ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Medios Probatorios


Enviado por   •  28 de Abril de 2012  •  512 Palabras (3 Páginas)  •  957 Visitas

Página 1 de 3

Concepto de prueba anticipada:

Este constituye una actividad procesal donde la prueba judicial puede realizarse de manera anterior al proceso judicial, la prueba o los hechos que quieran ser acreditados, guardan relación o se conectan con una pretensión, excepción o proceso judiciales determinados, ante el temor de fundado de que las fuentes propias del mismo se pierdan o modifiquen asiéndose imposible su aportación al proceso. Su finalidad impedir que la prueba se desvirtué o pierda.

La prueba anticipada se realiza:

Por petición de la parte interesada por temor fundado de que pueda perderse o modificarse la evidencia en un futuro, la veracidad de los hechos, se realiza antes del procedimiento por retardo judicial.art.1429 código civil venezolano.

Esta prueba se practica

• En el derecho penal art. 307

• Derecho civil

Objetivo:

Evitar toda amenaza de peligro del patrimonio de una persona o sus derechos en general. Constituyendo un procedimiento que sirva para garantizar el ejercicio de un derecho.

Procedimiento:

• para realizar la prueba anticipada se hace por retardo perjudicial mediante diligencia con el juez de domicilio del futuro demandante este procederá por su máxima experiencia, si debe hacerse con urgencia la evacuación de la prueba.art.813. código de procedimiento civil.

• Debe el demandante instruir justificativo ante cualquier juez

Art.814 código de procedimiento civil.

• El objeto que se evacue la prueba inmediatamente, donde el tribunal se limitara a practicar las diligencias citando la parte contraria, quedando el tribunal que conozca la causa si se llenaron los requisitos para dar la prueba anticipada por válida por valida.art.815

• No se aplica en prueba de confesión, 816 código de procedimiento civil.

• No aplica el procedimiento de recurso de apelación contra quien se promuevan.art.817 código de procedimiento civil

• Se debe cumplir con lo establecido en el art. 340 código de procedimiento civil y el instruir el justificativo.

• El juez que debe conocer de esta demanda será el de primera instancia y del domicilio del demandante.art.818 código de procedimiento civil.

Legalidad

No se pueden evacuar Anticipadamente:

• La Confesión

• El Juramento

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (3.5 Kb)  
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com