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MODELO DE DEMANDA EN PARTICIÓN DE BIENES SUCESORALES


Enviado por   •  2 de Febrero de 2018  •  Informes  •  1.978 Palabras (8 Páginas)  •  1.914 Visitas

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MODELO DE DEMANDA EN PARTICIÓN DE BIENES SUCESORALES

(Partición litigiosa)

ACTO No._________

En la ciudad y Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los <<...>>(<<...>>) días del mes de <<...>>del año <<...>>(<<...>>).

ACTUANDO a requerimiento de los señores <<...>>y <<...>>, dominicanos, mayores de edad, provistos de las cédulas de identidad y electoral marcadas con los números <<...>>y <<...>>, respectivamente, domiciliados y residentes en común en la casa marcada con el número <<...>>, de la calle <<...>>del sector <<...>>, de la ciudad<<...>>.

República Dominicana, quienes tienen como abogados constituidos y apoderados especiales a los <<...>>, y <<...>>, dominicanos mayores de edad, casados, portadores de las cédulas de identidad y electoral marcadas con los números <<...>> y <<...>>. Abogados de los Tribunales de la República Dominicana, con su estudio profesional conjuntamente abierto en el No. <<...>>, de la calle o avenida<<...>>del sector <<...>>, de esta ciudad; lugar donde mis requerientes hacen formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias del presente acto.

Yo, <<...>>, Alguacil <<...>>dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral No. <<...>>residente en la calle<<...>>No.<<...>>, Distrito Nacional;

EXPRESAMENTE, y en virtud del anterior requerimiento me he trasladado, dentro de mi jurisdicción, a la casa marcada con el número <<...>>, de la calle <<...>>, del sector de <<...>>, de esta ciudad que es donde tienen su domicilio y residencia los señores <<...>>,<<...>>y <<...>>, y una vez allí, hablando personalmente con <<...>>, según me declaró y dijo ser <<...>>, de mis requeridos, con calidad para recibir a nombre de los mismos actos de la presente naturaleza; les he notificado a mis requeridos, que mis requerientes mediante el presente acto les citan y emplazan para que comparezcan, como fuere de derecho en el plazo de la octava franca de ley por ante la<<...>>la (SALA) Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, <<...>>Sala, la cual celebra sus audiencias en uno de los salones de la <<...>>planta del Palacio de Justicia del Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, ubicado en la manzana comprendida por las calles Juan de Dios Ventura Simó, Hipólito Herrera Billini y E. Vicioso, a los fines y medios siguientes:

ATENDIDO: A que en fecha<<...>>del mes de<<...>>del año<<...>>falleció el señor<<...>>en la ciudad de <<...>>.-

ATENDIDO: A que a la hora de su muerte el finado se encontraba casado con la señora <<...>>, procreó al <<...>>, nacido en fecha <<...>>de <<...>>, del <<...>>, según acta de nacimiento expedida al efecto;

ATENDIDO: a que el finado <<...>>, procreó fuera del matrimonio a los señores <<...>>, <<...>> y <<...>>.

ATENDIDO: A que el finado <<...>>, dejó como cónyuge superviviente a su esposa, señora <<...>>y únicos descendientes a sus hijos, señores <<...>>; los cuales son sus continuadores jurídicos.

ATENDIDO: A que los susodichos señores son los únicos con vocación sucesoral para recoger los bienes relictos del finado <<...>>

ATENDIDO: A que los bienes relictos del finado <<...>>incluyen bienes muebles e inmuebles radicados en el país y en el extranjero.-

ATENDIDO: A que mis requerientes han incoado diversos procesos de oposiciones frente a terceras personas físicas o morales, a los fines de evitar que los bienes relictos del finado <<...>>sean entregados a personas sin calidad para recibir dichos bienes;-

ATENDIDO: A que el Código Civil establece las condiciones que debe poseer una persona para suceder, y dentro de éstas está la de existir en el momento en que se abra la sucesión; o haber nacido vivo y viable;-

ATENDIDO: A que la ley establece los grados en que se divide la familia del causante; y el grado más próximo excluye al grado posterior; y que el legislador ha preferido dentro de ese orden de ideas a los descendientes, o sea, a los hijos, y ha organizado la protección de los intereses de éstos mediante una institución que se llama RESERVAS HEREDITARIAS;

ATENDIDO: A que el legislador para proteger a los herederos ha establecido que cuando en una partición haya lesión, error, dolo, violencia, etc., es decir los vicios del consentimiento que establece el derecho común para los cada contrato la misma es nula de pleno derecho.

ATENDIDO: A que una sucesión puede ser aceptada pura y simplemente, o a beneficio de inventario;

ATENDIDO: A que la aceptación puede ser expresa o tácita; siendo expresa cuando se usa el título o la cualidad de heredero en un documento público o privado; y es tácita, cuando el heredero ejecuta un acto que supone necesariamente su intención de aceptar, y que no tendría derecho a realizar sino en su cualidad de sucesor;

ATENDIDO: A que a nadie puede obligarse a permanecer en estado de indivisión de bienes, y siempre podrá pedir la partición, a pesar de los pactos y prohibiciones que hubiere en contrario;-

ATENDIDO: A que la acción de partición y las cuestiones litigiosas que se susciten en el curso de las operaciones, se someterán al tribunal del lugar en que esté abierta la sucesión; y ante ese mismo tribunal se procederá a la licitación, y se discutirán las demandas relativas a la garantía de los lotes entre los copartícipes, y las de rescisión de la partición;

ATENDIDO: A que la tasación de los bienes inmuebles se verificará por peritos designados por las partes; y si estos se niegan, serán nombrados de oficio;

ATENDIDO: A que las diligencias de los peritos deben contener las bases del avalúo; indicarán si el objeto tasado es susceptible de cómoda división, de qué manera ha de hacerse ésta y fijan, por último, en caso de proceder a la misma, cada una de las partes que puedan formarse y su respectivo valor;

ATENDIDO: A que el avalúo de los muebles, si no se ha hecho estimación en un inventario regular, debe hacerse por personas inteligentes, en un justo precio y sin aumento;

ATENDIDO: A que si no pueden dividirse cómodamente los inmuebles, se procederá a su enajenación por licitación ante el tribunal;

ATENDIDO: A que cada coheredero traerá a colación de la masa común, conforme a las reglas que establece el Código Civil, las donaciones o regalos que se le hubiesen hecho y las sumas que deba;

ATENDIDO: A que si la colación no se ha hecho en naturaleza, los coherederos a quienes se deban percibirán una porción igual a los objetos en cuestión, tomada de la masa general de la sucesión;-

...

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