Las Jerarquias De Las Leyes Y Tratados Internacionales Suscritos Por Venezuela
capo8121 de Noviembre de 2011
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INTRODUCCIÓN
La presente investigación se propone desarrollar el estudio de la jerarquía de las leyes penales y tratados internacionales suscritos por Venezuela. Según la teoría kelseniana de la jerarquía de las normas a peldaños, la validez de cada norma vendría sustentada por la existencia de otra norma de rango superior y así sucesivamente. Este proceso no puede ser infinito y, para ello, debe existir una norma hipotética (ficticia) fundamental (la llamada Grundnom). Cualquier norma jurídica no podría considerarse aisladamente sino como parte integrante de un marco normativo complejo y unitario con sus propias reglas de autoproducción, vigencia y derogación. El planteamiento de Kelsen lo podemos considerar un referente en el estudio de la teoría del derecho y su ordenamiento jurídico; la pirámide de Kelsen es un intento de dar cientificidad y esto le da validez a su planteamiento; también se debe evaluar sus limitaciones; así por ejemplo cuando decimos que los escalones se interpretan, que una base se hace valer por la base superior o escalón, es una categorización pero que no por ello significa que en forma absoluta el derecho adquirió la categoría de ciencia, pero que si embargo, es un buen avance en ese proceso de dar cientificidad, otro aspecto adicional a interpretar es que cuando se afirma por ejemplo el carácter supra constitucional de los tratados internacionales diremos que no lo es tanto; es más que todo un modo de consenso de las constituciones en el mundo, pues si admitimos un “supra” tendríamos que admitir que hay otro y eso nos lleva al infinito. Los tratados y convenios son instrumentos jurídicos que bien pudiéramos asimilar a los contratos en el sentido de que mediante el consentimiento manifestado por los Estados con ese carácter en el caso de los tratados se da vida a un vehículo jurídico y se crean derechos y obligaciones entre las partes. Como consecuencia natural de la proliferación de convenios internacionales, el derecho de los tratados es una de las disciplinas que más se ha desarrollado en los últimos años.
Los tratados internacionales obligan a los sujetos a establecer los parámetros mediante el cual los gobiernos ponen en vigor definitivo o provisional las normativas jurídicas con las cuales desarrollaran las negociaciones y buscaran un beneficio para la sociedad y por ende deben ser cumplidos a cabalidad por las partes y deben cumplir de buena fe los lineamientos establecidos en las negociaciones, es allí donde el Gobierno Bolivariano de Venezuela junto a sus embajadores, cancilleres y cónsul ubicados en los diferentes países del mundo debe establecer las estrategias y parámetros geopolíticos que ejecutaran para fortalecer la economía, salud, educación, deporte y otras áreas del país.
CAPÍTULO I
EL PROBLEMA
1.- Planteamiento del Problema
Para referirnos a las leyes y tratados internacionales suscritos por Venezuela con los países extranjeros debemos recordar el concepto de Soberanía Nacional que establece la constitución de la República en el artículo 1° “la República Bolivariana de Venezuela es irrevocablemente libre e independiente y fundamenta su patrimonio moral y sus valores de libertad, igual, justicia y paz internacional en la doctrina de Simón Bolívar el libertador…” es por esta razón que por la potestad soberana del pueblo, el Presidente de la República Hugo Rafael Chávez Frías, elegido de manera categórica y abrumadora por el pueblo Venezolano quien es el pilar fundamental de la estrategia y desarrollo de los lineamientos internacionales que ejecuta su gabinete para lograr firmar los tratados que beneficien al País. La jerarquía de las leyes penales y tratados internacionales suscritos por Venezuela, adquiere cada día mayor importancia por el impacto positivo que tienen. Por lo cual, conocer la situación del empleo de las mismas, así como las ventajas que proporciona a las personas que ejerce profesionalmente la defensa jurídica de una de las partes en juicio, así como los procesos judiciales y administrativos ocasionados por ella. En este sentido, el empleo correcto de estos ordenamientos en la administración de la Justicia de un país, es la garantía de una mejor aplicación en su evolución histórica.
