La Responsabilidad Internacional De Las Empresas Por La Comisión De Crimenes Internacionales
acasgo11 de Febrero de 2013
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“LA RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL PENAL DE LAS EMPRESAS POR LA COMISIÓN DE CRÍMENES INTERNACIONALES”
SUMARIO.- I.- CONSIDERACIONES GENERALES. 1.- INTRODUCCIÓN. 2.- PLANTEAMIENTO DE LA CUESTIÓN. II.- ¿EXISTE RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL PENAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS? 1.- ANTECEDENTES HISTÓRICOS. 2.- REGULACIÓN ACTUAL DEL PRINCIPIO DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL INDIVIDUO. 3.- DERECHO COMPARADO 3.1.- REGULACIÓN PENAL DE LAS PERSONAS JURIDICAS 3.1.1. MODELO HOLANDÉS. 3.1.2.- MODELO FRANCÉS. 3.1.3.- MODELO ANGLO-AMERICANO. 3.2.- REGULACIÓN DE LA JURISDICCIÓN UNIVERSAL. 3.2.1.- JURISDICCIÓN UNIVERSAL EN BÉLGICA. 3.2.2.- JURISDICCIÓN UNIVERSAL EN ESTADOS UNIDOS. ALIEN TORT CLAIMS ACT COMO PARADIGMA 4.- DERECHO ESPAÑOL. 4.1. REGULACIÓN PENAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS. MODIFICACIÓN DEL CODIGO PENAL DE 1995. 4.2. REGULACIÓN DE LA JURISDICCIÓN UNIVERSAL EN LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL. 5.- LA CORTE PENAL INTERNACIONAL Y LA PERSECUCIÓN DE LAS EMPRESAS Y DEMÁS ACTORES ECONÓMICOS. 5.1.- LA PROPUESTA FRANCESA 5.2.- MOTIVOS DE NO INCLUSIÓN DE LA RESPONSABILIDAD DE LAS PERSONAS JURÍDICAS EN EL ESTATUTO DE ROMA. 5.3.- ¿INCLUSIÓN DE PERSONAS JURÍCAS EN EL ESTATUTO DE ROMA EN UN POSIBLE PROCEDIMIETO PENAL? III. CONCLUSIONES. IV. BIBLIOGRAFÍA.
RESUMEN:
El objeto de la presente artículo consiste en primer lugar, en realizar un estudio sistemático de la responsabilidad internacional penal de las empresas y otros actores económicos por la comisión de crímenes internacionales, teniendo en cuenta los antecedentes históricos, paradigmas internacionales y nacionales, y las causas de la no inclusión de dicha responsabilidad de las personas jurídicas, por parte de la Corte Penal Internacional.
En un segundo plano y finalmente, muy interrelacionado con lo ya señalado ut supra, voy a realizar un análisis de la situación actual de la exigencia de responsabilidad penal de las personas jurídicas, y en concreto, de las empresas, en el ámbito de la jurisdicción universal y las soluciones y jurisprudencia que se han dado en los Tribunales Internacionales y en el Derecho comparado.
PALABRAS CLAVES: EMPRESAS, RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL PENAL. CORTE PENAL INTERNACIONAL. DERECHO COMPARADO. JURISDICCIÓN UNIVERSAL. JUICIOS DE NUREMBERG.
ABSTRACT:
The main purpose on this doctrine article is a descriptive study about how has developed the question of the legal persons liability in the field international criminal law, when there has been committed an international crime, from Nuremberg to Rome Statute.
Secondly I would like to consider and study the several legal models that exist in the countries which historically have legislated the legal persons responsibility and universal jurisdiction.
So, I am going to realize a descriptive study about the several norms in the field of the Comparative Law, finding paradigms, like the Alien Tort Claims Act in USA, which help us to understand the public liability and public liability insurance of the companies in their commercial activities, or the case about the progressive and pioneer Dutch legal model about legal person responsibility. And finally the evolution and the complete turn about in the Belgium legal norms about the universal jurisdiction in the criminal liability field.
KEY WORDS: COMPARATIVE LAW.LEGAL PERSON LIABILITY. UNIVERSAL JURISDICTION. ROME STATUTE. NUREMBERG´S TRIALS.
I.- CONSIDERACIONES GENERALES
1.- INTRODUCCIÓN
El objeto de la presente artículo consiste en primer lugar, en realizar un estudio sistemático de la responsabilidad internacional penal de las empresas y otros actores económicos por la comisión de crímenes internacionales, teniendo en cuenta los antecedentes históricos, paradigmas internacionales y nacionales, y las causas de la no inclusión de dicha responsabilidad de las personas jurídicas, por parte de la Corte Penal Internacional.
