Los Niños Tambien Son Parte De La Ciudadania
oscarvalero18 de Noviembre de 2014
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El concepto de ciudadanía se concibe desde la perspectiva de derecho, en la medida que es a partir de la construcción y consolidación del individuo como ciudadano, que se logra asimilar el carácter de este como sujeto de derecho que está inmerso en una sociedad de iguales, un escenario donde él puede ejercitar y afirmar su estatus de ciudadano, actuando en un contexto democrático de manera individual, pero inmerso en un colectivo en el que pueda autoregularse y de igual manera adquirir criterios necesarios para proceder, evaluando también a otros, es de esta manera que “la ciudadanía va ligada a la aparición de los estados modernos en cuyo contexto se definen y se ejercen los deberes y derechos ciudadanos (…) tiene, pues, una doble cara: la individual y la grupal o comunitaria” () esto también lo plantea Marshall retomando el marco de lo individual y lo colectivo cuando dice “ciudadanía es un status que se concede a los miembros de pleno derecho de una comunidad. Sus beneficiarios son iguales en cuanto a los derechos y obligaciones que implica” (1998:37).
En este sentido, la ciudadanía puede ser entendida como “membrecía plena de una comunidad” (Castro, 99) y es así que se articula la idea de un conglomerado de individuos que pertenecen a un determinado lugar, en este caso una comunidad, percibiéndose así la necesidad de regulación de los vínculos entre ellos lo que es fundamental para la construcción y posterior consolidación de ciudadanía; respecto a esto, Mockus plantea que “ser ciudadano implica que se está a favor de los procesos colectivos. Ciudadano es el que se asocia, se organiza con otros ciudadanos y emprende acciones colectivas en torno a objetivos y tareas de interés común” (Mockus, 94); considerando lo anterior se logra comprender que la ciudadanía también se refiere a “un conjunto de derechos y obligaciones que determinan el carácter de las relaciones entre los individuos de una determinada comunidad política” (99).
Teniendo en cuenta lo anterior se asume el rol del sujeto como ciudadano, el cual introduciéndose en el escenario de ciudadanía, asume el ejercicio de unos derechos, pero de igual manera unos deberes, adjudicándose compromisos que lo ubican en iguales condiciones que los otros sujetos pertenecientes a su comunidad en palabras de Mockus “parte de la construcción del ciudadano es poder ejercer la ciudadanía y realizar acciones que la desarrollen, adquirir la identidad de ciudadano y aceptar que, como tal, tiene los mismos deberes y los mismos derechos de otros ciudadanos” (94).
Discurriendo ahora en el papel del sujeto, se reconoce su actuar en medio de un escenario democrático como el evento que lo consolida finalmente como ciudadano asumiendo que tiene los mismos deberes, pero también los mismos derechos que los demás; en la medida que esto transcurre el sujeto identifica su estado, el cual se direcciona a la solidificación del estatus de ciudadano, pero al mismo tiempo comienza a sumergirse en el contexto de lo político donde actúa y participa, esto simultáneamente le otorga un característica fundamental para su configuración en la sociedad, y esta es “el reconocimiento” en estos términos se logra asimilar que “la democracia ha conducido a una política de reconocimiento igualitario, que la adquirido formas diversas a lo largo de los años y que ahora retorna en la forma de exigencias de un igual estatuto para culturas y géneros” (Taylor, 295), ahora bien, en este contexto democrático, el concepto de igualdad va ligado de manera reciproca al concepto de dignidad, teniendo en cuenta que cuando hay igualdad es más proclive la manifestación de la dignidad para el individuo por ello actualmente “es obvio que este concepto de dignidad es el único compatible con una sociedad democrática (...) pero esto también significa que las formas de reconocimiento igualitario se han convertido en esenciales para la cultura democrática” (295)
Considerando nuevamente el concepto de igualdad, se logra aseverar que la ciudadanía se funda y se crea en la medida que todos los individuos puedan tener los mismos derechos y las mismas oportunidades y donde este pueda concebirse como un agente participativo que puede actuar en el escenario democrático, erigiendo su identidad, consolidando su estatus de ciudadano y construyendo su subjetividad política y de esta manera poder ejecutar el accionar político en medio de su sociedad; en estos términos se logra entender entonces que la articulación de la igualdad el contexto político, establece al individuo en el escenario de lo político donde el logra interactuar y convivir en medio de sujetos diferentes pero con igualdad de condiciones; en este sentido, se logra asimilar que en la medida que el sujeto logra participar en el contexto de lo político puede consolidar su ciudadanía en correspondencia con el ejercicio de sus derechos, en esta medida “la igualdad es un artificio de política, tiene un rango jurídico y constituye un estatus, el estatus de ciudadano, el derecho a tener derechos otorgados a sujetos individuales y distintos pero que comparten un espacio común y desarrollan sus acciones en la esfera pública para reconocerse como ciudadanos y en conjunto, para crear un orden normativo que permita la coordinación de las acciones y de los intereses colectivos” (168).
