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La Filiacion


Enviado por   •  6 de Febrero de 2014  •  1.153 Palabras (5 Páginas)  •  185 Visitas

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LA FILIACION

La filiación es el vínculo jurídico que existe entre dos personas donde una es descendiente de la otra, sea por un hecho natural o por un acto jurídico.

Del carácter estrictamente jurídico de la relación filial se desprenden ciertas consecuencias. En primer lugar, puede darse que no toda persona tenga una filiación o estado filial.

La filiación puede ser vista desde dos perspectivas exclusivamente:

Como una relación jurídica entre un padre y su hijo, o una madre y su hijo, por lo que siempre es bilateral; y Como un estado civil, es decir, como una especial posición de una persona en relación con su sociedad, tipificada normativamente.Importancia

Es de suma importancia la filiación en el campo del derecho, pues junto con el matrimonio forman los dos pilares fundamentales de esta rama del derecho.

Pues si bien el primero constituye la base de la familia organizada, la filiación lo es de la estructura familiar: el parentesco, provenga o no de la unión matrimonio.

De la filiación derivan: el parentesco consanguíneo, la patria potestad. Los deberes-derechos alimentarios el nacimiento de incapacidades. La vocación hereditaria ab intestato y el apellido.

PRINCIPIOS QUE RIGEN LA FILIACION

a) No existe filiación, si ésta no está legalmente probada: En efecto, nadie puede alegar a su favor los efectos derivados de la filiación que pretenda respecto a determinada o determinadas personas, si no la ha probado fehacientemente, por cualquier medio idóneo reconocido por el derecho.

b) Los efectos de la filiación son independientes del medio de prueba aportado: Es decir que, probada que sea la filiación, aunque la Ley exija medios específicos en ciertos casos, nacerán todos los efectos que de ella derivan.

c) Los efectos de la filiación son independientes del momento de su prueba: De tal manera que, probada la filiación, sus efectos abarcan tanto el presente como el futuro, sin que sea exigible que tal prueba deba tener lugar en determinado momento.

Clasificación

Desechada ya que en nuestro Código Civil la distinción entre hijos nacidos dentro o fuera del matrimonio, puesto que a todos por igual atribuye los mismos derechos, no cabe hablar de hijos legítimos o naturales como contemplaba el Código anterior y siguen considerando las leyes de muchos otros países. Venezuela, con las reformas del Código Civil, ha dado un pase de avance en esta metería, pese a las críticas que puedan hacérsele y a los errores y fallas de que sin duda adolece, que nos han hecho insistir en la necesidad de la promulgación de un instrumento legal autónomo, independiente del Código Civil, en donde se recoja en forma orgánica y sistemática toda la normativa jurídica que regula la familia: un Código de familia. Por lo expuesto, sólo puede hoy clasificarse la filiación en paterna y materna, según derive del padre o de la madre, sobre las cuales trataremos en temas separados.

RECONOCIMIENTO VOLUNTARIO

El reconocimiento del hijo por sus padres, para que tenga efectos legales, de constar:

1) En la partida de nacimiento del Registro Civil de Nacimientos.

2) En la partida de matrimonio de los padres.

3) En Testamento o en cualquier otro acto publico o autentico otorgado al efecto en cualquier tiempo (Art. 217 C.C); pero puede resultar también tal reconocimiento de una declaración o afirmación incidental en un acto realizado con otro objeto, siempre que coste por documento público o autentico y la declaración haya sido hacha de un modo

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