Por tanto, la aportación principal a la investigación del presente trabajo es encontrar argumentos legales para la persecución penal internacional de las multinacionales y otros actores económicos en el ámbito de la Corte Penal Internacional por la comisión de crímenes internacionales. Es aquí, donde voy a centrar todos mis esfuerzos, puesto que es uno de los temas más discutidos actualmente en el ámbito de la responsabilidad internacional penal, ya que el concepto de persona jurídica y los efectos que pueden producir los actos realizados por la misma, se encuentra en una revisión profunda. Todo ello, debido, al auge que en un mundo globalizado ha supuesto la eliminación práctica de barreras para el comercio.
¿Va existir impunidad absoluta respecto a las acciones que se derivan de una empresa multinacional por el simple hecho de no ser persona individual? ¿En ocasiones, una persona jurídica no es considerada e identificada como un ser real y no ficticio? Es necesario pensar en Coca-cola, Nokia, Zara, etc. Son empresas tan presentes en nuestras vidas, que las decisiones que adopten van a afectar a una población que en mayor o menor medida dependen de ellas, o al menos, sus necesidades creadas.
En un segundo plano, muy interrelacionado con lo ya señalado ut supra, voy a realizar un análisis de la situación actual de la exigencia de responsabilidad penal de las personas jurídicas, y en concreto, de las empresas, en el ámbito de la jurisdicción universal y las soluciones y jurisprudencia que se han dado en los Tribunales Internacionales y en el Derecho comparado.
Estas son las preguntas básicas que quiero responder, sin perjuicio de que la idea que subyace es intentar aportar argumentos sobre todo legales, son olvidar los de justicia, para la persecución de actores económicos, cuando estos cometen crímenes internacionales vulnerando los derechos humanos, en la práctica de sus actividades y finalidades. Es decir, el intento de evitar la impunidad de estas entidades. Lo que se trata es de dar respuestas legales para no sólo detenerse en la persecución de sus directivos o funcionarios, sino también para evitar que el entramado que supone una empresa, no quede inmune cuando se realizan actividades ilícitas en su nombre.
El área del derecho en el que se ha de encuadrar este trabajo de investigación es en el del Derecho Internacional Penal, es decir, en el ámbito del Derecho Internacional Público, y no por tanto, en el campo del Derecho Penal Internacional. Es importante, destacar esta diferencia, puesto que no es una tesis de derecho penal, sino que está encuadrada desde el punto de vista del derecho internacional. Todo ello, sin perjuicio, de que se vayan a manejar instituciones que beban directamente del derecho penal, como por ejemplo el concepto de persona jurídica, o el de jurisdicción universal. Por ello, hay que señalar, que existirá una interrelación e interconexión de diversas ramas del derecho, pero teniendo como referente la responsabilidad internacional.
Otro punto importante que se ha de destacar para concretar aun más, el objeto de estudio y establecer un punto de partida, es el concepto de crimen internacional que se va seguir . Esta cuestión es trascendental, ya que es una cuestión muy controvertida. Así, nos adherimos al concepto que ha dibujado el profesor Cassese . Por tanto son crímenes internacionales, aquellas conductas mas graves y de transcendencia internacional, cuya represión penal está contemplada, exigida o favorecida por normas internacionales, y a cuyo fin se articula un sistema más o menos complejo de cooperación internacional. Hay una concurrencia de dos elementos: interés común en la represión y factor de impunidad. Por otra parte, también seguiremos el concepto que la profesora Martín-Ortega señala de las empresas multinacionales. Así las empresas multinacionales son actores no estatales que desarrollan sus actividades en la esfera internacional y por tanto influyen en el modo en el que se constituye y funciona la propia comunidad internacional y afectan a su ordenamiento jurídico.
La metodología que va a ser empleada es la propia que suele utilizarse en el ámbito del derecho. Voy a estudiar las aportaciones de la doctrina nacional e internacional más importante sobre el asunto en cuestión, profundizaré en la jurisprudencia internacional y me detendré con profundidad en los grupos de trabajo que se crearon para la preparación del Estatuto de Roma, para determinar si realmente se excluye la responsabilidad internacional penal de las personas jurídicas, y en caso afirmativo las posibles causas de esta determinación.
Estas son las pinceladas generales ¿Pero cómo voy a conseguir desarrollar un trabajo óptimo? En primer lugar, voy a realizar un análisis de la situación actual de la responsabilidad internacional de las empresas, marcando cuál ha sido la evolución histórica, mediante el estudio de los juicios de Nüremberg que tuvieran relación con el trabajo, como el Caso Farben y Krupp, señalando los principios generales que se aplicaron, así como las consecuencias que se derivaron de la resoluciones dictadas en los mismos. Este será un punto de partida inicial.
Posteriormente, en el mismo sentido voy a realizar un estudio descriptivo de de las legislaciones más interesantes en el marco del derecho comparado, buscando paradigmas, como el caso de la jurisdicción universal en el ámbito de responsabilidad civil internacional de las empresas regulado en Estados Unidos, es decir, en el estudio de la denominada “ALIEN TORT CLAIMS ACT” norteamericana . Por otra parte, en la búsqueda de modelos legales de persecución de personas
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