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Ingresos Parafiscales


Enviado por   •  24 de Octubre de 2013  •  Tesis  •  2.292 Palabras (10 Páginas)  •  359 Visitas

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UNIDAD II

1. Ingresos Parafiscales

Categoría intermedia entre impuestos y tasas es un recurso que se obtiene por el pago que hacen los usuarios de un servicio público determinado y con aportes del propio estado, a fin de hacer posible el autofinanciamiento de algún organismo estatal cuya existencia y servicio interesa a la ciudadanía.

EJEMPLO: SEGURO SOCIAL, INCE.

Nota: el código orgánico tributario menciona los distintos conceptos de los tributos mas no los define a fin de dejar, en todo caso, a la doctrina esa discusión, y de esa forma están sometidos a su aplicación: los impuestos, las tasas, las contribuciones de mejoras, de seguridad social y las demás contribuciones especiales. (COT artículo 12).

2. Impuestos Sobre Vehículo

El impuesto para vehículos grava a toda persona natural o jurídica que sea propietaria de vehículos, destinado al uso o transporte de personas o cosas, que estén residenciadas o domiciliados dentro de la jurisdicción de un Municipio.

La base imponible va a depender del tipo de vehículo y su uso; Lo establece cada ordenanza. Este artículo se encuentra en la ley orgánica del poder público municipal en el artículo 193

3. Impuesto sobre Espectáculos Públicos.

Se define los espectáculos públicos toda demostración, despliegue o exhibición de arte, cultura, deporte u otro que con habilidad, destreza o ingenio se ofrezca a los asistentes, bien en forma directa o mediante sistemas mecánicos o eléctricos de difusión y transmisión.

Este impuesto grava la adquisición de cualquier boleto o billete o instrumento similar como lo contempla la presente ley en su artículo 197 y 198

4. Impuesto sobre Juegos y Apuestas Ilícitas

Son actividades reguladas que consisten en sorteos de cualquier clase de objeto por medio de cupones, vales, boletos, cédulas, máquinas de juegos, billetes, formularios o cualquier otro sistema similar a estos que sean ofrecidos en venta al público.

Este impuesto es de competencia municipal, y se encuentra en el artículo 199 de la presente ley. Se considera causado con ocasión de la realización de juegos de envite o azar legalmente autorizados, dentro de la jurisdicción del Municipio que emita la ordenanza. A los efectos de su aplicación quedan sometidos: las loterías, bingos, carreras de caballos, apuestas instantáneas efectuadas sobre éstas, maquinas de juegos de cualquier tipo, riñas de gallos, baseball, partidos de fútbol, de boxeo, u otros eventos deportivos que por su realización se efectúen a través de señales satelitales y/o cualquier pantalla audiovisual, así como cualquier otro juego permitido dentro de la jurisdicción del Municipio.

5. Impuesto sobre Propaganda y Publicidad Comercial

Es un impuesto de carácter real, ya que no toma en cuenta la capacidad económica o contributiva del contribuyente, es indirecto

Tiene carácter territorial, aplicable en el territorio de un determinado municipio, establecido en CRBV y en la LOPPM y desarrollado en una Ordenanza, es un ingreso obtenido de manera periódica. Se trata de un ingreso ordinario del Municipio y tiene su Principio Legal en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (Art. 179. ordinal 2) y en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, en su artículo 202. A partir de la entrada en vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela DE 2010, los impuestos municipales adquieren carácter constitucional.

6. Impuesto sobre Inmuebles Urbanos

Es un tributo municipal que se genera por la propiedad o posesión de terreno y construcciones ubicados dentro del perímetro municipal urbano y que estén dotados de servicios públicos por parte del municipio.

Este tributo grava la propiedad inmobiliaria, es decir, todos los bienes inmuebles que se encuentre en el área que, por Resolución Especial del Concejo Municipal sea declarada como urbana. Es uno de los más importantes para los municipios en la generación de ingresos propios, el cual de ser explotado apropiadamente coadyuvaría a la obtención de ingresos que se revertirían de manera inmediata en inversión, beneficiando a la comunidad y se encuentra establecido en la LOPPM en el artículo 174.

7. Impuesto sobre Predios Rurales

El impuesto territorial rural o sobre predios rurales, constituye una de las fuentes de ingresos de los Municipios, de conformidad con lo establecido en el ordinal 14 del Artículo 156 de la CRBV y ratificado como ingreso ordinario, en el numeral 3° del artículo 137 de la LOPPM. No obstante, para que los Municipios puedan gravar con este impuesto, se requiere de una aprobación previa, de la Asamblea Nacional, mediante ley. Igualmente, los Municipios sólo podrán gravar la agricultura, la cría, la pesquería y la actividad forestal en la oportunidad, forma y medida en que lo permita la ley nacional, según lo establece el artículo 183 de la CRBV. Las leyes nacionales a las que se refieren los artículos comentados, aún no han sido dictadas por la Asamblea Nacional. Sin embargo, la LOPPM establece en el artículo 225, que las actividades de agricultura, cría, pesca y actividad forestal podrán ser gravadas con el impuesto sobre actividades económicas, siempre que no se trate de actividad primaria; pero la alícuota del impuesto no podrá exceder del uno por ciento hasta tanto la ley nacional sobre la materia no establezca alícuotas distintas.

8. Impuesto sobre Transacciones Inmobiliarias

El artículo 178 de la LOPPM establece que el impuesto sobre transacciones inmobiliarias corresponde al municipio la recaudación y control de los impuestos que sobre transacciones inmobiliarias creare el poder nacional y el municipio lo regulara por ordenanzas y en el Artículo 156, No. 14 de la Constitución Nacional implica que debe darse la asignación a Dentro de los tributos que no son tasas sino los Municipios de la recaudación de ese tributo.

PRINCIPIOS TRIBUTARIOS

Los diferentes tipos de tributos municipales se pueden observar en la CRBV en el Capítulo IV del Poder Publico Municipal en el articulo 179 ordinal 2 y en LOPPM articulo 138 ordinal 2 y el articulo 163 y en el COT articulo 102.

Impuesto

Son las prestaciones en dinero que el Estado exige en ejercicio de su poder de imperio en virtud de una ley y

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