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LOPCYMAT


Enviado por   •  22 de Mayo de 2014  •  Ensayos  •  2.906 Palabras (12 Páginas)  •  442 Visitas

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Lopcymat

Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (Lopcymat), ley que promueve la implementación del Régimen de Seguridad y Salud en el Trabajo, en el marco del nuevo Sistema Seguridad Social, abarca la promoción de la salud de los trabajadores, la prevención de enfermedades profesionales y accidentes de trabajo, la atención, rehabilitación y reinserción de los trabajadores y establece las prestaciones dinerarias que correspondan por los daños que ocasionen enfermedades ocupacionales y accidentes de trabajo.

El Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social y el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, asumen el compromiso de vigilar el cumplimiento de las condiciones de seguridad, salud y bienestar para promover un ambiente de trabajo adecuado y propicio para el ejercicio pleno de las facultades físicas y mentales de los trabajadores y trabajadoras, mediante la promoción del trabajo seguro y saludable, y la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales.

Ley del Trabajo

En Venezuela la Ley Orgánica del Trabajo es el instrumento más importante que se aplica a las relaciones de trabajo.

Es una ley de orden público (de aplicación obligatoria), que se aplica a venezolanos y extranjeros con ocasión del trabajo prestado o convenido en Venezuela. Sus normas pueden ser mejoradas por convenios particulares o contratos colectivos.

Contrato colectivo de trabajo

Contrato colectivo de trabajo, también llamado convenio colectivo de trabajo (CCT) o convención colectiva de trabajo, es un tipo peculiar de contrato celebrado entre un sindicato o grupo de sindicatos y uno o varios empleadores, o un sindicato o grupo de sindicatos y una organización o varias representativas de los empleadores (comités de empresa). También, en caso de que no exista un sindicato, puede ser celebrado por representantes de los trabajadores interesados, debidamente elegidos y autorizados por estos últimos, de acuerdo con la legislación nacional.

Empleado

Es la persona que se desempeña en un cargo determinado realizando tareas sobresalientes, desarrolladas en una oficina con cualidades intelectuales y la cual recibe un salario a cambio.

Obrero

Es un trabajador manual asalariado, conocido también como operario.

Clasificación de los Obreros

• Obrero calificado es el que requiere entrenamiento especial o aprendizaje para realizar sus labores.

• Obrero no calificado es un trabajador que desarrolla una tarea fundamentalmente física sin gran desarrollo intelectual.

Empleador

En un contrato de trabajo, la parte que provee un puesto de trabajo a una persona física para que preste un servicio personal bajo su dependencia, a cambio del pago de una remuneración o salario. La otra parte del contrato se denomina «trabajador» o empleado. El término empleador está originado en la relación de trabajo. El empleador es aquel que crea uno o varios puestos de trabajo y los ofrece con el fin de que sean ocupados por trabajadores bajo su mando, y a través de un contrato de trabajo.

Trabajador de confianza

Se entiende como trabajador de dirección y confianza, aquel trabajador que por su cargo y por las funciones que presta, tiene una gran responsabilidad dentro de la estructura administrativa de la empresa, en cuanto poseen mando y jerarquía frente a los demás empleados. Los trabajadores de dirección y confianza, tienen un tratamiento diferente, especialmente en lo relacionado con la jornada de trabajo, pues para este tipo de trabajadores, no se les aplica la jornada máxima. Si las condiciones de trabajo así lo exigen, el trabajador de dirección y confianza, deberá trabajar más de la jornada legal, pues estando la empresa bajo su responsabilidad, no puede ausentarse de ella mientras que las obligaciones exijan su presencia.

CALCULOS DE PRESTACIONES SOCIAL

Cálculo del Preaviso

Cuando se trata de un trabajo por tiempo indeterminado (sin estabilidad laboral) el trabajador tiene derecho a un preaviso (plazo de tiempo) durante el cual continuará laborando y recibirá la remuneración. El preaviso es también un derecho del patrono en aquellos casos que el trabajador por tiempo indeterminado renuncie unilateralmente del trabajo, sin que existan en curso causales de retiro justificado.

El preaviso no aplica a trabajadores permanentes o contratados bajo el régimen de estabilidad laboral previsto en el artículo 112 de la LOT, porque sencillamente no pueden ser despedidos sin justa causa. Sin embargo en caso de materializarse un despido injustificado, el patrono se verá obligado a resarcir al trabajador con una indemnización sustitutiva del preaviso prevista en el artículo 125 de la LOT.

Preaviso dado por el Patrono

(Despido injustificado, art. 104 LOT)

Período laboral Preaviso

1 MES 7 DIAS

6 MESES 15 DIAS

1 AÑO 30 DIAS

5 AÑOS 60 DIAS

10 AÑOS 90 DÍAS

Preaviso dado por el Trabajador

(Renuncia por voluntad, art. 107 LOT)

Período laboral Preaviso

1 MES 7 DIAS

6 MESES 15 DIAS

1 AÑO 30 DIAS

En el caso del trabajador despedido, permanecerá en su cargo durante el tiempo del preaviso de forma remunerada, pero si el patrono omitiese el preaviso (art. 104, parágrafo único), el lapso correspondiente se computará en la antigüedad del trabajador para todos los efectos legales. También puede omitirse legalmente el preaviso que establece el artículo 104 de la LOT computando el lapso correspondiente en la antigüedad del trabajador (art.104, parágrafo único) o mediante el pago de una cantidad igual al salario del período correspondiente (artículo 106).

Cálculo de las vacaciones

Según el artículo 219 de la LOT, el trabajador tiene el derecho a un período 15 días hábiles

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