LA EFICIENCIA DEL DERECHO, EN EL MARCO DE UNA NACION MULTICULTURAL
palejo2807148 de Septiembre de 2014
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TABLA DE CONTENIDO
PÁG.
RESUMEN 4
PALABRAS CLAVE 4
ABSTRACT 4
KEYWORDS 4
INTRODUCCIÓN 5
ANTECEDENTES 6
PROBLEMÁTICA 16
CONCLUSIÓN
REFERENCIAS
RESUMEN
A través de este análisis se estudiará si la legislación vigente en el territorio colombiano, permite garantizar el multiculturalismo que tanto se pregona en nuestra constitución política, cuyo efecto pretende ser, una reivindicación con los pueblos indígenas, que desde antaño ha sido víctimas de la discriminación, no sólo en Colombia sino en el resto del mundo o si por el contrario los esfuerzos realizados por los organizamos internacionales encaminados a mejorar las condiciones de vida de estas comunidades han sido en vano.
PALABRAS CLAVES
Indígenas, legislación, diversidad, discriminación, política, reivindicación.
ABSTRACT
Across this analysis, we will study if the in force legislation in the Colombian territory, allows to guarantee the multiculturalismo that is so proclaimed in our political constitution, where the effect tries to be, a vindication with a social group who from long ago has been a victim of the discrimination, not only in Colombia but in the rest of the world, or if on the contrary, the efforts done by the international organizations directed to improve the living conditions of these communities have been uselessly.
KEYWORDS
Aborigens, legislation, diversity, discrimination, politics, recovery.
INTRODUCCION
Como pago de una deuda social histórica, hoy por hoy, en Colombia existe un significativo reconocimiento de las comunidades indígenas, lo que ha posibilitado el que estos grupos hayan sido titulados como propietarios colectivos de los territorios que a lo largo de su historia han tratado de conservar y en donde quizá tienen cierta posibilidad de un manejo interno de sus asuntos comunitarios; de algunas formas de mantener su autonomía, estimular sus sistemas de salud y algún control entre los sistemas educativos, tanto tradicionales como los de la escuela estandarizada de nuestro actual país.
Sin embargo, a pesar de los avances legislativos con respecto a la población indígena, el mapa actual demuestra dos panoramas: primero, aún existen asentamientos indígenas que carecen de tierra o no cuentan con reconocimiento por parte del estado de su territorio y derechos de autonomía. Segundo, quienes han recibido la “atención” del estado, se encuentran sometidos a fuertes procesos de colonización de diferentes tipos; pues en muchas ocasiones, sus territorios son influidos e impactados por diferentes problemáticas que incumben al resto de la sociedad nacional, como lo son: el conflicto armado, el narcotráfico, la presión de multinacionales por la apropiación de recursos naturales de sus zonas, las cuales generalmente son territorios ancestrales considerados como sagrados.
En términos generales, en nombre del desarrollo los pueblos indígenas se han convertido en víctimas de este en vez de beneficiarios y, aunque la percepción genérica es que el desarrollo permitirá tener una mejor calidad de vida a quienes habitan un territorio, la cuestión es que sus consecuencias generan efectos positivos para unos sectores de la sociedad y negativos para otros, es el caso de los indígenas, pues todos tienen una cosmovisión diferente de cómo desarrollarse.
En ese entendido, es allí donde las comunidades indígenas cobran mayor importancia, pues de ser posible alcanzar un desarrollo inclusivo, orientado a la pobreza y sostenible, se debe tener en cuenta las necesidades y prioridades de las poblaciones indígenas, no sólo cuando se trata de proyectos locales, sino también a la hora de formular políticas de desarrollo generales para el país, ya que, en la mayoría de las naciones en vía de desarrollo, los pueblos indígenas se encuentran entre los grupos más pobres y es muy probable que las políticas e iniciativas en materia de desarrollo fallen, como está ocurriendo en Colombia, si no tienen en cuenta sus necesidades y derechos. Por tanto, los pueblos indígenas deben tener el derecho a elegir integrarse o mantener su cultura, sus tradiciones e integridad política .
Por tanto, en este escrito se establecerá si realmente ¿Es eficiente la actual legislación colombiana para garantizar el multiculturalismo en Colombia, en especial para proteger los derechos de las comunidades indígenas?
