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LOS CONSEJOS COMUNALES A LA LUZ DE LA CONSTITUCION


Enviado por   •  12 de Marzo de 2017  •  Trabajos  •  1.262 Palabras (6 Páginas)  •  230 Visitas

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INTEGRANTES

MORALES JAVIER C.I. 13.143.391

CIPRIANO BANEZCA C.I. 25.379.627

YSBETH QUIJADA C.I. 17.245.190

RODRIGUEZ LUIS C.I. 14.274.454

MARIA ALEJANDRA PEÑA C.I. 16.465.807

MAIKER PADRINO C.I. 19.467.775

PEDRO APONTE C.I. 19.724.668

JONATTAN HEREDIA C.I. 11.178.857

RENE MOGOLLON C.I. 15.649.450

ANIBAL HERRERA C.I 23.567.931

ALEJANDRO NUÑEZ C.I. 20.357.957

DIEGO HERRERA C.I. 17.963.654

MANUEL ZAPATA C.I. 15.648.700

BRISNADY PONCE C.I. 23.566.182

RAFAEL PERDOMO C.I. 11.122.400

LOS CONSEJOS COMUNALES A LA LUZ DE LA CONSTITUCION

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela nacida en el año 1999 trae como uno de sus principios fundamentales la participación de la sociedad en los diversos ámbitos de la vida publica pues insta a la ciudadanía a organizarse y movilizarse para contribuir así con la toma de decisiones no solo a nivel local sino en los distintos espacios regionales y nacionales.

Con base en lo anterior el articulo 5 CRBV establece claramente que la soberanía reside en el pueblo quien lo ejerce directamente en las formas previstas en la Constitución y en las leyes los órganos de estados emanan de la soberanía popular y a ellas están sometidas. La participación popular es ratificada en el artículo 62 de la CRBV, ya que faculta a todos los ciudadanos y ciudadanas en cuanto a la participación de los asuntos públicos del estado, así como ejercer la función contralora en la gestión publica.

Seguimos haciendo referencia en el articulo 70 CRBV hace referencia precisamente al tema de la participación política y económica pues define cuales son estos medios, es decir, la forma en que pueden los ciudadanos y ciudadanas tomar acciones para contribuir con el desarrollo integral del país y de la sociedad Venezolana y se refiere a la libre presencia de los vecinos en los debates municipales y unir fuerzas para obtener un beneficio común.

Por otro lado el articulo 184 CRBV aquí se aplica el principio de la democratización del poder expuesto en el articulo 158 CRBV tal como pueden verse en los siete numerales de este articulo los estados y municipios deberán transferir a los grupos vecinales ciertos servicios en materia de salud, educación deporte ambientes cooperativas, mecanismos autogestionarios etc.

Sin lugar a dudas los Consejos Comunales nacen mediante la promulgación de la ley y fundamentos de rango constitucional viene dado por la relación de responsabilidad entre el Estado y la Sociedad su fin principal es el mejoramiento de la calidad de vida mediante la autogestión de los servicios comunitarios. Existe un marco legal sólido representado en primer término por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y en segundo término, por las distintas normas relacionadas con los ciudadanos para incorporarlos al proceso de democratización de la gestión publica del propio sistema de gobierno, con el propósito de cumplir los objetivos previstos en los programas, proyectos desarrollados y en consecuencia, disminuir la corrupción y generar confianza, credibilidad, compromiso e identidad en la ciudadanía respecto a las instituciones públicas.

Los Consejos Comunales han sido creados por la Ley sancionada en el 2006, al amparo de la Constitución de 1999. (GO 39.335 del 28-Dic-09) Este proceso de creación de los Consejos Comunales no es reciente, es más bien el producto de un largo camino de luchas y rediseños institucionales para atender a demandas insatisfechas de la población, a la vez que a las limitaciones que la democracia representativa para hacer posible que tengan capacidad de hacerse presentes e incidir en la conducción de la sociedad y la política.

La ley atribuye a los Consejos Comunales la potestad de elaborar propuestas y opiniones pues estas formas de organización vienen a cumplir funciones relacionadas con el desarrollo nacional, donde los integrantes de las comunidades podrán resolver sus conflictos y necesidades sociales internas mediante el manejo de recursos asignados por el estad con la finalidad de fomentar la descentralización y mas allá de la solución de problemas típicos de las comunidades estos también cumplirán funciones directamente con el desarrollo socioeconómico de la nación a través de la planificación y ejecución de proyectos socio productivos, entre los cuales pudiéramos mencionar la recuperación de empresas para activarlas mediante el trabajo comunitario, el plan siembra urbana cuyo fin es convertir a las comunidades en espacios productivos autosustentables.

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