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La ética del profesional

colombia23Informe11 de Noviembre de 2014

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La ética del profesional contable se encuentra consagrada en la Ley 43 de 1990

en su artículo 34 y siguientes, y además contemplan 10 principios básicos de ética

que en contador debe seguir al pie de las instrucciones, en el marco legal de la

Revisoría Fiscal encontramos en los Articulo del 203 al 212 del Código de

Comercio, varios requisitos que tiene el Revisor Fiscal entre ella encontramos las

siguientes. Que sociedades están obligadas a tener Revisor Fiscal, como debe

ser la elección, cuales son las inhabilidades que tiene, cual es el periodo, cuales

son la funciones que debe cumplir, como tiene que estar el contenido de los

diferentes informes, cuales son las responsabilidades, cuales son las restricciones

y sanciones que pueden ser aplicadas al el Revisor Fiscal.

La ética que debe seguir el Revisor Fiscal, lo lleva a ser una persona objetiva o

imparcial que permita certificar, dictaminar y dar una opinión sobre los estados

financieros bajo la figura de la Fe Pública , debe tener una independencia para

que sea capaz de cumplir con las responsabilidades que la ley le asigne, debe

actuar como función preventiva para prevenir los riesgos que cualquier sociedad

pueda verse expuesta, deberá actuar con absoluta permanencia donde sea capaz

de cubrir todas las operaciones en la fase de planeación, ejecución y finalización,

esto lo debe hacer mediante la vigilancia y control constante o permanente.

Por las razones expresadas anteriormente, se entiende que la Revisoría Fiscal es

un órgano de control y fiscalización estatal, que deberá realizar examen crítico y

sistemático de la información financiera y revisar y evaluar sistemáticamente sus

componentes y elementos que integran el control interno en forma oportuna

mediante procedimientos de auditoría, esto permite al Revisor Fiscal dar una

opinión sobre cómo está la situación económica y financiera de una sociedad.

¿Qué responsabilidad tubo la Revisoría Fiscal en el descalabro de Interbolsa?

En consecuencia con el caso interbolsa , la Revisoría Fiscal jugaba un papel muy

importante en esta compañía, dado que su funciones están basados en el Articulo

207, podemos resalta el literal 2 que contempla una de sus principales funciones, es dar oportuna cuenta, por escrito, a la asamblea o junta de socios, a la junta

directiva o al gerente, según los casos, de las irregularidades que ocurran en el

funcionamiento de la sociedad y en el desarrollo de sus negocios, no hay lugar a duda que la Revisoría Fiscal no cumplió a cabalidad sus funciones y

responsabilidad.

Como es capaz la Revisoría Fiscal de dar Fe Pública y además dictaminar los

estados financieros de esta compañía y decir que estos estados financieros

presentaban razonablemente la situación financiera de esta entidad, y que la

compañía había llevado la contabilidad conforme a las norma legales y técnicas

contables, las operaciones registradas en sus libros y los actos de los

administradores, se ajustan a los estatutos y a las decisiones de la junta de socios,

con base a esto la compañía presentaban estados financieros que nunca fueron

confiables, ya que la Revisoría Fiscal no cumplió a cabalidad su función, no

implemento controles adecuados, no auditaba ni evaluaba la información

financiera, los componentes y elemento que integraron el control interno.

Es este caso la revisoría Fiscal de interbolsa, esta tan comprometida al igual que

sus administradores en el descalabro de esta compañía, la Revisoría Fiscal

incumplió las funciones contempladas en el

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