“Lima International School of Tomorrow” Reglamento Interno
Arturo López SalazarExamen9 de Junio de 2019
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"AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU”
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COLEGIO BILINGÜE
“LIMA INTERNATIONAL SCHOOL OF TOMORROW”
Av. La Molina 3875, Urb. Sol de La Molina – La Molina
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REGLAMENTO INTERNO
2017
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
N° 1326 DEL 19-OCT-94
TÍTULO I
INTRODUCCIÓN
El Colegio Bilingüe Lima International School of Tomorrow, uniendo esfuerzos con los miembros de la promotoría, administración, coordinación académica y plana docente, ha revisado y actualizado el presente Reglamento Interno con la finalidad de tener un documento legal que respalde ampliamente las actividades educativas brindadas a la comunidad en esta casa de estudios.
Procuraremos transmitir el contenido de este documento a todos los miembros de la comunidad escolar, para su observación y cumplimiento.
CAPÍTULO I: BASES LEGALES R.M. Nº 0622-2013-ED
El C.B. “Lima International School of Tomorrow” basa su organización y funcionamiento de acuerdo a los lineamientos de la Constitución Política del Estado, la Ley General de Educación No. 23384, D.S. No. 5-84-DE, D.S. 03, a la Ley No. 26549 de Colegios Particulares, Ley 27665-02-ED Ley de Protección a la Economía Familiar, al Reglamento y disposiciones enviadas por el Ministerio de Educación.
CAPÍTULO II: PRINCIPIOS Y FINES
El C.B. “Lima International School of Tomorrow” tiene como principios:
- La educación es vida.
- Una educación en valores puede traer un cambio positivo en la sociedad.
- Los padres han recibido de Dios la responsabilidad de educar sus hijos en Sus caminos, y el colegio existe para apoyar este proceso.
- El propósito de la educación es que el alumno aprenda a vivir de acuerdo con la voluntad de Dios y encontrar su plan para la vida.
- La educación debe tener a la Biblia como centro de cada materia siendo único libro de fe y práctica cristiana.
- La educación debe impartirse por modelos de conducta (maestros) cristiana.
- El docente necesita haber tenido un encuentro personal con Dios y una vida en comunión con Él.
- El alumno debe ser diagnosticado, y recibir material educativo de acuerdo con su potencial personal.
- El aprendizaje del alumno ha de ser controlado y motivado, y el alumno debe ponerse metas razonables que puedan realizarse dentro de un tiempo determinado.
El C.B. “Lima International School of Tomorrow” tiene como fines:
- Rescatar al ser humano en su relación con Dios y llamarlo a una vida de servicio a través de una Educación Cristiana auténtica cuya finalidad trascendente tiene que ver con el sentido de vida y el llamado a participar con la Constitución de una sociedad justa y solidaria que requiere nuestra nación.
- Formar íntegramente a los educandos, promoviendo con ellos el desarrollo de su personalidad y el respeto a la persona humana y su vocación por forjar un mundo más justo, libre, fraterno y de plena participación.
- Forjar en el educando las más altas normas de trabajo académico, de espíritu solidario y amor cristiano, en concordancia con los valores cristianos.
- Fomentar a los educandos el conocimiento, la práctica del idioma inglés, el arte, la ciencia a través de una educación individualizada; y promover en ellos el espíritu de integración nacional, latinoamericana y de solidaridad internacional.
OBLIGATORIEDAD Y REESTRUCTURACIÓN DEL REGLAMENTO
Reestructuración del reglamento interno en lo referido a la separación y suspensión de carácter temporal o definitivo, (Artículo 53° inciso a) de la ley N° 28044- Ley General de Educación). En tal sentido, “ los reglamentos internos de las instituciones educativas públicas y privadas no deben afectar la integridad moral, psíquica y física, y el desarrollo educativo de los estudiantes. Está totalmente prohibido aplicar sanciones que impliquen cualquier tipo de maltrato hacia los derechos de los niños, niñas y adolescentes amparados en el Código de los Niños y adolescentes”. Los castigos físicos o psicológicos no constituyen recursos educativos a utilizarse como medidas disciplinarias; y en el Artículo 16° y Artículo 18° del Código de los Niños y Adolescentes, establecidos en las normas legales de la presente.
TÍTULO II
DEBERES Y DERECHOS
CAPÍTULO III: DEL PERSONAL DIRECTIVO
DERECHOS Y DEBERES DE LA DIRECCIÓN
El Órgano de Dirección es el responsable de planificar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el desenvolvimiento Técnico-Pedagógico y Administrativo del Centro Educativo. Está representado por el Director.
El Director es designado por la Entidad Promotora y reconocido por la autoridad educativa conforme a Ley.
El Director es la primera autoridad del Centro, su representante legal y la autoridad plenamente responsable del funcionamiento académico y administrativo del Plantel ante el Ministerio de Educación y ante la Entidad Promotora del Plantel. Asimismo, lo es para todos los aspectos legales concernientes a las exigencias que demanda el adecuado funcionamiento del Centro Educativo.
