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Marco Teórico De Los Derechos Humanos

adan_asg7 de Abril de 2014

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Universidad enrique díaz de león

Metodología jurídica

Trabajo de investigación

NOMBRE: Alfonso adán silva granados.

Tema: Marco teórico de los derechos humanos

Grupo: A

Turno: nocturno (semi escolarizado)

Introducción

En este trabajo de investigación veremos lo importante que es y siempre ha sido los derechos humanos, aunque anteriormente no se reconozcan así como deberían o son en estos momentos, hablaremos en este tema básicamente de lo que son los derechos humanos o vamos los derechos fundamentales. Que tenemos que tener ya que suceden bastantes injusticias crímenes o abusos que se quedan impunes por la autoridad de cierta persona o personas en este tema veremos pura y sencillamente los derechos humanos algunas de sus clasificaciones, antecedentes, cuáles son sus ventajas o cualidades, en este marco teórico sobre los derechos humanos analizaremos algunos antecedentes de el mismo, estos derechos humanos son bastante importantes para todos nosotros, absolutamente para todos ya que probablemente en algún momento nos veremos en medio de un problema en el cual se violen nuestros derechos fundamentales y es bastante molesto y desesperante que atropellen tus derechos fundamentales ya que por regla de los mismos va contra los principios morales y jurídicos además de que a la persona que le sucede esto le ocasiona bastante frustración y desesperación ver cómo te ignoran o no hacen nada para ayudarte aunque sea su obligación hacerlo ya sea jurídicamente o moralmente es por eso que existen tantas o varias instituciones que cuidan o resguardan los derechos humanos de las personas de hecho el cambio más grande que ha tomado nuestro país es que apenas hace dos años se reformulo parte de la constitución política de los estados unidos mexicanos y dejo de llamarle garantías individuales sino, los derechos humano y sus garantías esto deja muy en claro la fuerza que han venido tomando estos mismos ya que era bastante necesario, se registraba bastantes atropellos en cuanto al respeto y al llevarse a cabo los mismos además de que no había muchos organismos que los defendieran así mismo es por eso que se pide ayuda o se reformula la constitución tomando parte la Coidh que es la convención interamericana de los derechos humanos, así México es una de las naciones que pasa a ser parte de la jurisdicción de la Coidh entre otras que forman parte de la misma.

Índice

• Marco teórico de los derechos humanos …………………..4

• ¿Qué son los derechos humanos? …………………………4

• ¿Derechos humanos o derechos fundamentales? ……….8

• Cualidades de los derechos humanos…………………….13

• Antecedentes de los derechos humanos ………………...17

• Algunas clasificaciones de los derechos humanos …….19

• Marco teórico ………………………………………………...20

• Marco histórico ……………………………………………….21

• Marco cultural ………………………………………………21

Marco teórico de los derechos humanos

¿Qué son los derechos humanos?

El concepto de derechos humanos tiene dos dimensiones, una de carácter sociológico y otra de carácter jurídico. La primera tiene relación esencialmente con planteamientos filosóficos, históricos e ideológicos que surgen en la comunidad internacional, mientras que la segunda vincula a los derechos humanos con la teoría general del derecho para hacerlos exigibles y vinculantes; de esto último nos ocuparemos en el presente trabajo.

Me gusta que este trabajo se encargue de los derechos humanos fundamentalmente en el acto jurídico para saber defenderse sobre cualquier situación en la que posiblemente se violen nuestros derechos fundamentales.

Como punto de partida, resulta fundamental clarificar el alcance y dimensión de los derechos humanos, ya que la confusión en cuanto al uso de este término dificulta su aceptación por las tradiciones jurídicas y, desde luego, retrasa su incorporación plena en el quehacer jurídico, lo que necesariamente implica un freno en su reconocimiento y protección.

Para exponer un concepto de derechos humanos resulta indispensable citar como referencia inicial a la Organización de las Naciones Unidas (ONU),la instancia más importante en la materia a nivel internacional quien los define así;

Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sex, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles.

En la tradición jurídica nacional resulta evidente que una definición como la que propone la ONU es insuficiente para armonizar los derechos humanos con la teoría general del derecho, ya que entre otros puntos, se encuentra plagada de reiteraciones que pueden considerarse tautologías o inconsistencias gramaticales.