Ahora bien, en la medida que develamos el concepto de ciudadanía, encontramos que su ser epistémico radica significativamente en la necesidad de reconocimiento del ser y la consolidación del sujeto como agente constructor de una sociedad de la historicidad de esta, en el marco de un ejercicio democrático donde prime la igualdad y la dignidad; en este sentido se concreta el término de ciudadanía como “una “invención”, una forma “inventada” –dijimos- de ejercer la socialidad de la persona en el seno de la sociedad jurídicamente regulada, que conjunta y garantiza a los individuos unas ciertas prerrogativas, como la igualdad, libertad, autonomía y derechos de participación. Es una forma de ser persona en sociedad que parte del reconocimiento del individuo como poseedor de unas posibilidades y de unos derechos” (); respecto a lo anterior se concreta con base al concepto de ciudadanía, la necesidad del ser reconocido en la medida que se forja el ideal de una sociedad de iguales y de individuos dignos, estableciéndose el reconocimiento del individuo como fundamental en el marco del concepto de ciudadano, claro está concibiéndose desde una sociedad democrática; con relación a esto, se logro fortalecer el concepto de tal manera que “el reconocimiento debido no es sólo una cortesía que debemos a la gente; es una necesidad humana vital” (Taylor, 97).
En este orden de ideas es necesario abordar el concepto de ciudadanía desde el ámbito de lo púbico y de lo privado, teniendo en cuenta que desde su ser histórico, estas dos esferas han alimentado el ideal de ciudadano y de igual manera se constituyeron en dos extremos que sometieron a los individuos de una sociedad a una diferenciación en la medida que se configuran las desigualdades, a través la actuación de los sujetos en el escenario público o privado; en consecuencia el Oikos se constituiría en un espacio de la privación y de necesidad y en proporción a ello “un mundo sin libertad, sin distinción, esto es, sin pluralidad y profundamente desigual” (Uribe de Hincapié, 171), no obstante la polis seria el espacio de lo público donde se gesta la libertad y se concibe desde la participación y la igualdad “luminosidad y visibilidad” (171) la realidad del actuar ciudadano; en este sentido identificamos que en la esfera pública, es “donde la política de reconocimiento igualitario ha llegado a desempeñar un papel cada vez mayor” (Taylor, 303).
La ciudadanía entonces se configura en dos dimensiones, una formal que da cuenta de cierta identidad que los individuos adquieren a partir de su pertenencia a la comunidad política relevante, como miembros de un estado-nación… (Castro, 99) y otra sustantiva; ahora bien, el estatus de ciudadano se concibe desde el nacimiento y se configura en la medida que el sujeto participa, actúa y se regula, pero esto no garantiza el ejercicio a plenitud de sus derechos, ni tampoco su participación en los escenarios que intervienen en el marco de la ciudadanía, como el social, el político, el económico, en estos términos tampoco se garantiza la participación del sujeto en la esfera pública, y es aquí donde la dimensión sustantiva entra a regular las condiciones del ciudadano en tanto que lo coloca en condiciones de desigualdad ya que esta “hace referencia a un determinado conjunto de derechos y formas de participación en la vida política, económica y social que no se encuentran garantizados por la mera pertenencia formal a un Estado-nación y cuyo ejercicio efectivo se encuentra sujeto a una serie de determinaciones ancladas en mecanismos de distancia social, en particular en las diferencias de clase, étnicas y de género” (40).
En este sentido Marshall (98), “Distingue tres elementos fundamentales de la ciudadanía: el civil, el político y el social.”(Román, citando a Marshall, 98, 5) Los cuales se direccionan a considerar el sujeto desde su ser integral ubicándolo en diversos espacios que articulados entre sí configuran a un sujeto en una sociedad consolidándolo como ciudadano; considerando lo anterior se desglosa dicha idea pues el ideal de ciudadano radica básicamente en que el pueda actuar en todos los escenarios que lo rodean de manera asertiva, es así que se considera el primer elemento el civil que “está vinculado a los derechos de los que debe gozar una persona para lograr su libertad individual.
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