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Ley De Transportes


Enviado por   •  27 de Febrero de 2013  •  2.105 Palabras (9 Páginas)  •  419 Visitas

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LEY DE TRANSPORTES PARA EL ESTADO DE DURANGO

TÍTULO PRIMERO

DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO ÚNICO

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1.- La presente Ley es de orden público e interés social y tiene por objeto regular la

prestación del servicio público de transporte en el Estado de Durango.

Esta Ley garantizará el derecho de preferencia al usuario y al peatón, y establecerá las medidas

necesarias para proporcionar el servicio en forma continua, uniforme, regular y permanente, con

calidad y con sentido humano.

ARTÍCULO 2.- La presente Ley tiene por objeto:

I. Planear, establecer, regular, administrar, controlar, supervisar y evaluar el servicio público del

transporte;

II. Establecer la coordinación del Estado y los municipios para integrar y administrar el sistema

de transporte en los términos del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados

Unidos Mexicanos;

III. Proporcionar las mejores condiciones de seguridad, comodidad, puntualidad, continuidad,

calidad e higiene para los pasajeros y en el caso del servicio de carga, además de la

seguridad, la sujeción de estos vehículos a las especificaciones y normas técnicas que

establezcan las leyes y la reglamentación aplicables sobre pesos y medidas;

IV. Normar las acciones relativas a la administración y aprovechamiento de las vías públicas de

jurisdicción Estatal y Municipal; y

V. Establecer los requisitos, condiciones, términos y procedimientos para el otorgamiento de las

concesiones y permisos destinados a las organizaciones y a los prestadores del Servicio

Público del Transporte en sus distintas modalidades.

ARTÍCULO 3.- Para la interpretación, aplicación y efectos de esta Ley, se entenderá por:

I.- Secretaría: La Secretaría General de Gobierno;

II.- Dirección: La Dirección General de Transporte del Gobierno del Estado;

III.- Registro: El Registro Público del Transporte del Estado de Durango;LEY DE TRANSPORTES PARA EL ESTADO DE DURANGO

ULTIMA ACTUALIZACION:

23 DE FEBRERO DE 2011

Instituto de Investigaciones, Estudios Legislativos

y Asesoría Jurídica

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IV.- Servicio Público de Transporte: Al servicio que presta el Gobierno del Estado en las vías de

jurisdicción estatal y municipal, por sí o a través de personas físicas y morales o concesionarios y

permisionarios que se ofrece en forma masiva a persona indeterminada o al público en general,

mediante diversos medios, en forma continua, uniforme, regular y permanente para el transporte de

pasajeros, carga o mixto mediante el pago de una retribución en numerario, de conformidad con lo

dispuesto en la presente Ley y su Reglamento;

V.- Servicio Particular de Transporte: Es el traslado de personas, animales o cosas que efectúa la

persona física o moral en la o las unidades de su propiedad, sin cobro directo con motivo de su

actividad económica, productiva o de servicios;

VI.- Concesión: Es el acto administrativo por el cual el Gobernador del Estado, en términos de la

presente Ley y su Reglamento, faculta a una persona física o moral para la prestación del servicio

público del transporte;

VII.- Vías de Jurisdicción Estatal: Son los caminos y carreteras pavimentadas o revestidas, para el

tránsito de vehículos de cualquier clase y además:

a) Aquellas que no siendo de jurisdicción federal, comuniquen a dos o más municipios entre sí;

b) Las que sean cedidas por la Federación al Estado;

c) Las construidas en su totalidad o en su mayor parte por el Estado y que no hayan sido cedidas

a los Ayuntamientos; y

d) Las que por cualquier otra causa o razón legal, no corresponden a los Ayuntamientos.

VIII.- Vía de Jurisdicción Municipal: Se considera vías públicas de jurisdicción municipal, las que no

tengan carácter federal ni estén comprendidas en la fracción anterior;

IX.- Vía Pública Terrestre: Todo espacio de dominio público y de uso común que por disposición

de la Ley o por razones de servicio esté destinado al tránsito de vehículos para el transporte de

personas, semovientes y carga en general;

X.- Taxi: Vehículo de alquiler con chofer destinado al transporte de personas, para prestar el

servicio en una población determinada sin ruta e itinerarios fijos, estando obligado el concesionario a

prestar el servicio mediante el pago del precio que fijen las tarifas correspondientes. Estos vehículos,

de acuerdo con la clasificación del servicio que determine el Reglamento de esta Ley, podrán tener

capacidad máxima de 5 pasajeros, de acuerdo al cupo y características de fabricación;LEY DE TRANSPORTES PARA EL ESTADO DE DURANGO

ULTIMA ACTUALIZACION:

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