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La Publicidad En Derecho Probatorio


Enviado por   •  12 de Octubre de 2013  •  589 Palabras (3 Páginas)  •  266 Visitas

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fundamento esencial de nuestro derecho

Fundamento esencial de nuestro derecho es la publicidad de todos los actos procesales, tanto en lo pertinente a las partes y a sus apoderados como al lugar antes de celebrarle. Sin embargo, la publicidad puede restringirse con relación a los terceros, pero jamás contra las partes cuando así lo imponga razones de decencia pública o moral

Todo lo relativo de la práctica de la prueba debe efectuarse dentro de los lapsos probatorios señalados para su promoción y evacuación, es decir, no puede proponerse ni evacuarse sino dentro de los lapsos señalados en la ley procesal

• Principio de inmediación . El principio de inmediación exige que el Tribunal haya percibido por sí mismo la producción de la prueba. Es por eso que en nuestro proceso penal no es posible, en principio, sustituir el interrogatorio de testigos por la lectura de actas que recogen las declaraciones de los testigos durante la fase de instrucción. En nuestro ordenamiento jurídico es en el juicio oral en donde hay que practicar las pruebas, porque sólo lo que ha sido oralmente debatido en el juicio puede ser fundamento legítimo de la sentencia; así lo exige tanto el carácter público del proceso (art. 24.2 CE), como el derecho de defensa.

• El principio de contradicción. E l principio de contradicción, inherente al derecho de defensa, es otro principio esencial en la práctica de la prueba, al permitir a la defensa contradecir la prueba de cargo.

• Principio de libre valoración de la prueba. En el sistema actual de libre valoración, el Juez es libre para obtener su convencimiento, porque no está vinculado a reglas legales sobre la prueba; puede convencerse por lo que le diga un único testigo frente a lo que digan varios. Ahora bien, el principio de libre valoración de la prueba no significa que el Tribunal tenga una facultad .libérrima y omnímoda sin limitaciones. El principio de libre valoración de la prueba significa que el Juez debe apreciar las percepciones durante el juicio según las reglas del criterio racional, es decir, según las reglas de la lógica, y, dentro de ellas, el principio de no contradicción, así como según los principios generales de la experiencia.

Principio de Inmediación:

Este principio esta referido más que todo al juicio oral, y establece que el Juez del proceso debe presenciar de manera ininterrumpida la incorporación de las pruebas en el proceso. El Juez debe tener el control absoluto de cómo las partes promueven y evacuan las pruebas, que le van a permitir dirimir la controversia planteada. Pero esta función también la puede realizar el Juez del Proceso a través de otras personas, tal es el caso, cuando debe comisionar a otros tribunales para que evacuen pruebas o realicen cualquier tipo de experticias o cualquier otro tipo de prueba, necesaria para el proceso;

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