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Infraccion De La Ley


Enviado por   •  5 de Diciembre de 2012  •  1.165 Palabras (5 Páginas)  •  526 Visitas

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SE DENUNCIA INFRACCION DE LEY DE MUNICIPALIDADES, CODIGO CIVIL Y DEMAS NORMAS AFINES.-VIOLACION AL DERECHO REAL DE SERVIDUMBRE DE TRANSITO.-IMPOSICION DE MEDIDAS CORRECTIVAS DE SUSPENSIÓN Y DEMOLICIÓN DE OBRAS.

DEPARTAMENTO MUNICIPAL DE JUSTICIA

CORPORACIÓN MUNICIPAL DE VILLANUEVA, CORTES.

LISANDRO OMAR ORELLANA CALIX, mayor de edad, casado, Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales, hondureño y vecino de la ciudad de San Pedro Sula, Cortés y en tránsito por esta ciudad, inscrito en el Colegio de Abogados de Honduras bajo el número 2220, con oficinas ubicadas en la seis y siete avenida cuarta calle Nor-Oeste Edificio Sezal del Barrio Guamilito con teléfono 557-63-17; actuando en mi calidad de Apoderado Judicial y Administrativo de la Señora YUNIS AMERICA MELÉNDEZ DE SIERRA, propietaria de GRANJA AVÍCOLA YUMI y de la Empresa SIERRA AGROPECUARIA S, DE R.L., tal como lo acredito con las fotocopias debidamente autenticadas de los testimonios de Escritura de Poder que acompaño; Ante vos Honorable Corporación, comparezco a manifestar y solicitar lo siguiente:

PRIMERO: Que mis representadas tienen por finalidad la industria de la avicultura, teniendo ubicadas sus instalaciones físicas en el lugar denominado AGUA CALIENTE, también conocido como la Coyotera en la jurisdicción de este Municipio de Villanueva, Cortés, a inmediaciones del tramo carretero que conduce al Municipio de San Manuel Cortés.

SEGUNDO: Que los predios de mis representados han venido gozando por mas de veinte años del derecho real de servidumbre de tránsito sobre otros predios que se anteponen al tramo carretero principal entre el Municipio de San Manuel y Villanueva, Cortés, lo cual se acredita fehacientemente con el plano fotográfico aéreo que obra en las Oficinas de Catastro Municipal de la Honorable Corporación Municipal de Villanueva, Cortés, y con las fotocopias de los testimonios de Escrituras Públicas que se acompañan y del documento extendido por la señora YELILE GABRIE en su condición de propietaria y Representante Legal de una Lotificadora, todos debidamente autenticados.

TERCERO: Resulta Honorable Corporación, que no obstante que mis representados han venido ejerciendo su derecho real de servidumbre de tránsito, en forma pacifica e ininterrumpida y debidamente autorizado por los propietarios de los otros predios y la Ley de Municipalidades, la señora YELILE GABRIE, ha procedido a desarrollar un proyecto habitacional denominado RESIDENCIAL VILLA YELY, mediante el cual está construyendo calles y obras civiles, con el fin de levantar viviendas, lo cual restringe y limita el tramo carretero que constituye la servidumbre legal de transito, en perjuicio de mis representados, pues, dichas calles no contemplan el área especial de tránsito a que tiene derecho mis representados como servidumbre legal de tránsito, constituida conforme a los documentos acompañados, entre ellos el documento otorgado por la precitada señora YELILE GABRIE, en fecha 10 de Enero del 2001, en el cual se establece sus dimensiones entre otras de un ancho de diez metros, lo que es de fácil comprobación mediante la inspección in-situ que mediante este escrito formalmente solicito. Cabe señalar, que el aludido Proyecto Habitacional se encuentra dentro de la comprensión territorial del Municipio de Villanueva Cortés, el cual, según investigaciones efectuadas ante el Departamento de Planificación y Desarrollo Urbano de esa Corporación Municipal, se encuentra al margen de las condiciones fijadas en los permisos extendidos para su desarrollo.

CUARTO: Es importante señalar, que la servidumbre legal de tránsito, de la que gozan mis representados, es un Derecho Real en beneficio de particulares, protegido por las leyes y particularmente por la ley de Municipalidades

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