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La Relación Deontológica y Contractual entre el Abogado y el Cliente


Enviado por   •  27 de Febrero de 2022  •  Ensayos  •  1.201 Palabras (5 Páginas)  •  429 Visitas

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Unidad 4. Aplicación Práctica de la Deontología en el Ejercicio Profesional del Jurista

La Relación Deontológica y Contractual entre el Abogado y el Cliente  

  • Introducción

El propósito de un abogado es defender la condición jurídica de los clientes en un contexto fáctico determinado, o bien, brindarle al propio cliente, la asesoría en la creación de nuevas realidades jurídicas que sean favorables para el logro de sus intereses, por lo tanto, el presente escrito, tiene por objetivo presentar, establecer y analizar la importancia del abogado y su papel ante el cliente, retomando aquellos elementos fundamentales que debe tener el profesional de la abogacía para un buen desempeño como jurista.

Por último, a manera de conclusión, se reafirmara la importancia que tiene el papel del profesional del Jurista en la sociedad, culminando con una idea para conservar en todo momento la confianza de nuestro cliente sobre nosotros, sus defensores y representantes.

  • Desarrollo

En una sociedad fundada en el respeto a la Justicia, el Abogado juega un papel verdaderamente fundamental pues su misión no solo se limita a ejecutar fielmente un mandato en el marco de la Ley, sino que, en un Estado de Derecho el Abogado es indispensable para la Justicia y para los justiciables, pues tiene la obligación de defender los derechos y las libertades; cumple la función de asesorar, orientar, administrar y solucionar todas aquellas posibles controversias que se le presenten, por tal motivo su papel es tan grande, tan importante que es tanto el asesor como el defensor de su cliente, de tal sentido, encontramos que la relación entre el abogado y su cliente es y deberá ser una relación de especial confianza.

No obstante, aunque la relación que exista entre el abogado y cliente sea de confianza, esta se encontrará dentro del marco de una relación contractual por medio de un ámbito de contrato de arrendamiento de servicios, mismo que deberá ser bilateral e Intuitu personae, oneroso o pro-bono, principal y de tracto sucesivo, de tal manera que será posible establecer el tipo de servicio, lugar, tiempo y honorarios acordados, así como también las consideraciones en caso de daños y perjuicios atribuibles al abogado por negligencia y falta de pericia, cómo es que el abogado ha de responder, la obligación de guardar el secreto profesional, así como,  la obligación de las partes de dar aviso oportunamente en el caso que se quiera dar por terminada la relación contractual.[pic 2]

En base a lo anteriormente mencionado, resulta necesario que hagamos énfasis en el análisis de dicho contrato de arrendamiento de servicios pues este contrato no implica una obligación de resultado, sino una obligación de medios, ¿A que nos referimos con esto? A que el profesional del jurista no debe absorber como regla general la obligación de lograr la estimación o resolución favorable a las pretensiones deducidas, ni olvidar que debe respetar las instrucciones de su cliente, sin dejar de lado que tiene el deber de brindarle la información y consejo necesario que resulten en la mejor vía para el logro de sus intereses.  De la misma forma resulta conveniente analizar que su relación contractual es una obligación de medios porque, aunque como diestro de la jurisprudencia cuenta con cierto margen de libertad e iniciativa para elegir los medios que estime más convenientes, debe siempre y en todo momento procurar salvaguardar los intereses de su cliente mediante la prestación de asesoramiento y defensa adecuados, tomando en cuenta la expectativa de éxito y el coste a cargo del cliente.

Ahora bien, un abogado, es un servidor de la justicia, promotor de una sociedad en paz y armonía que sirve a su cliente con toda su capacidad, con toda su pericia, con toda su dedicación, su responsabilidad y con todo su cuidado, de ahí que observemos el compromiso del propio abogado de conducirse apegado a los valores de verdad, honestidad, honradez, secrecía, servicio eficaz, oportuno, pronto, amable, respetuoso y expedito, todo esto para responder a la confianza de su cliente quien le ha encomendado su libertad, su patrimonio, su honra, su tranquilidad y sus intereses, logrando así reafirmar el cumplimiento y realización de los elementos fundamentales para el buen desempeño del Jurista.

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