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Comparativo Juicio En Linea Y Sumario


Enviado por   •  16 de Mayo de 2013  •  1.608 Palabras (7 Páginas)  •  1.095 Visitas

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Juicio en vía sumaria

Este juicio consiste en una simplificación y abreviación del juicio contencioso administrativo, el cual está regulado por la LFPCA.

Objetivo

El juicio en la vía sumaria tiene como principal objetivo reducir la duración de la substanciación del proceso en los juicios de cuantías menores o con un bajo grado de complejidad.

Una de las principales fortalezas de la vía sumaria es que los juicios que se tramiten serán resueltos por el Magistrado Instructor, en vez de hacerlo colegiadamente como se realizaba.

Casos en que procede

El juicio en la vía sumaria procederá cuando se impugnen resoluciones definitivas cuyo importe individual no exceda de $109,189.75 (cinco veces el salario mínimo general vigente en el D.F., elevado al año), en esta cantidad no debieran estar incluidas las actualizaciones ni los recargos, cuando se trate de resoluciones en las siguientes materias que:

• Determinen créditos fiscales.

• Impongan multa o sanción.

• Exijan el pago de una fianza o una garantía.

• Sean contra resoluciones que, sin importar la cuantía, violen las tesis de jurisprudencia.

También procederá en contra de las resoluciones que sin importar el monto, violen una jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en materia de inconstitucionalidad de leyes, o en contra de una jurisprudencia del Pleno de la Sala Superior del TFJFA.

Casos en los que no procede

No procederá el juicio en la vía sumaria, cuando el juicio sea de una cuantía menor pero que, simultáneamente, se trate de:

• Una controversia de una regla administrativa de carácter general.

• Sanciones económicas en materia de responsabilidad administrativa, en materia de propiedad intelectual.

• La imposición al actor además de una multa o sanción, una carga u obligación, o si el oferente de la prueba testimonial no puede presentar testigos.

Plazos

Este juicio en la vía sumaría agiliza los juicios al reducir los plazos para el ejercicio de los derechos de las partes conforme a los siguientes plazos:

• 15 días para la presentación de la demanda, para la contestación a la misma y para que el tercero interesado se apersone en el juicio.

• 60 días para la instrucción del juicio contados a partir del auto admisorio de la demanda.

• 3 días para que los peritos acepten y protesten el cargo y 5 días para que emitan su dictamen.

• 5 días para formular la ampliación de la de la demanda y la contestación a la misma.

• 10 días para la interposición de los incidentes de acumulación de juicios y el de recusación por causa de impedimento.

• 3 días para la interposición de los incidentes de nulidad de notificaciones y de recusación del perito.

• 5 días para interponer el recurso de reclamación, y 3 días para desahogar la vista del recurso y resolverlo.

• 20 días para emitir la sentencia contados a partir del cierre de la instrucción.

• Un mes para cumplir lo ordenado en la sentencia definitiva.

• 3 días para cualquier otro caso no previsto.

• Los juicios en vía sumaria serán resueltos por el Magistrado Instructor en lugar de realizarlo colegiadamente como se venía aplicando, de tal forma que hoy en día los 132 Juzgadores que integran las 44 Salas Regionales, reducen en forma efectiva el tiempo para la instrucción y resolución de los juicios.

Comentarios y recomendaciones

El uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación es una de las herramientas que facilita y agiliza una pronta impartición de justicia derivado de la implementación del “Sistema del juicio en línea”, en él se lleva a cabo desde la demanda, desahogo de pruebas y el dictado de la sentencia hasta su notificación mediante un sistema informático.

El juicio en la vía sumaria atiende a una simplificación y abreviación del juicio contencioso regulado por la LFPCA reduciendo los tiempos para: su elaboración, facilitando y agilizando, el que se resuelvan en forma más rápida y eficiente dentro del propio TFJFA, además de aumentar la seguridad jurídica para el propio demandante.

Así resulta evidente la reducción de costos económicos y financieros, tanto internos, para el propio TFJFA, como externos para las empresas y personas físicas, así como por la congelación de capitales que, a su vez, tiene sus efectos en el costo de financiamiento para ambas partes.

Con la implementación de esta solución el TFJFA ha dado un ejemplo claro y contundente de cómo llevar a cabo un proyecto de transformación, basado en las ventajas que ofrecen las Tecnologías de Información.

Los resultados obtenidos al momento pueden ser atribuidos, sin lugar a dudas, a una correcta planeación y ejecución de la iniciativa, un proceso efectivo de toma de decisiones y a la capacidad del personal del Tribunal, colegiados y magistrados para seleccionar y conjuntar un equipo de asesores de primer nivel, el cual hizo posible alcanzar los objetivos planteados al inicio del proyecto para beneficio mutuo, tanto para el Tribunal como para los demandantes que utilicen esta vía de medios electrónicos en materia legal.

El “Juicio en Línea” nace fundamentado en el Diario Oficial de la Federación del pasado 21 de junio, en donde el Tribunal Federal de Justicia Fiscal

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