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Los Medios De Comunicación De Masas En Venezuela

tequierocarlos29 de Noviembre de 2011

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Definición

Son todos aquellos medios de difusión pública que transmiten información a un gran número de personas. En Venezuela, como en muchos otros países, cumplen un papel importante en la vida diaria, ya que son los encargados de informar a la población acerca del acontecer político, económico, social y tecnológico, tanto nacional como internacional. Además, son el lazo de conexión entre un gran número de lugares del país.

Existe un conjunto de normas que regulan la existencia y la actividad de los medios de comunicación. En Venezuela, una de ellas es la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, vigente desde junio de 2006, que establece entre sus objetivos, la defensa de los intereses de los usuarios y su derecho a acceder a los servicios de telecomunicaciones y al ejercicio de la comunicación libre y plural. Esta ley procura condiciones de competencia entre los diferentes operadores y prestadores de servicios. Una ley importante es la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión, que regula los contenidos presentados en estos medios en función de su pertinencia socioeducativa. El control del cumplimiento de estas leyes por parte de los medios nacionales está a cargo de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL)

La finalidad de los medios de comunicación es, según la fórmula acuñada específicamente para la televisión, formar, informar y entretener al público que tiene acceso a ellos. Atendiendo a los intereses que defienden, buscan el beneficio económico del empresario o grupo empresarial que los dirige, habitualmente concentrado en grandes grupos de comunicación multimedia, e influir en su público ideológicamente y mediante la publicidad.

Importancia de la regulación de los medios

Los medios de comunicación social son instrumentos fundamentales para la vigencia y el funcionamiento del sistema democrático. De la naturaleza de los mensajes de los medios depende, en alto grado y la conformación de la opinión pública. La importancia y la necesidad de que el proceso comunicacional en su dimensión informativa cumpla con su obligación en la formación de la ciudadanía en una sociedad democrática, se debe al espectro radioeléctrico, el cual es el espacio físico por el que se transmiten las señales de radio y televisión. El Estado lo administra, y autoriza concesiones a las televisoras y emisoras de radio a explotarlo comercialmente. Por lo que, aquellas que han obtenido un permiso para usar un bien de dominio público, deben asumir las responsabilidades sociales que conlleva su explotación.

Además, a través de la Ley se regulan esas obligaciones en tanto están vinculadas con principios fundamentales de ciudadanía como son la libertad de expresión y la formación de valores para la vida en sociedad.

La Libertad de Expresión en los Medios

Es resultado de las libertades de pensamiento y de opinión; pero como éstas constituyen un derecho absoluto y sin limitaciones, la libertad de expresión conlleva a manifestar lo que se piensa u opina, y por ello tiene una restricción que las leyes se encargan de establecer. Estas demarcaciones son los derechos que poseen los demás ciudadanos, que implica el respeto hacia su honor, intimidad y fama, así como también los derechos que posee la sociedad en conjunto a que no se divulguen opiniones o pensamientos que amenacen el orden público o el orden de convivencia ya establecido.

La norma jurídica en los Medios

Es una regla u ordenación del comportamiento humano dictado por la autoridad competente del caso, con un criterio de valor y cuyo incumplimiento lleva a una sanción. Generalmente, impone deberes y confiere derechos. Se trata de una regla o precepto de carácter obligatorio, emanado de una autoridad normativa legitimizada, la cual tiene por objeto regular las relaciones sociales o la conducta del hombre que vive en sociedad.

Los medios de comunicación del Estado en la Revolución Bolivariana de Venezuela.

Los medios del Estado ofrecen hoy muchas más oportunidades para la participación de las direcciones obreras, campesinas y populares, en general.

En la revolución bolivariana, las radios y televisoras son mucho más accesibles al pueblo y a las organizaciones de luchadores. Uno de los mejores ejemplos positivos lo representa la emisora Vive TV (propiedad del Estado), que suele emitir en directo asambleas y reuniones de debate popular sin evidentes restricciones ni censura alguna y Venezolana de Televisión que es incomparablemente más abierta ahora.

