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Mauricio Rios


Enviado por   •  8 de Noviembre de 2013  •  1.035 Palabras (5 Páginas)  •  275 Visitas

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Trabajo de tiempo indeterminado

Por regla general, la duración de la relación laboral es por tiempo indeterminado.

Es por regla general el que se reconoce cuando no ha sido fijado un tiempo u obra determinada para ejecutar, o bien, cuando se determine que será indefinido.

Por regla general, la Ley Federal del trabajo señala que cuando se vence el término del contrato pero subsiste la materia de trabajo, la relación laboral deberá prolongarse durante el tiempo que se mantenga el objetivo laboral.

Según la ley Federal del Trabajo dice “Las relaciones de trabajo pueden ser para obra o tiempo determinado”. A falta de estipulaciones expresas, la relación será por tiempo indeterminado.

Tipo de contrato

Son aquellos contratos que no estipulan una fecha o suceso que de finalización al contrato de trabajo. Ciertamente, son los contratos que permiten a los trabajadores lograr la estabilidad laboral con el tiempo de prestación de sus servicios.

Trabajo a tiempo determinado

El señalamiento de un tiempo determinado puede únicamente estipularse en los siguientes casos:

-Cuando lo exija la naturaleza del trabajo que se va a prestar.

-Cuando tenga por objeto sustituir temporalmente a otro trabajador

Tipo de contrato

Es aquel tipo de contrato de trabajo de carácter individual, en el cual las partes intervinientes en su celebración, limitan su duración a un periodo de tiempo determinado.

Se recomienda que se establezca en el contrato por tiempo determinado, una cláusula que especifique el por qué de la temporalidad de las labores a desempeñar, ya que de otra forma se convertiría en un contrato por tiempo indeterminado.

Son contratos laborales de plazo fijo. Un contrato de plazo fijo sería aquel que requiere los servicios de un trabajador por un determinado período, terminado el cual, se considera extinto el contrato.

Por obra determinada

La terminación de la relación laboral se sujeta a la condición conclusoria de aquélla, solo justificada por la exigencia de la naturaleza del propio trabajo según explica el artículo 36 de la Ley Federal del Trabajo “El señalamiento de una obra determinada puede únicamente estipularse cuando lo exija su naturaleza”

Tipo de contrato

Un contrato de obra determinada es aquel en que se solicitan los servicios de un trabajador para la ejecución de la obra. Finalizada la obra, el contrato se considera extinto. La extinción del contrato laboral por tiempo o por obra terminada no supone responsabilidad para ninguno de las dos partes

En estos casos resulta indispensable que con toda claridad se exprese cuál es esa obra,. El contrato por obra determinada es aquél por el que una persona se obliga a ejecutar una obra en beneficio de otra, quien se obliga a pagar por ella un precio. El objeto de este contrato es la obra concluida y ejecutada.

Esta clase de contratos tiene por objeto la realización de obras o servicios determinados, con autonomía y substantividad propias dentro de la actividad normal de la empresa, y cuya ejecución, aunque limitada en el tiempo, es de duración incierta.

Aunque el contrato por tiempo cierto expreso, en el que las partes fijan al inicio su terminación, es una especie distinta dentro del amplio género de contratos de duración determinada,

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