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La concepción legal de los títulos de crédito


Enviado por   •  7 de Noviembre de 2012  •  Informes  •  815 Palabras (4 Páginas)  •  1.002 Visitas

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La concepción legal de los títulos de crédito se encuentra en el artículo 5 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, que reza: “son títulos de crédito los documentos necesarios para ejercitar el derecho literal que en ellos se consigna”; este concepto omitió la palabra autónoma que contenía la definición de César Vivante y la del Código Civil italiano del que proviene, pero esta característica si bien no está expresa en la ley, sí se puede sobreentender de la misma, “en virtud de que al ser una deuda estrictamente literal, debe ser por lo mismo autónoma e independiente de todo aquello que no esté contenido en su propia literalidad.”

muy diferente entre ambos países, ya que en Estados Unidos en mexico lo conocemos simplemente como poder o mandato.

En muestro país podemos el código civil para el estado de Jalisco nos define como poder o mandato:

ARTICULO 2197.- EL MANDATO ES UN CONTRATO POR EL CUAL UNA PERSONA LLAMADA MANDANTE OTORGA A OTRA DENOMINADA MANDATARIO, LA FACULTAD DE REALIZAR POR EL OTORGANTE UN ACTO JURIDICO. CUANDO EL MANDATO TENGA EFECTOS PATRIMONIALES, DEBERA ENTENDERSE QUE SU FINALIDAD ES, LA DE CONSERVAR ESE PATRIMONIO.

EL MANDATO DEBE DE FORMALIZARSE POR ESCRITO, Y OTORGARSE:

I. EN ESCRITURA PUBLICA:

A) SIEMPRE QUE SEA GENERAL;

B) CUANDO SE REFIERA A INMUEBLES O A DERECHOS REALES;

C) CUANDO EL NEGOCIO PARA EL QUE SE CONFIERA, SU IMPORTE SEA SUPERIOR AL EQUIVALENTE A 300 DIAS DE SALARIO MINIMO; Y

D) CUANDO EN VIRTUD DE EL HAYA DE EJECUTAR EL MANDATARIO ALGUN ACTO QUE CONFORME A LA LEY DEBA CONSTAR EN ESCRITURA PUBLICA;

II. EN ESCRITO PRIVADO, ANTE DOS TESTIGOS Y RATIFICADAS LAS FIRMAS DEL OTORGANTE ANTE EL NOTARIO PUBLICO O SERVIDOR PUBLICO QUE CORRESPONDA CONOCER DEL NEGOCIO PARA EL QUE SE OTORGA; Y

III. EN ESCRITO PRIVADO SIN RATIFICACION DE FIRMAS EN LOS DEMAS CASOS.

ESTADOS UNIDOS

Relación de agencia, se refiere a una relación legal que existe entre un agente (agent) y un mandante (principal), lo cual como se acaba de leer en la definición de mandato respecto a nuestro código civil, es muy similiar, o incluso tiene los mismos efectos ante terceros.

Se requiere capacidad contractual, tanto para el mandante, mayor de edad persona física o persona moral legalmente incorporada.

Los agentes no requieren estas capacidades contractuales.

Formalidades.

Obligaciones del mandante.

a.- consentimiento de ambas partes

b.- contraprestación no es un requisito para la creación de una relación de agencia

c.- instrumento escrito, ciertos estados si lo requieren por escrito como en Texas.

Los métodos por los cuales se puede crear una relación de agencia,

por medio de acuerdo escrito entre el mandante y el agente (autoridad actual).

Representación por el mandante del agente como su agente (autoridad aparente)

aquí las cortes se basan en la apreciación de terceros ante los cuales se le hizo aparecer como su agente.

Por ley o estatuto. La imposibilidad legal (estoppel) una relación de agencia se puede crear a traves de imposibilidad legal.

Estatutos, el agente registrado. Actúa como agente en el sentido de recibir notificaciones. Lo son por leyes p reglamentos de gobierno.

Obligaciones del agente, están en el contrato, o se acordaron verbalmente.

La de lealtad y de cuidado razonable. Lo que se expresa en el contrato

Mas la lealtad y el cuidado razonable, en el sentido de cuidar lo puesto en manos por el mandante, son responsabilidades implícitas, se asume por los tribunales americanos que ya están ahí, y que se actuar conforme a ellos.

Los remedios del mandante, demandar por incumplimiento del contrato o por agravio.

Autoridad actual y aparente, es importante determinar el tipo de autoridad, para determinar si el mandante se ve obligado en los contratos que otorgo el agente.

Autoridad actual y expresa. La de la agencia, solo para lo expresamente señalado.

Autoridad implícita, lo que como agente voy a tener por lo que el mandante me expresa a mi agente, como autoridad incidental por la autoridad expresa, autoridad procedente del mundo de los negocios, y autoridad para tomar medidas de emergencia.

Terminación de la autoridad actual.

. Por el lapso del tiempo especificado o el razonable;

. El acontecimiento de un evento específico, (muerte del agente)

. Un cambio de circunstancias.

En la autoridad aparente (cuando una persona cree razonablemente que el agente está representando al mandante, aun cuando el agente no acepto expresamente la relación. en el caso las terceras personas van en contra del mandante.

Terceras personas contra el agente,

1 el supuesto del mandante revelado, se conoce la existencia y la identidad del mandante (disclosed principal) el mandante siempre tendrá responsabilidad hacia terceras personas por un contrato celebrado por su agente

. Usualmente, el agente no tendrá responsabilidad en este tipo de situación.

El mandante parcialmente revelado o no revelado, el tercero sabe de su existencia pero no conoce s identidad la responsabilidad puede recaer en ambos mandante y agente.

proxy,

Es cuando se habla de corporaciones, autorización para votar en asambleas. De constar por escrito.

Respecto a lo anterior mencionado, podemos mencionar las siguientes diferencias y similitudes:

...

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