El Director ejerce el cargo a tiempo completo, su función es incompatible con el ejercicio de otro cargo remunerado.
Son funciones del Director:
- Representar legalmente al colegio.
- Planificar las acciones educativas (Plan Anual) con la participación de la Dirección Académica, Personal Directivo y con colaboración de los representantes de la Promotoría.
- Organizar, dirigir, supervisar y controlar las acciones Técnico-Pedagógicas y Administrativas, en concordancia con los fines, objetivos del Centro Educativo.
- Aprobar el Plan Anual de Trabajo del CB “Lima International School of Tomorrow”.
- Proponer a la entidad promotora para la aprobación del Reglamento Interno del Plantel.
- Instalar y presidir el Comité de Pensiones y Becas que oriente su organización y funcionamiento.
- Nombrar al personal y rescindir cuando sea el caso, el vínculo laboral con el Colegio, y de manera general, administrar el personal Magisterial y no Magisterial.
- Aplicar las disposiciones administrativas emanadas de la entidad promotora y de las autoridades competentes.
- Organizar, supervisar y evaluar la administración general del Centro Educativo.
DERECHOS Y DEBERES DE ASESORIA, COORDINADORES, ETC.
Sus responsabilidades están determinadas por normas específicas y el desenvolvimiento laboral de los profesionales o especialistas que los integran se rige por la normatividad pertinente y vigente.
Comité de Defensa Civil:
Sus funciones son las siguientes:
- Conformar y activar la Comisión Permanente de Defensa Civil.
- Plan de Contingencia.
- Emitir un Informe técnico de la inspección a la infraestructura que haya realizado un
profesional en la materia.
- Señalización de los ambientes según lo normado por Defensa Civil.
- Conformación de la Brigada Escolar de Defensa Civil y las Brigadas de Servicios
Especiales.
Integrantes:
- Presidente: Director de la Institución Educativa.
- Vicepresidente: Presidente de la Asociación de Padres de Familia.
- Secretario: Profesor elegido y/o personal administrativo.
- Sub secretario: Profesor elegido
- Jefe de Protección y Seguridad: Profesor caracterizado por su empatía (de cualquier área o especialidad).
- DEL ÓRGANO DE LÍNEA TÉCNICO-PEDAGÓGICA
Depende del Director del Colegio y está representado por la Dirección Académica
Son funciones de la Dirección Académica:
- Orientar, supervisar y evaluar la planificación y adecuación en sus respectivos niveles.
- Elaborar en coordinación con los profesores, las actividades a desarrollar anualmente en el Colegio y que deberá ser considerado en el Plan de Trabajo.
- Organizar el trabajo educativo y formular la distribución del horario de trabajo de los docentes, así como el uso racional de la infraestructura.
- Promover el perfeccionamiento permanente de los métodos y técnicas de enseñanza y de la evaluación en sus niveles correspondientes.
- Informar al Director, al término de cada bimestre, acerca de los logros y dificultades, proponiendo alternativas de solución.
- Disponer el reemplazo de los trabajadores ausentes.
- Reunir periódicamente a los Coordinadores.
- Presentar el calendario de actividades y cronograma anual de las visitas educativas.
- Atender los reclamos que en materia educativa formulan los padres de familia
- COORDINADOR DE ÁREA
- Reunir periódicamente a los equipos de profesores por grados y/o asignaturas para evaluar los resultados, recepcionar sugerencias y tomar acuerdos sobre las medidas convenientes para el mejor rendimiento escolar en su Nivel.
- Coordinar y unificar criterios con el responsable de Psicopedagogía.
- Realizar la supervisión Técnico-Pedagógica de los docentes a su cargo y apoyarlos en sus funciones en las semanas 3, 6, y 9.
- Llamar la atención y amonestar al personal a su cargo en caso de incumplimiento de funciones y de las normas vigentes.
- Coordinar las acciones de mejoramiento profesional del personal docente
- Asumir las funciones y tareas que por delegación les encomiende el Director Académico.
- Coordinar reuniones con los padres de familia con asistencia de los docentes.
- Revisar los exámenes mensuales, bimestrales, semanales y anuales.
- Preparar actividades inherentes a la Convención Nacional de Estudiantes.
- DE LOS ÓRGANOS DE LÍNEA FORMATIVA
Está representado por el Servicio Psicopedagógico. depende estructuralmente de la Dirección del Colegio y establece interrelaciones funcionales con los Órganos de Línea Técnico-Pedagógica para los efectos de coordinación y armonización de las actividades específicas.
El Servicio de Psicopedagogía es el órgano encargado de proporcionar atención profesional especializada, mediante la relación directa con los alumnos y la orientación a padres de familia y docentes, dentro de una perspectiva integral y longitudinal.
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