ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Juicio Sumario


Enviado por   •  8 de Enero de 2014  •  1.820 Palabras (8 Páginas)  •  458 Visitas

Página 1 de 8

TRAMITACION DE DEMANDA

Art. 14 LEY ORG. TFJFA Hay que tener en consideración procesal que r se puede aplicar las disposiciones previstas para la Ley Orgánica del TFJFA y Ley Federal de Procedimiento Contenciosos Administrativo para este procedimiento.

Arts. 3º., LFPCA PUDE INICIAR UN PROCESO :

*Demandante. Quien tiene interés sobre de que la autoridad declare o constituya un derecho o imponga una conducta.

*Los Demandados :

1.-La autoridad que dicto la resolución impugnada

2.-El particular a quien favorezca la resolución .

3.- El Jefe de Servicios de Administración Tributaria o titular de la dependencia u organismo…”

*Tercero que tenga un derecho incompatible con la pretensión del demandante.

SE ELIMINA COMO PARTE EL TITULAR DE LA ENTIDAD DE LA QUE DEPENDE LA AUTORIDAD QUE EMITIÒ LA RESOLUCION IMPUGNADA.

LA DEMANDA DEBE CONTENER:

Art. 14 LFPCA *Tribunal ante quien se promueve.

*Nombre y apellidos del actor.

*Domicilio para oír notificaciones.

*Personas autorizadas

*Autoridad o autoridades demandada .y domicilio

*Hechos en los que el actor funde su petición.

*conceptos de impugnación

*Las pruebas que ofrece

*Nombre y domicilio del tercero interesado.

*Lo que se pida.

LAS ETAPAS DEL JUICIO CONTENCIOSOS SON:

1.-ETAPA EXPOSITIVA. Y ETAPA PROBATORIA

2- ALEGATOS.-

3.- ETAPA RESOLUTIVA O DE SENTENCIA.

4.- ETAPA EJECUTIVA

1.- ETAPA EXPOSITIVA Y PROBATORIA

PRESENTACIÒN DE LA DEMANDA:

Art. 13 La demanda debe ser presentada por escrito dentro de los 45 días siguientes a la notificación de la resolución que se pretende impugnar y debe presentarse en la Oficialía de partes Común del Tribunal Federal de Justicia Fiscal , el cual la enviará la Sala que se le asigne o que corresponda. Los interesados deben presentarla con los requisitos establecidos en el articulo 15 del la LFPCA, pero en deben presentar una copia simple a fin de que anoten en ella la fecha y hora de presentación, y debe ser sellada y firmada por el empleado receptor

Art. 14 y 15 LFPCA a)- DEMANDA Y OFRECIMIENTO DE LAS PRUEBAS DEL ACTOR.- En la demanda se debe exponer de manera breve y concisa los hechos de que se trate y en ella se deben de ofrecer las pruebas respectivas, sin mas limitación que no sean contrarias a la moral o estén prohibidas por la ley, y demás documentos que serán tomados como prueba.

LA PREVENCION:

Art.14 LFPCA. Si la demanda fuera obscura o irregular o no cumpla con los requisitos legales establecidos en los artículos 14 y 15 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se prevendrá al actor notificándolo para el efecto de que en el termino de 5 días desahogue dicha prevención En caso de que no se desahogue la prevención, el magistrado desechara la demanda tendrá por no presentada la demanda a o por no ofrecidas las pruebas en su caso.

ADMISION DE LA DEMANDA

Art. 19 LFPCA b)-AUTO ADMISORIO.- Debe dictarse siempre y cuando el Magistrado considera que cumple con los requisitos legales , el auto admisorio debe contener:

Art. 19 LFPCA. 1.- Ordenar el emplazamiento y traslado al demandado, y tercero interesado mismos que contaran con 45 días para reproducir su contestación.

Art 40 LFPCA 3.- Admitir las pruebas ofrecidas por la parte actora que llenen los requisitos legales.

Art. 41, 41, 42, 43 LFPCA 3.- Señalando día y hora para que tenga verificativo la audiencia de desahogo de pruebas.

Art. 18 y 20 LFPCA c).- CONTESTACIÒN , RECONVCENCION, EXCEPCIONES Y OFRECIMIENTO DE PRUEBAS.- La contestación de la demanda se debe realizar dentro de los 45 días siguientes al emplazamiento y en ella se deben ofrecer las pruebas que se estimen pertinentes.

Ahora bien esta contestación a la demanda puede tomar varias formas:

Art. 22 LFPCA *Allanamiento o contestación expresa de la demanda, el demandado acepta las pretensiones del actor o viceversa.

Art. 22 LFPCA. *Contestación a la demanda oponiendo excepciones y defensas.

Art. 22 LFPCA * Revocar la resolución impugnada.

Art. 20, 21 LFPCA. LA CONTESTACIÒN A LA DEMANDA DEBE CONTENER:

*Tribunal ante quien conteste.

*Indicar sus nombres y apellidos o en su caso que tipo de autoridad es.

*Señalar domicilio en el lugar del juicio para oír notificaciones.

*Señalar personas autorizadas.

*Hacer referencia a cada uno de los hechos expresados por el actor, para afirmarlos, negarlos, que los ignora o exponiéndolos como ocurrieron en su caso.

*Oponer excepciones y defensas.- A la parte actora se le otorgan20 días para expresar lo que a su derecho convenga.

*Manifestar lo que a su derecho convenga en relación con los fundamentos de derecho y la acción ejercitada por el actor.

*Asentar firma de puño y letra del demandado o su representante legal.

*Acompañar los documentos en que funde sus manifestaciones.

*Acompañar copias simples de la contestación de la demanda y de todos sus documentos para las demás partes.

LA AMPLIACION DE LA DEMANDA.

Art. 17 LFPCA Es el acto procesal de la parte actora en virtud de lo cual no tenía conocimiento de hechos que una vez que la autoridad demandada contestó la demanda, esta en posibilidades de ampliar su demanda por ser nuevos para su conocimiento.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (11.8 Kb)  
Leer 7 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com