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Los elementos y el objeto del contrato


Enviado por   •  1 de Octubre de 2013  •  Tutoriales  •  1.863 Palabras (8 Páginas)  •  307 Visitas

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Etimología de la palabra contrato

La etimología de la palabra contrato viene del latín cuntraho, que significa ligarse

La definición legal del contrato se encuentra en el articulo 1133 de código civil “Es una convención entre dos o mas personas, para constituir, reglar, trasmitir, modificar o extinguir entre ellas un vinculo jurídico.

Contrato: Es la fuente más importante y de mayor aplicación práctica en la teoría general de las obligaciones, Es el segundo grupo del negocio jurídico bilateral, porque requiere la manifestación de voluntad de por lo menos dos personas: No puede haber contrato con la manifestación de la voluntad de una sola persona.

El contrato es un acuerdo de voluntades, verbal o escrito, manifestado en común entre dos o más, personas con capacidad (partes del contrato), que se obligan en virtud del mismo, regulando sus relaciones relativas a una determinada finalidad o cosa, y a cuyo cumplimiento pueden compelerse de manera recíproca, si el contrato es bilateral, o compelerse una parte a la otra, si el contrato es unilateral.

Elementos del contrato

El artículo 1.141 del código civil, señala que las condiciones requeridas para la existencia de un contrato.

1. Consentimiento de las partes

2. Objeto que pueda ser material de contrato

3. Causa licita

El contrato tiene todos los elementos y requisitos propios de un acto jurídico los cuales son los elementos personales, elementos reales y elementos formales.

Elementos personales

Los sujetos del contrato pueden ser personas físicas o jurídicas con la capacidad jurídica, y de obrar, necesaria para obligarse. En este sentido pues, la capacidad en derecho se subdivide en capacidad de goce (la aptitud jurídica para ser titular de derechos subjetivos, comúnmente denominada también como capacidad jurídica) y capacidad de ejercicio o de obrar activa o pasiva (aptitud jurídica para ejercer derechos y contraer obligaciones sin asistencia ni representación de terceros, denominada también como capacidad de actuar).

Elementos reales

Integran la denominada prestación, o sea, la cosa u objeto del contrato, por un lado, y la contraprestación, por ejemplo, dar suma de dinero, u otro acuerdo.

Elementos formales

La forma es el conjunto de signos mediante los cuales se manifiesta el consentimiento de las partes en la celebración de un contrato. En algunos contratos es posible que se exija una forma específica de celebración. Por ejemplo, puede ser necesaria la forma escrita, la firma ante notario o ante notario y ante testigos, etcétera. En el caso de la forma escrita, el documento puede incluir las siguientes secciones: antecedentes o considerandos, declaraciones y cláusulas.

Partes de un contrato escrito

La libertad formal suele caracterizar casi todos los tipos de contratos aunque la mayoría siguen modelos bastante parecidos con las siguientes partes:

1.- Título.-

Indica el tipo de contrato

2.- Cuerpo Sustantivo.-

Que identifica el las partes. Estas pueden ser, según el tipo de contrato, tanto personas físicas como jurídicas. Consta de las siguientes partes:

Lugar y fecha de contrato identificación de quienes van a suscribirlo.

Representaciones de los intervinientes indicando si suscriben el contrato en su propio nombre o en representación de un tercero o sociedad identificación, si son aplicables, de los objetos y servicios objeto del contrato.

Identificación, si son aplicables, de otros elementos como ámbito geográfico.

3.- Exposición.-

Relacionan los hechos y antecedentes que pueden ser relevantes pero que carecen de valor normativo.

También pueden incluir cláusulas que establezcan el significado de determinados conceptos para el contrato en cuestión.

4.- Cuerpo Normativo.-

Pactos o acuerdos objeto del contrato. Son las cláusulas normativas.

5.- Cierre.-

Fórmula de cierre donde se indica la forma de realizar el acuerdo.

6.- Anexos.-Desarrollan algunos aspectos complejos del contrato para simplificar su lectura.

MODALIDADES DE CONTRATO

Contrato indefinido: suscripto por trabajador y empresa por tiempo indefinido y a jornada completa

Contrato para el fomento de la contratación indefinida: tiene por objeto paliar la existencia de la precariedad en el empleo proporcionando un puesto de trabajo estable.

Contratos temporales: tienen una duración determinada y por tanto una fecha de comienzo y final de vigencia que una vez transcurrido da lugar a la extinción del contrato.

Otras modalidades del contrato

_Contrato para la formación

Se lleva a cabo cuando la persona incorporada no tiene los conocimientos técnicos adecuados para desempeñar eficazmente las funciones del puesto. Tiene como finalidad, que la persona contratada adquiera los conocimientos prácticos necesarios para el desempeño adecuado de un oficio o puesto de trabajo donde es necesario un determinado nivel de cualificación. El trabajador debe comprometerse a prestar el trabajo efectivo y a recibir la formación. El empresario por su parte, adquiere el compromiso de retribuir el trabajo realizado así como a conceder al trabajador los permisos exigidos para seguir adecuadamente la formación teórica que precisa.

Condiciones que son necesario cumplir para su realización:

- Es requisito que el trabajador sea mayor de 16 años y menor de 21, así como carecer de cualquiera de las titulaciones requeridas para los contratos en prácticas.

- Si el contrato se formalizara dentro de un programa público de empleo-formación con una escuela-taller o casa de oficio, la edad máxima será de 24 años.

- La duración mínima del contrato será de seis meses y la máxima de dos años.

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