Las finalidades que persiguen los Estados cuando conciertan tratados son ilimitadas en la práctica. Incluyen la adquisición de territorio extranjero, la cesión de territorio propio, la delimitación y rectificación de fronteras, junto a la promesa de ayuda recíproca, la garantía de inversiones exteriores, la extradición de personas acusadas por algún delito o condenadas por ello y otros supuestos. Los tratados pueden ser bilaterales, pero también multilaterales, como sucede con las convenciones de Derecho del mar, la de los derechos humanos o las que regulan los privilegios e inmunidades diplomáticas. Los tratados multilaterales constituyen la base para la formación de organizaciones internacionales y la determinación de sus funciones y potestades.
Al respecto Ulloa (2009) reseña que en esta teoría pura del derecho, Kelsen niega también la distinción categórica entre el derecho privado (derecho contractual como productor de derecho por acuerdo mutuo) y el derecho público (derecho constitucional, administrativo y penal, creador de derecho por imposición legislativa), y la califica de distinción de ideológica al no querer ver la implicación del Estado en ambas esferas. En cualquier caso, el derecho privado sería una reminiscencia del derecho pasado que sería gradualmente sustituido por el “superior” derecho público. No es una casualidad que la mayoría de los positivistas vengan del campo del derecho constitucional y administrativo.
1.2. Objetivos de la Investigación
1.2.1. Objetivo General
Analizar la jerarquía de las leyes penales y tratados internacionales suscritos por Venezuela.
1.2.2. Objetivos Específicos
Definir la jerarquía de las leyes penales en Venezuela
Identificar los tratados internacionales suscritos por Venezuela.
1.3. Justificación de la Investigación
Venezuela en la última década ha dado paso a nuevos tratados internacionales, especialmente en la apertura de nuevos comercios, participación en los mercados internacionales, que obliga a los estudiosos de esta especialidad adentrarse en su alcance, repercusiones, fortalezas, amenazas, que ello desde un punto de vista teórico – conceptual, tiene como importancia principal promover la integración entre los distintos actores del sistema internacional para que sus directrices sean el resultado de una interacción equilibrada y justa en la toma de decisiones mundiales, y de esta forma revertir la concentración de poder en los organismos internacionales y estimular la acción concertada de los países en vías de desarrollo; el presente trabajo resulta justificable en correspondencia con los objetivos de la Maestría en Ciencias Jurídicas por cuanto persigue analizar la incorporación de las nuevas leyes y tratado suscritos por Venezuela y así brindarle a las personas que ejerce profesionalmente la defensa jurídica de una de las partes en un juicio.
Los tratados internacionales tienen sus repercusiones en las relaciones internacionales entre los países miembros y el entorno individual de cada país. Es decir, la política externa toca directamente las posibilidades de incursionar cada vez más en los tratados internacionales y Venezuela no escapa a esa realidad. El gobierno venezolano ha realizado acuerdos bilaterales con todos los países del continente americano desde Canadá hasta Argentina, en distintos aspectos y diferentes áreas de interés. Esto hace que la política exterior venezolana sea netamente activa. Así como los procesos judiciales y administrativos ocasionados por ella, una correcta aplicación en la administración de la Justicia de un país.
Esta investigación necesita de la revisión y aplicación de teorías que sustentan la jerarquía de las leyes penales, los tratados suscritos por Venezuela y cómo influye la misma en el proceso de estudio y métodos de aplicación.
CAPÍTULO II
MARCO TEÓRICO
Aspectos Generales Sobre la Jerarquía de las Leyes
2.1. Definiciones:
El concepto de jerarquía deriva de los vocablos griegos hieros (sagrado) y archos (comienzo), o (lo que es primero), y se aplica a varios dominios, físicos, morales, empresariales, etc.
Etimológicamente, la noción de jerarquía está basada sobre el carácter más o menos sagrado atribuido a una persona, un concepto, o una cosa. Es un criterio que permite establecer un orden de superioridad o de subordinación, y ello explica su uso frecuente en las clasificaciones mitológicas y teológicas.
El diccionario de la Real Academia Española define a la jerarquía como la Gradación de personas, valores o dignidades.
La jerarquía es el orden de los elementos de una serie según su valor. De igual modo, es la disposición de personas, animales o cosas, en orden ascendente o descendente, según criterios de clase, poder, oficio, categoría, autoridad o cualquier otro asunto que conduzca a un sistema de clasificación.
2.2. Jerarquía normativa:
La jerarquía normativa es aquella
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