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Las Relaciones Laborales


Enviado por   •  5 de Junio de 2013  •  1.604 Palabras (7 Páginas)  •  353 Visitas

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1. Las Relaciones Laborales

Dentro de las relaciones laborales se tienen a dos personajes centrales como lo son los Trabajadores, sindicalizados o no, por una parte y por la otra el patrono, correspondiendo al estado el papel garante de equilibrio de tal relación, lo cual logra mediante la aplicación de las normas que regulan la materia laboral.

Guzmán R. (1999) define en su obra Didáctica del Derecho del Trabajo, define al derecho del trabajo como:

“El derecho del Trabajo es el conjunto de preceptos de orden público regulador de las relaciones jurídicas que tiene por causa el trabajo por cuenta y bajo la dependencia ajena con el objeto de garantizar, a quien lo ejecuta, su pleno desarrollo como persona humana y, a la comunidad, la efectiva integración del individuo en el cuerpo social y la regulación de los conflictos entre los sujetos de esas relaciones”.

La Ley Orgánica del Trabajo, los trabajadores y trabajadoras en su Título II De la Relación de Trabajo, Capítulo I Disposiciones Generales, nos define la presunción del trabajo en su artículo 53 :

Artículo 53.- Se presumirá la existencia de una relación de trabajo entre quien preste un servicio personal y quien lo reciba.

Se exceptuarán aquellos casos en los cuales, por razones de orden ético o de interés social, se presten servicios a instituciones sin fines de lucro con propósitos distintos a los de la relación laboral.

En el artículo 54 nos habla de la Remuneración de la Prestación de Servicio

Artículo 54.- La prestación de servicios en la relación de trabajo será remunerada. Toda Violación a esta norma por parte del patrono o de la patrona, acarreara las sanciones previstas en esta ley.

De los artículos transcritos, se puede apreciar la comprobación de la relación sin otra condición necesaria que la prestación de un servicio y el pago por el mismo, no siendo determinante la existencia de un contrato escrito, pues se presume su existencia.

Un ejemplo de lo antes afirmado, resultaría el caso en que un trabajador del volanta llámese taxista le realiza transporte a una empresa de manera permanente y este además de no haberle realizado contrato de trabajo, no le suministra recibo alguno por los pagos periódicos que el taxista recibe, hasta que un día la empresa decide prescindir de los servicios.

Como forma de prueba del vínculo laboral entre ambos, bastaría la promoción de testigos que afirmarán que el taxista de manera permanente y por el tiempo en que se mantuvo la relación le proveía transporte a varios empleados de la empresa y éste le pagaba por tales servicios lo que le permitía al taxista y a su grupo familiar su manutención.

Con la intención de reforzar aún más lo atinente a los aspectos que caracterizan el vínculo laboral a la luz de lo antes tratado, se transcribe a continuación jurisprudencia recogida en la obra Régimen Laboral Venezolano de Legislación Económica C. A., de Forum editores – Caracas Venezuela (1989) No. 269

Elementos que Tipifican la Relación Laboral:

“Tanto la doctrina como la jurisprudencia sostienen que el contrato de trabajo reviste peculiaridades tan especiales que para su determinación cada caso requiere de un minucioso análisis, pues fácilmente puede confundirse con otras figuras jurídicas con las cuales el contrato de trabajo mantiene un estado de convencidad, bien llamado -zona gris-.

Entre las muchas figuras ubicadas en este ámbito, surgen la del –contratista-, la del –viajante empleado- la del –agente comercial, la del –socio-, etc., complicándose el problema de catalogación cuando los interesados atribuyen a sus relaciones la forma o apariencia que más le conviene. En esa tarea de calificación como cuestión preliminar debe tenerse en cuenta los caracteres típicos del contrato de trabajo: 1º participación en la producción mediante el ejercicio voluntariamente prestado de las facultades intelectuales o manuales; 2º obligarse a ejecutar una obra o prestar un servicio a un patrono; 3º que la prestación de los servicios tenga lugar bajo dependencia ajena y 4º que se perciba una remuneración. Y de estos elementos fisonómicos del contrato de trabajo, el más peculiar del mismo, la subordinación. (Corte Superior del Trabajo del D. F. y Edo. Miranda, junio 23/69).

De la cita realizada, se podría extraer la importancia de la misma al determinar la existencia de una relación laboral, destacándose aún por encima de la remuneración, la subordinación que, durante el tiempo de la jornada en que deba prestarse el servicio por parte del asalariado, debe éste al patrono o empleador. Lo aquí afirmado, se ‘puede corroborar con la jurisprudencia 270 tomada de la obra antes citada que indica:

“Trabajo y remuneración son elementos comunes a diversos contratos. La subordinación es indispensable.

El esfuerzo y su contraprestación en dinero existen en una serie de contratos

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