Los medios del Estado en la revolución bolivariana no son aún un instrumento verdaderamente abierto a las masas populares. Una cosa es tener mayor acceso, pero a criterio de la autoridad, y otra es tener control y participación social plena en la dirección de estos medios públicos, donde los trabajadores al servicio de los mismos y las organizaciones del pueblo puedan manejar los distintos asuntos, dentro del marco de la ley.

ORGANISMOS QUE REGULAN LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN EN LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Gaceta Oficial N° 5.908 Extraordinario de fecha 19 de febrero de 2009

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en sus artículos 2, 3 y 156 (numeral 28), establece:

Artículo 2: Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político. De aquí que la Constitución Bolivariana como norma fundamental y estructural del Estado venezolano, traza los lineamientos básicos del actuar de la sociedad organizada jurídicamente, contemplando una preeminencia del ser humano; no ya de manera descontextualizada o subjetiva, sino que prevé una inserción de los ciudadanos dentro del complejo contexto que le rodea, interconectándolo con sus semejantes, lo cual persigue como último objetivo lograr un modelo de desarrollo económico-social que propugna al ser humano como su componente fundamental.

Artículo 3: establece entre los fines del Estado, la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, lo promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes reconocidos y consagrados en esta Constitución.

Igualmente , se consagra en el artículo 156, numeral 28, como competencias del Poder Público Nacional todo lo relativo a la legislación sobre el uso y explotación del espectro radioeléctrico. Dicha legislación contemplada constitucionalmente la conforma la Ley Orgánica de Telecomunicaciones; así como otras leyes emanadas para el Poder Legislativo que están coadyuvando a sentar las bases de la patria libre, tal es el caso de la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión y las relativas a los medios impresos, cibernéticos y telemáticos.

Ley de telecomunicaciones de Venezuela (CONATEL)

La Comisión Nacional de Telecomunicaciones de Venezuela (CONATEL), es el organismo del Estado Venezolano que ejerce la regulación, supervisión y control sobre las telecomunicaciones.

La Ley Orgánica de Telecomunicaciones, promulgada el 12 de junio de 2000, otorgó las competencias estatales para la regulación del sector a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones. Esta Comisión, inicialmente fue creada mediante el Decreto Nº 1.826 del 5 de septiembre de 1991 (Gaceta Oficial Nº 34.801 de fecha 18 de septiembre del mismo año) atribuyéndosele el carácter de servicio autónomo sin personalidad jurídica, y la jerarquía de una Dirección General del Ministerio de Transporte y Comunicaciones. Reemplazo al Consejo Nacional de Telecomunicaciones (CNT)

CONATEL inició en 1999 un proceso orientado a asegurar una mayor eficiencia y capacidad técnica. En tal sentido, se introdujeron cambios en su estructura organizativa, sus recursos humanos y su infraestructura técnica.

Se creó un marco legal moderno y favorable para la protección de los usuarios y operadores de servicios de telecomunicaciones en un régimen de libre competencia, así como para el desarrollo de un sector prometedor de la economía venezolana. Este nuevo instrumento legal consagra los principios que regulan las telecomunicaciones, con el objeto de garantizar el derecho a la comunicación de todos los ciudadanos del país, así como la realización de las actividades económicas necesarias para el desarrollo del sector.

La regulación establecida en la nueva Ley Orgánica de Telecomunicaciones está dirigida a garantizar el derecho humano de las personas a la comunicación y a la realización de las actividades económicas de telecomunicaciones. En tal sentido, establece mecanismos expeditos, claros, públicos, igualitarios y reglados para la obtención de las respectivas habilitaciones administrativas. Asimismo, consagra la posibilidad de incorporar atributos adicionales a las habilitaciones administrativas y mecanismos transparentes para la obtención de la concesión de uso del espectro radioeléctrico.

En concordancia con la misión del Estado de garantizar la prestación de los servicios de telecomunicaciones en todo el espacio geográfico nacional, los operadores tienen la obligación de prestar los servicios de telecomunicaciones con base en estándares mínimos de penetración, acceso, calidad y asequibilidad económica, con independencia

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