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Medios De Control


Enviado por   •  15 de Marzo de 2015  •  938 Palabras (4 Páginas)  •  191 Visitas

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MECANISMO DE CONTROL DE LEGALIDAD

Los medios o mecanismo de defensa, para que el ciudadano que se sienta afectado por la decisión tomada por la administración pueda manifestar su desacuerdo, y que a la vez la administración tenga la oportunidad de enmendar sus errores

LOS RECURSOS EN VIA GUBERNATIVA

Se puede afirmar en términos generales que la vía gubernativa es una especie del derecho de petición que desarrolla el debido proceso y el derecho a la defensa que tiene el administrado frente a las autoridades para participar activamente en todas las etapas procesales administrativas, aportando y solicitando pruebas, debatiendo e impugnando las decisiones a través de los recursos. Este procedimiento que se sigue ante la administración pública tiene como finalidad controvertir las decisiones que toman las autoridades, cuando quiera que una persona no está de acuerdo con tal determinación.

Este mecanismo busca proteger el principio de legalidad, dándole la oportunidad a los ciudadanos de acudir de manera directa ante la misma administración para manifestar y sustentar las razones de su desacuerdo y, a su vez, también darle la oportunidad a las autoridades para que, de ser necesario, enmienden sus propios errores.

La reglamentación legal de la vía gubernativa está contenida en el código contencioso administrativo, decreto ley 01 de 1984 y decreto 2304 de 1989.

Por la vía gubernativa proceden los siguientes recursos:

RECURSO DE REPOSICIÓN

Consiste en solicitar ante el mismo funcionario que tomó la decisión que la aclare, la modifique o la revoque.

RECURSO DE APELACIÓN

Procede ante el inmediato superior que tomó la decisión y tiene la misma finalidad que el recurso anterior.

RECURSO DE QUEJA

Procede cuando se rechaza el recurso de apelación y se interpone ante el superior del funcionario que dictó el acto administrativo (resolución, orden, decreto, etc.)

TÉRMINOS

Estos recursos deben interponerse por escrito en la diligencia de notificación personal o dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación personal o desfijación del edicto o la publicación, según el caso. La interposición de los recursos suspenden los efectos de la decisión.

La administración, a su vez, debe resolver los recursos en un termino máximo de dos meses contados a partir del día siguiente de la radicación del escrito que los contiene. Si excede este término se configura el silencio administrativo, que por regla general es negativo, lo que significa que el sujeto puede acudir directamente a demandar el acto ficto ante la jurisdicción ordinaria o en su defecto, puede interponer la acción de tutela para que se brinde una respuesta de fondo a las pretensiones.

Es importante tener en cuenta que la vía gubernativa no procede contra los actos de carácter general, ni contra los de trámite, preparatorios o los de ejecución.

Ejemplo:

Una entidad pública encargada del cuidado y protección del ambiente en un municipio, expide un acto administrativo en el cual fija el procedimiento que deben seguir todas las personas que quieran talar árboles dentro del perímetro municipal. Este acto administrativo no es objeto de recurso ante la misma entidad, en razón a que es una disposición general que involucra

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