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MUNDO NORMATIVO

DDAETesis7 de Marzo de 2015

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1.- MUNDO NORMATIVO

El mundo normativo son un conjunto de normas para poder vivir con la sociedad en conjunto y sin que haya ningún inconveniente, estableciendo cierto tipo de normas y leyes que se deben cumplir para no tener conflictos en la sociedad. El derecho en conjunto con la moral hace que pueda existir el mundo normativo esto para llevar a cabo una convivencia sana y sin ningún tipo de inconvenientes.

1.1 JUICIOS ENUNCIATIVOS Y JUICIOS NORMATIVOS

Los juicios enunciativos: son aquellos que consisten en un ser; se ubican en el campo de lo que tiene que ser o de lo que es; Se refieren a algo que es, que fue o bien que será, es decir, a algo que está, estará o estuvo dado realmente (verdadero o falso; pierden su verdad ante la sola presencia de un solo caso en que no se cumpla la ley natural).

Los juicios normativos: no se refieren a la realidad de los hechos ni a la manera como éstos se desarrollan, sino que hacen mención a un deber ser, enuncian pues, lo que debe ser cumplido, aunque, esa disposición puede que nunca se haya observado ni se vaya a observar; válidos o inválidos.

1.2 CONCEPTO DE NORMA

Son las reglas que nos impone la sociedad para tener una conducta adecuada y no ser rechazados al cometer una infracción a ellas, determinan cual debe ser la postura, la forma de actuar y la manera de comportarse frente a distintas situaciones en la vida cotidiana.

Bajo el título de norma se denomina a toda aquella ley o regla que se establece para ser cumplida por un sujeto específico en un espacio y lugar también específico. Las normas son las pautas de ordenamiento social que se establecen en una comunidad humana para organizar el comportamiento, las actitudes y las diferentes formas de actuar de modo de no entorpecer el bien común.

1.3 NORMA JURÍDICA

Son aquellas reglas prescritas por las autoridades que ordenan el cumplimiento de algo y ordenan la conducta de la persona, impone deberes y confiere derechos; si es quebrada esta norma trae consigo una sanción impuesta por la autoridad competente y se clasifican en función al individuo en normas imperativas y normas dispositivas.

Normas imperativas: son las que obligan quieran o no a cumplir con lo impuesto a pesar de lo que la persona desee.

Normas dispositivas: estas obligan siempre que no exista una voluntad descrita en contra de la persona.

1.4 CARACTERÍSTICAS DE LAS NORMAS JURÍDICAS

1.- Bilateralidad: Es cuando la norma jurídica crea deberes y derechos. La norma jurídica no es sólo un imperativo de la conducta, no sólo impone en una persona el deber de actuar en una cierta forma, sino que, al propio tiempo, autoriza a otra persona para que pueda exigir del obligado el incumplimiento del deber.

2.- Coercibilidad: Es la otra característica fundamental de la norma del Derecho. La norma jurídica postula un deber que no necesita ser valioso para ser obligatorio y de no cumplirse con la norma se obtendrá una sanción.

3.- Generalidad: La norma jurídica prevé para categorías de personas y no para personas en particular y procede a regular la conducta no indicando de manera directa cómo debe ser el comportamiento de una persona en particular, sino procediendo a través de la fijación de categorías de sujetos abstractamente determinados.

4.- Abstracción: La norma no dispone para casos concretos, para hechos particularmente determinados, sino para categorías de hechos, es decir, para “tipos” los cuales van a integrar el supuesto normativo. En vista de que estos tipos están formados por los caracteres fundamentales de grandes grupos de hechos concretos de conducta, cuando cualquier hecho concreto de conducta coincida con el «tipo» legal, engendrará una consecuencia de Derecho.

5.- Legitimidad: Consiste en

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