Manual del consultorio medico popular 2017
TrasgolistoEnsayo27 de Junio de 2017
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MANUAL DE TRABAJO
DEL CONSULTORIO POPULAR
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Caracas, febrero de 2017
Oficina de Planificación, Organización y Presupuesto Dirección de Organización |
Índice | Pág. |
I. Introducción | 3 |
II. Antecedentes y justificación | 4 |
III. Objetivos | 5 |
IV. Alcance | 5 |
V. Base legal | 6 |
VI. De la organización | 9 |
VII. De la estructura | 15 |
VIII. Actividades | 19 |
IX. Dispensarización | 27 |
X. Análisis de la Situación de Salud | 32 |
XI. Ingreso en el hogar | 39 |
XII. Interconsultas | 41 |
XIII. Premisas para garantizar la calidad en la atención médica integral y familiar | 41 |
XIV. Del control | 39 |
XV. Elementos a tener a cuenta en el consultorio Popular | 43 |
XVI. Documentos y registros para la organización y el trabajo del consultorio popular. | 44 |
XVII. Visitas periódicas al Consultorio Popular | 45 |
XVIII. Las actividades docentes programadas | 46 |
XIX. Anexos | 47 |
- INTRODUCCIÓN
El presente documento constituye un manual para guiar la organización y el funcionamiento del Consultorio Popular (CP) desde la definición de las actividades que realiza el Equipo Básico de Salud (EBS), que está integrado por un médico(a), un enfermero(a) y un promotor(a), quienes como estructura esencial del Sistema Público de Salud en la Atención Primaria, tienen asignada una población definida en un espacio territorial determinado para la atención de su salud y con ello contribuir a lograr la suprema felicidad del pueblo venezolano.
El Consultorio Popular es la unidad básica de atención del Sistema Público Nacional de Salud. Su actividad fundamental se estructura sobre las diferentes fases del proceso de dispensarización que permite la atención integral a las personas, las familias, la comunidad en su entorno y con ello la identificación, priorización y solución de los problemas de salud.
Constituye el escenario docente principal para la formación del talento humano para el Sistema Público de Salud, entre ellos los Médico/as Integrales Comunitarios (MIC), especialistas en Medicina General Integral (MGI), enfermeros(a) integrales comunitarios y otro servidor/a público de salud. El Consultorio Popular se adscribe al Área de Salud Integral Comunitaria (ASIC) y forma parte del Núcleo de Atención Integral de Salud (NAIS).
Elaborado por: | Avalado por: | Aprobado por: |
(Firma y sello) Nombre y Apellido[pic 4] Cargo Fecha: | (Firma y sello) Nombre y Apellido[pic 5] Cargo Fecha: | (Firma y sello) Nombre y Apellido[pic 6] Cargo Fecha: |
- ANTECEDENTES Y JUSTIFICACIÓN
La salud como derecho social básico de los seres humanos tiene que constituir una prioridad de los gobiernos. Desde esta perspectiva, y como se declara en la el Plan de la Patria, el Gobierno Bolivariano de Venezuela inició un proceso de transformaciones cualitativas para la estructuración y consolidación del Sistema Público Nacional de Salud, que tuvo su génesis en la llamada “tragedia de Vargas” y su punto de inflexión en el año 2003, con la creación de Barrio Adentro como política de estado para la formación de dicho Sistema.
En Barrio Adentro se concreta la política de salud de la Atención Primaria, orientada a ofrecer respuesta a las necesidades sociales de la población desde la visión del trabajo intermisiones y así mejorar su calidad de vida. Se inicia un proceso de creación, ampliación y fortalecimiento de un grupo de instituciones de salud que desde su funcionamiento coordinado con el resto de los existentes en la red de atención comunal de salud, la ambulatoria especializada y la hospitalaria para contribuir a alcanzar este objetivo.
Devienen así los consultorios populares, que constituyen la entrada al sistema de salud y en el que labora un equipo básico, en estrecha relación con las instituciones sociales y miembros de la comunidad, para atender a los ciudadanos de forma integral en sus propios lugares de convivencia.
Para desarrollar las actividades de este equipo básico de salud, se requiere de un instrumento que guíe el funcionamiento de estos equipos que laboran en los establecimientos de la Atención Primaria. En función de satisfacer esta necesidad se crea en el año 2015 un “Manual de trabajo del consultorio popular” que desde el contexto actual se ha revisado y actualizado.
Sin lugar a dudas, en el momento en que se cumple la tarea de llegar al 100% de la población venezolana para cuidar por su salud, este documento elaborado como una necesidad administrativa de homogeneizar la organización y el funcionamiento de los Equipos Básicos de Salud en los Consultorios Populares, hoy se convierte para directivos y ejecutores de las actividades que se desarrollan en esta unidad asistencial de la Atención Primaria, en una herramienta de trabajo fundamental para el desempeño porque en este Manual se presentan de forma coherente conceptos esenciales y orientaciones para su adecuada actuación.
III. OBJETIVOS
GENERAL
- Guiar la organización y funcionamiento del Consultorio Popular desde la definición de las actividades que realiza el Equipo Básico de Salud y su relación de trabajo como parte integrante del Núcleo de Atención Integral en Salud y del Área de Salud Integral Comunitaria lo que contribuirá al mejoramiento del estado de salud de la población, mediante acciones integrales dirigidas al individuo, la familia, la comunidad y el ambiente, teniendo en cuenta los componentes, instrumentos y ejes conductores de la Atención Primaria de Salud.
ESPECÍFICOS
- Precisar la estructura y actividades del Consultorio Popular y los integrantes del Equipo Básico de Salud.
- Establecer la articulación de la estructura y actividades del Consultorio Popular y el Equipo Básico de Salud con el Área de Salud Integral Comunitaria y el Núcleo de Atención Integral en Salud.
- Determinar que el proceso de Dispensarización y el Análisis de la Situación de Salud constituyen la base principal para el cumplimiento de las actividades que desarrolla el Equipo Básico de Salud.
IV. ALCANCE
Geográfico: Nacional
De tiempo: 5 años. Prorrogables hasta tanto no se revise el presente manual.
Universo: Todos los Consultorios Populares y sus Equipos Básicos de Salud.
V. BASE LEGAL
5.1 Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. 1999.
Los artículos 83, 84, 85 y 86, 122, 76 y 78 consagran a la salud como un derecho, definen el modelo de atención integral generalizada y hace énfasis en grupos de vulnerabilidad social. Los mandatos ordenan que es obligación del Estado garantizar la salud y promocionar políticas orientadas al mejoramiento de la calidad de vida, bienestar colectivo y acceso a los servicios a través de la gestión de un Sistema Público Nacional de Salud con viabilidad presupuestaria de estricta responsabilidad del Estado y sus instituciones. Se establecen de forma clara los principios de universalidad, equidad, gratuidad, integralidad, solidaridad e integración social que rigen al modelo de atención.
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