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LOPCYMAT


Enviado por   •  11 de Febrero de 2014  •  Tesis  •  2.620 Palabras (11 Páginas)  •  147 Visitas

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INTRODUCCIÓN

El presente informe tiene como objetivo principal, profundizar el estudio de los accidentes de trabajo y las enfermedades, tema de nuestra legislación laboral estimado en la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo y en su reglamento parcial. Sin menoscabo de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley Orgánica del Trabajo que establecen los principios básicos del trabajo y sus relaciones y el desarrollo de este como hecho social, la LOPCYMAT es la ley especial que rige y reglamenta todo lo relacionado con las mejores condiciones laborales y establece los procedimientos y practicas más adaptadas a las nuevas situaciones de trabajo.

Cabe destacar que se hará énfasis en temas muy puntuales descritos en la siguiente Ley, los cuales serán: objeto de la Ley, ámbito de aplicación, ente de gestión del régimen prestacional de seguridad y salud, Consejo Nacional de Seguridad y Salud, condiciones y ambiente en que debe desarrollarse el trabajo, quien notifica o hace la declaración del accidente de trabajo, indemnización en caso de accidente de trabajo y enfermedad ocupacional y, las respectivas definiciones de accidente de trabajo y enfermedad ocupacional.

LEY DE ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO

(LOPCYMAT)

La primera LOPCYMAT fue creada en el año 1986, pero no es sino hasta el 2005 que es reformada. La misma surge como respuesta a las continuas manifestaciones de los trabajadores a los cuales no se les garantizaba la seguridad y salud en el trabajo; con el fin de conseguir mejoras salariales y reivindicaciones sociales.

OBJETO DE LA LOPCYMAT

Esta ley tiene por objeto promover y mantener el más alto grado de bienestar físico, mental y social de los trabajadores; así mismo, prevenir todas las causas que ocasionen daños a la salud de los mismos por las condiciones de trabajo; protegerlos en los riesgos y procesos peligrosos resultantes de agentes nocivos de sus ocupaciones; procurarles un trabajo digno y adecuado según sus aptitudes y capacidades y; garantizar y proteger los derechos y deberes tanto de los trabajadores y trabajadoras como de sus patronos y patronas, en relación con lo antes expuesto, es decir, seguridad, salud, condiciones y medio ambiente de trabajo, descanso, utilización del tiempo libre, recreación y turismo social.

ÁMBITO DE APLICACIÓN

El artículo 4 de la ley explica su ámbito de aplicación:

- Empresas públicas o privadas que persigan o no fines de lucro.

- Cooperativas u otras formas asociativas, comunitarias de carácter productivo o de servicio.

- Se exceptúan los miembros de la Fuerza Armada Nacional de conformidad con el artículo 328 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

- Cualquier organización, sea esta una sociedad civil mercantil o de cualquier otra naturaleza está en obligación de cumplir con lo establecido en la LOPCYMAT y su Reglamento, por cuanto da origen a la obligación es la relación de dependencia laboral que exista entre uno o varios trabajadores y su patrono.

ENTES DE GESTIÓN DEL RÉGIMEN PRESTACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD

1. El Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, instituto autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio e independiente del Fisco Nacional.

2. El Instituto Nacional de Capacitación y Recreación de los Trabajadores, instituto autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio e independiente del Fisco Nacional.

CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD

Según la LOPCYMAT de 1986:

(Art. 8 – 11) Se creó un Consejo Nacional de Prevención y Seguridad, Salud y Seguridad Laboral, cuyas funciones se limitaban a elaborar una política que garantizara las condiciones y el medio ambiente de trabajo, así como el cumplimiento de la ley.

Según la LOPCYMAT de 2005:

(Art. 36) Se crea el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo como instancia asesora del órgano rector en las materias de promoción de la seguridad y salud en el trabajo, la prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales, el control de las condiciones y medio ambiente de trabajo, y de recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social del Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Conformación:

Presidente (a):

Un representante de:

• Ministerio de Salud.

• Ministerio de Trabajo.

• Ministerio del Ambiente.

• Ministerio de Producción y Comercio.

• Ministerio de Turismo y Recreación.

• Ministerio de Educación.

• Ministerio de Planificación.

• Ministerio de Ciencia y Tecnología.

Dos (2) representantes de las organizaciones sindicales más representativas:

• Confederación de Trabajadores de Venezuela (CTV).

• Unión Nacional de Trabajadores de Venezuela (UNT).

Dos (2) representantes de las organizaciones empresariales más representativas:

• FEDECAMARAS (CONSECOMERCIO, CONINDUSTRIA, FEDEAGRO, FEDENAGA y la Asociación Bancaria).

• FEDEINDUSTRIA (Federación de Artesanos, Pequeños y Medianos Industriales de Venezuela).

Dos (2) representantes de las cooperativas y otras formas asociativas comunitarias de carácter productivo o de servicio.

Un (1) o una representante de las organizaciones de las comunidades organizadas vinculadas al componente de prevención, seguridad y salud laboral.

Un (1) o una representante de los pueblos, organizaciones y comunidades indígenas.

Un (1) o una representante de las organizaciones de las comunidades organizadas vinculadas al componente de recreación,

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