LIBRO ADUANAS
ANABELLA19905 de Noviembre de 2014
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AGRADECIMIENTO
Porque el ser agradecido
la obligación mayor es
para el hombre bien nacido.
Saavedra
Hago pública mi gratitud a Carla Eugenia Asuaje Antequera, por la
sostenida y generosa ayuda que me prestó durante la diagramación, revisión
e impresión del arte final de este libro.
A pesar de sus breves diez años y de la arduidad de la tarea, cada uno
de sus quehaceres estuvo signado por el entusiasmo, la seriedad y el logrado
deseo de ser útil. Lo primero fue bálsamo para la fatiga; lo demás, llama para
acrisolar un orgullo paterno que no admite disimulo.
Con la intervención de Carla Eugenia, el acaso me deparó dos editores:
José Agustín Catalá, quien transita con paso juvenil su novena década de
vida y mi hija, quien apenas concluye la primera. Pocos han tenido suerte
tan singular.
Las bondades del viejo y de la nueva las guardo en el escriño de mi
gratitud.
Carlos Asuaje Sequera
Carlos Asuaje Sequera
DEDICATORIA
Al señor José Agustín Catalá, quien a fuerza de
ser generoso me conculcó el derecho de no quererlo.
Carlos Asuaje Sequera III
PROLOGO
Sin duda, Carlos Asuaje Sequera ocupa un lugar excepcional entre
los especialistas venezolanos en materia aduanera. Su obra llena un vacío en
la literatura jurídica aduanera venezolana y, para mí, ha sido muy placentero
que se me haya discernido con el honor de escribir este prólogo a su segunda
edición.
Los aduaneros de las viejas y de las nuevas generaciones, ávidos
de conocimientos todos, encontraremos en el contenido de este libro un
material valiosísimo para el aprendizaje y la reflexión acerca de instituciones,
temas y problemas de aduanas.
El mundo aduanero venezolano es precisamente el objetivo de este
texto de C.A.S., y es producto de la convicción de que es necesario llenar el
espacio conceptual y de información en que se desarrolla buena parte de la
discusión pública sobre el tema.
Las relaciones jurídicas que surgen entre los particulares y los
funcionarios de la administración con ocasión a la realización de una
operación aduanera requieren que sus actores conozcan con precisión las
facultades, prerrogativas y obligaciones de ésta, por una parte, y por la otra,
los derechos y obligaciones de los usuarios del servicio.
El comercio internacional contemporáneo asiste a un cambio
cualitativo, tanto en las mercancías susceptibles de intercambio entre
territorios aduaneros distintos, como entre los sujetos y operadores de los
flujos mercantiles entre regiones, bloques y países que afecta la esencia misma
de la administración aduanera, la que como brazo ejecutor de las políticas
comerciales globalizadas no puede permanecer atada a viejas estructuras,
alejada de lo que en realidad significa la palabra modernización y conformada
por funcionarios sin una cultura aduanera idónea.
En la aduana moderna, a la que llegaremos inexorablemente pese
IV Derecho Aduanero - 2a edición
a la torpeza y al retraso oficial, sólo tendrán acceso y permanencia los
prestadores y usuarios del servicio aduanero con excelentes conocimientos
jurídicos acordes con las exigencias del momento y capaces de retribuir a
sus empleadores con el logro de sus objetivos dentro de la mayor eficacia y
eficiencia posible.
La lectura de esta obra conduce a aclarar conceptos y a revisar lo ya
aprendido. Es precisamente, en términos de su contribución al aprendizaje
de la materia jurídica aduanera, como este libro debe ser juzgado.
El estudioso Carlos, con su clara inteligencia, dominio del tema y fina
pluma profundiza en los conceptos aduaneros con el arma que proporciona
la Teoría del Derecho, con una actitud crítica abierta a la consideración de
distintos puntos de vista, aportando a la Doctrina venezolana una importante
obra de lectura y consulta para todos los que nos desenvolvemos en esta
área del quehacer humano.
Luis José Trias Sambrano
Caracas, 2002
Carlos Asuaje Sequera V
INTRODUCCION
El rotundo éxito logrado con la primera edición de esta obra, que la
llevó a agotarse en pocos meses y la reforma de la Ley Orgánica de Aduanas
vigente desde febrero de 1999, nos impulsaron a preparar esta segunda
publicación, en un todo adecuada a la actualidad aduanera venezolana.
