidad que puede tener una persona de recibir lo que sea necesario para subsistir, dada su incapacidad de procurárselos solo.
Los padres respecto de los hijos, o viceversa, aunque también puede ser otro familiar directo.
Cuando un juez, mediante sentencia u otra resolución judicial, obliga al pago de cantidades mensuales por este motivo, se le denomina Pensión alimenticia. Por ejemplo, ese es el caso de la pensión que un progenitor debe pagar al otro que convive con los hijos, por concepto de manutención de los mismos, ya sea durante su separación o tras del divorcio, o simplemente porque los progenitores no conviven juntos (por ejemplo, hijos extramatrimoniales de padres que nunca han convivido).
Formas de pensión alimenticia.
• Pensión alimenticia provisional: Es el pago provisional de alimentos que determina el juez, mientras dura el juicio, el cual es obligatorio y permanece hasta que el juez, dicte la sentencia, que puede durar meses o hasta anos.
• Pensión alimenticia definitiva: Es el pago que fija el juez al dar sentencia después de un juicio, y este será de acuerdo a las necesidades de los acreedores, como también a los ingresos y gastos del demandado.
Esta pensión alimenticia definitiva se mantiene hasta que los acreedores cumplan la mayoría de edad (18 años), pero, en caso de estar cursando una carrera universitaria, podrían recibirla hasta concluir sus estudios.
También se les sigue otorgando el derecho de la pensión a los hijos discapacitados.
Estas se pueden pagar de las siguientes formas:
• Depositando el dinero en la sección de alimentos del tribunal
• Directo al padre o madre custodio
• Solicitando que el patrón retenga el pago del cheque de nomina.
• El documento publicado en la gaceta oficial detalla que quien incumpla con su obligación de dar alimentos a las personas que tienen derecho, se le impondrá de tres a cinco anos
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