No obstante, es oportuno precisar que si bien las palabras y frases utilizadas en la definición de la ONU parecen reiterar aspectos vinculados con la universalidad, esto tiene como explicación la necesidad de profundizar el alcance de sus valores para no dejar dudas en su interpretación en este sentido se justifica el abuso de lenguaje a favor de la claridad del concepto.

Sin embargo, resulta indispensable construir un concepto de derechos humanos que resulte compatible con los sistemas jurídicos vigentes, para lo cual se deben considerar al menos los siguientes aspectos:

• La delimitación respecto a qué tipo de bienes jurídicos representan.

• La identificación de la actividad humana que cualifican.

• Sus fuentes de reconocimiento.

• Los deberes y obligaciones que imponen a los Estados.

• Sus mecanismos de aplicación y coercitividad.

Los bienes jurídicos que representan los derechos humanos implican la acepción más amplia de los que entendemos por derechos, por lo que para efectos prácticos pueden entenderse indistintamente como prerrogativas ,facultades, normas, demandas de abstención o de actuación, pretensiones, bienes jurídicos, potestades o inmunidades, etcétera.

La actividad que cualifican los derechos humanos es la vida humana digna, entendiendo la dignidad como un valor supremo inherente a nuestra especie, que implica que toda persona pueda desarrollar, ejercer, aprovechar, compartir y disfrutar sus cualidades, competencias, habilidades y emociones con un sentido de autorrealización individual y colectiva.

La dignidad se da al menos en dos planos: en el individual, donde cada persona se construye una escala de valores directamente proporcional a su sentido del deber ser, estableciendo de forma personalísima las dimensiones de un proyecto de vida que asume como suficiente; y en lo colectivo, donde la sociedad establece de forma homogénea los parámetros para determinar los elementos mínimos e indispensables que una persona debe obtener para su pleno desarrollo, una muestra de ello son la infraestructura y los servicio públicos considerados como básicos. La dimensión individual de la noción de dignidad se asocia a los derechos civiles y políticos, mientras que los derechos económicos, sociales culturales se vinculan más estrechamente con la esfera colectiva.

Las principales fuentes de los derechos humanos son los instrumentos internacionales, entre los que se encuentran los tratados, pactos, protocolos, convenios o declaraciones que surgen en los organismos internacionales; la jurisprudencia que producen los órganos jurisdiccionales a escala internacional; y la doctrina que generan las instancias académicas y los órganos especializados de los sistemas internacionales de derechos humanos.

Los deberes y obligaciones que tienen los Estados en relación con los derechos humanos son los de respetarlos y protegerlos.

Para cumplir estos propósitos tienen el deber de organizar sus sistemas de gobierno para garantizarlos y estar en condiciones de prevenir, investigar, juzgar, sancionar y reparar toda vulneración injustificada producida por sus agentes o incluso por particulares.

Los mecanismos de aplicación y coercitividad de los derechos humanos se ubican en dos escalas, la internacional, mediante la suscripción de tratados y la sujeción a los organismos y sistemas internacionales de derecho humanos, y la nacional, con la recepción del derechos internacional y los mecanismos para aplicar los tratados internacionales bajo un control de convencionalidad.

En líneas posteriores se abundara más

sobre estos estos elementos, pero de inicio y para efectos prácticos podemos entender a los derechos humanos como los derechos esenciales para respetar y proteger la dignidad de las personas.

Una definición integral establecería que los derechos humanos son el conjunto de derechos mínimos e indispensables para tutelar la dignidad de la vida humana, que surgen del ámbito internacional y que los Estados deben respetar y proteger.

Como parte final del presente apartado analizaremos las definiciones realizadas por el Poder Judicial Federal y por el sistema público de los derechos humanos, ya que su comprensión resulta pertinente para su adecuado planteamiento y ejercicio eficaz como para la parte teórica jurídica.

Para la SCJ, los derechos humanos ‘’son el conjunto de prerrogativas de carácter civil, político, económico, social y cultural inherentes a la persona humana,

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