En principio, pensamos que esta edición no iría más allá de ser una
actualización más o menos compleja de la primera; al final, consideramos
oportuno corregir y nutrir el texto no tocado por la reforma legal,
incorporando una extensa bibliografía y decantando criterios anteriormente
tratados.
Los cambios de la Ley han dado pie a múltiples comentarios,
mayoritariamente adversos. En realidad, la reforma resultó infeliz: trata
incoherentemente la potestad aduanera; tipifica como contrabando conductas
que en todas las legislaciones del mundo occidental son tratadas por el
derecho penal ordinario; reinstala el caduco e injusto solve et repete; se muestra
francamente errática en sus artículos 109 y 110; agrede la importancia del
reconocimiento en su artículo 57 y se muestra inconstitucional e injusta en
la regulación de la actividad de los agentes de aduanas.
A pesar de todo lo que podamos resentir de ella, la Ley reformada
incita a la discusión y a la crítica e impone a los jueces y a los funcionarios
administrativos encargados de su aplicación, verdaderos esfuerzos
interpretativos; por su lado, los estudiantes y los estudiosos deben analizarla
con especial cuidado y sacar de sus errores y aciertos enseñanzas útiles para
el futuro, preámbulos de una futura Ley que necesariamente vendrá a situar la
actividad aduanera dentro de los límites que nunca ha debido desbordar.
Finalizando el siglo XX, nuestras aduanas tienen mucho de atávicas,
a pesar de que la reforma mil veces pregonada y nunca realizada no
requiere habilitación legislativa para su ejecución, por constituir –a pesar
VI Derecho Aduanero - 2a edición
de su complejidad– acto de simple administración para cuyo abordaje está
ampliamente facultado el Ejecutivo Nacional.
Nunca ha dejado de ser hora para realizar los profundos cambios que
nuestro sistema aduanero requiere, pero la fuerza de las realidades actuales,
el inicio de un nuevo siglo que convoca a nuevas esperanzas y la propuesta
gubernamental de refundar la patria, hacen de la soslayada modernización
un imperativo que no admite demoras. Permita el Altísimo que esta obra
contribuya a lograr meta tan elevada.
El autor
Caracas, 2000.
Carlos Asuaje Sequera 1
CAPITULO I
CONSIDERACIONES GENERALES
Definición de derecho aduanero
Una aproximación al estudio del derecho aduanero exige comenzar con
una definición que establezca los límites conceptuales de la materia que se
pretende abordar. Por ello, diremos que el derecho aduanero es el conjunto
de normas de orden público relativas a la organización y funcionamiento
del servicio aduanero y a las obligaciones y derechos derivados del tráfico
de mercancías a través de las fronteras, aguas territoriales y espacio aéreo
de la República.
Desglosando la definición precedente encontramos, en primer término,
que las normas que constituyen esta rama del derecho son de orden público o,
lo que es igual, tutelan intereses públicos, colectivos. Esta especial condición
hace que dichas reglas sean taxativas (ius cogens), imperativas y que, por
tanto, no puedan renunciarse ni relajarse por convenios particulares, de
acuerdo a lo establecido en el artículo 6° del Código Civil. Respecto a este
artículo, la jurisprudencia nacional sostiene pacíficamente que si bien todas
las leyes tienen un interés social, también son sancionadas en interés de los
particulares. Sin embargo, cuando el interés prevaleciente es el del colectivo
no pueden ser renunciadas ni relajadas por acuerdos privados, lo que si está
permitido para aquellas que interesan más directamente a los particulares y
en las que no se vea comprometido el bien común.
Parece acertado pensar que «cuando el Estado considera que una
conducta humana altera solamente el equilibrio económico entre dos o más
individuos, o disminuye intereses de valor intrascendente o lesiona apenas
levemente bienes personales importantes -en una palabra- cuando cree
que los intereses de la colectividad que orienta y dirige de acuerdo con la
concepción socio-política que lo conforma y nutre no resultan seriamente
2 Derecho Aduanero - 2a edición
menoscabados, entonces busca el equilibrio mediente una regularización
normativa de tales comportamientos dentro de un área jurídica ius privatista.
Cuando en cambio, considera que un hecho pone en riesgo o efectivamente
vulnera valores individuales y sociales importantes o altera su propia
estabilidad, recoge tal comportamiento en normas
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