ANTECEDENTES HISTORICOS, JURIDICOS Y POLITICOS
Desde la misma configuración de lo que hoy es el Estado colombiano, comenzaron diversos tipos de relaciones que tocaban en forma directa todo lo relacionado con la vida social, política y cultural de los pueblos indígenas ubicados en todo el territorio nacional. Los primeros episodios que caracterizaron el proceso interactivo de las relaciones del Estado colombiano con las comunidades indígenas tuvo mucho que ver con el diseño generalizado de unas políticas de aniquilamiento y reduccionismo en lo militar y social, como también en la implementación de unos ejercicios o prácticas en beneficio de intereses de personas diferentes al Estado, dentro de una sociedad que ya perfilaba su carácter racista y dominante. En la medida en que se fue entronizando el poder español en nuestro territorio, en la misma dirección el Estado impulsaba todo un programa de desconocimiento de la soberanía indígena sobre su propio territorio y en forma particular, sobre las diferentes riquezas que en forma de recursos naturales existían en cantidades y calidades impresionantes .
Antes de 1890 existieron todo tipo de normas tendientes a permitir y fomentar el saqueo de las riquezas y la llamada colonización de las tierras. Sólo algunas situaciones esporádicas, como cabe destacarse la del Libertador Simón Bolívar, con la expedición del Decreto del 20 de mayo de 1820 en Villa del Rosario de Cúcuta , propiciaron un ambiente de cierto respeto y protección para con el indígena, su vida, su tierra y su cultura. Existen numerosos documentos que revelan las atrocidades a que los diferentes pueblos indígenas asentados en este país fueron sometidos, pero que las que con más frecuencia se citan o se recuerdan son las que entregaban a extraños junto con la tierra y sus recursos, la propiedad del mismo indígena con fines especulativos de un negocio orientado desde el Estado contra la dignidad humana . Por ejemplo, fue el caso de los pueblos ubicados en la cuenca del río putumayo, quienes se vieron sometidos a condiciones inhumanas de trabajo, a causa de la extracción del caucho en las tres primeras décadas del siglo XX.
Entre los hechos que permitieron generar un desarrollo legislativo donde se involucrara a los pueblos indígenas data, la crisis agraria de los andes, ocasionada por la resistencia indígena cuando se buscó dividir sus resguardos y liquidar sus cabildos, la cual se trató de resolver desde el punto de vista legal con la expedición de la Ley 89 de 1890. Dicha ley buscaba hacer menos drástico el proceso de disolución de los resguardos y la repartición de sus tierras, reafirmaba el papel de tutela y civilización de las misiones religiosas dado que la autoridad eclesiástica tenía gran injerencia en la gobernabilidad de lo que era la república de Colombia y establecía asimismo un procedimiento sucinto para que los indígenas registraran sus títulos antiguos . Y aunque esta Ley fue a simple vista un reconocimiento a los pueblos indígenas, no por esto se les dejó de identificar como barbaros o salvajes tal como lo consagrada la propia constitución de 1886.
Los nuevos movimientos sociales que irrumpieron en el país a partir de 1920, promovieron una visión de los indígenas dignificante de su cultura y sociedad. Algunos de ellos veían en la indianidad la fuente de la nacionalidad, mientras que otros pensaron el resguardo como el germen de la futura organización socialista. A pesar de la expedición de la ley de tierras en 1936 durante el gobierno de la Revolución en Marcha de López Pumarejo, y el reconocimiento de la función social de la propiedad, la perspectiva institucional frente a las comunidades indígenas se mantuvo bajo el parámetro de la ley 89. Por entonces, muchos indígenas fueron despojados de la tierra. En 1944, se inició un proceso de extinción de los resguardos de Tierra dentro, bajo el argumento de que sus poseedores habían perdido la identidad indígena .
Posteriormente, durante las décadas de los 60´ a 80´ donde los reclamos de los indígenas eran más activos en el intento de dotar y legalizar sus tierras; con base en la Ley 135 de 1961 (Ley de reforma agraria) a través de la cual se creó la figura de zonas de reserva, se asignó una gran magnitud de terrenos a los indígenas de las zonas marginales del país, sin embargo, casi su totalidad se encontraba fuera de la frontera agrícola, en su mayoría en la región amazónica, y jurídicamente provenían del régimen de baldíos a cargo de la Nación.
Explícitamente, esta Ley tuvo por objeto democratizar la propiedad y
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