NIIF 13 MEDICION DEL VALOR RAZONABLE
SAN3080Ensayo23 de Abril de 2014
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NIIF 13 MEDICION DEL VALOR RAZONABLE
Definición de valor razonable
Esta NIIF define valor razonable como el precio que sería recibido por vender un activo o
pagado por transferir un pasivo en una transacción ordenada entre participantes de
mercado en la fecha de la medición.
El activo o pasivo
Una medición del valor razonable es para un activo o pasivo concreto. Por ello, al medir el
Valor razonable una entidad tendrá en cuenta las características del activo o pasivo de la
Misma forma en que los participantes de mercado las tendrían en cuenta al fijar el precio de
Dicho activo o pasivo en la fecha de la medición. Estas características incluyen, por ejemplo, los siguientes elementos:
(a) la condición y localización del activo; y
(b) restricciones, si las hubiera, sobre la venta o uso del activo.
El activo o pasivo medido a valor razonable puede ser uno de los siguientes:
(a) un activo o pasivo considerado de forma independiente (por ejemplo un instrumento
financiero o un activo no financiero); o
(b) un grupo de activos, un grupo de pasivos o un grupo de activos y pasivos (por ejemplo una
unidad generadora de efectivo o un negocio).
El reconocimiento o información a revelar, dependerá de su unidad de cuenta. La unidad de cuenta de un activo o pasivo se determinará de acuerdo con la NIIF que requiera o permita la medición a valor razonable, excepto por lo previsto en esta NIIF.
La transacción
Una medición a valor razonable supondrá que el activo o pasivo se intercambia en una
transacción ordenada entre participantes de mercado para vender el activo o transferir el
pasivo en la fecha de la medición en condiciones de mercado presentes.
Una medición a valor razonable supondrá que la transacción de venta del activo o
transferencia del pasivo tiene lugar:
(a) en el mercado principal del activo o pasivo; o
(b) en ausencia de un mercado principal, en el mercado más ventajoso para el activo o
pasivo.
Si existe un mercado principal para el activo o pasivo, la medición del valor razonable
representará el precio en ese mercado (si ese precio es observable directamente o estimado
utilizando otra técnica de valoración), incluso si el precio en un mercado diferente es
potencialmente más ventajoso en la fecha de la medición.
Participantes de mercado
Una entidad medirá el valor razonable de un activo o un pasivo utilizando los supuestos
que los participantes de mercado utilizarían para fijar el precio del activo o pasivo,
suponiendo que los participantes de mercado actúan en su mejor interés económico.
Supuestos : La entidad identificará las características que distinguen generalmente a
los participantes de mercado, considerando factores específicos para todos los elementos
siguientes:
(a) el activo o pasivo;
(b) el mercado principal (o más ventajoso) para el activo o pasivo; y
(c) los participantes de mercado con los que la entidad realizaría una transacción en ese
mercado.
El precio
El valor razonable es el precio que se recibiría por la venta de un activo o se pagaría por la
transferencia de un pasivo en una transacción ordenada en el mercado principal (o más
ventajoso) en la fecha de la medición en condiciones de mercado presentes (es decir, un
precio de salida) independientemente de si ese precio es observable directamente o
estimado utilizando otra técnica de valoración.
El precio del mercado principal (o más ventajoso) utilizado para medir el valor razonable del
activo o pasivo no se ajustará por los costos de transacción. Los costos de transacción se
contabilizarán de acuerdo con otras NIIF. Los costos de transacción no son una característica de
un activo o un pasivo; más bien, son específicos de una transacción y diferirán dependiendo de la
forma en que una entidad realice una transacción con el activo o pasivo.
Los costos de transacción no incluyen los costos de transporte. Si la localización es una
característica del activo (como puede ser el caso, por ejemplo, de una materia prima cotizada), el
precio en el mercado principal (o más ventajoso) se ajustará por los costos, si los hubiera, en los
que se incurriría para transportar el activo desde su ubicación presente a ese mercado.
Aplicación a activos no financieros
Máximo y mejor uso de los activos no financieros
Una medición a valor razonable de un activo no financiero tendrá en cuenta la capacidad
del participante de mercado para generar beneficios económicos mediante la utilización del
activo en su máximo y mejor uso o mediante la venta de éste a otro participante de mercado
que utilizaría el activo en su máximo y mejor uso.
El máximo y mejor uso de un activo no financiero tendrá en cuenta la utilización del activo que
es físicamente posible, legalmente permisible y financieramente factible de la forma siguiente:
(a) Un uso que es físicamente posible tendrá en cuenta las características físicas del activo que los
participantes de mercado tendrían en cuenta al fijar el precio del activo (por ejemplo
localización o dimensión de una propiedad).
(b) Un uso que es legalmente permisible tendrá en cuenta las restricciones legales de
utilización del activo que los participantes de mercado tendrían en cuenta al fijar el precio
del activo (por ejemplo regulaciones de zona aplicables a la propiedad).
(c) Un uso que es financieramente factible tendrá en cuenta si una utilización del activo que es
físicamente posible y legalmente permisible genera un ingreso o flujos de efectivo
adecuados (teniendo en cuenta los costos de conversión del activo para esa finalidad) para
producir una rentabilidad de la inversión que los participantes de mercado requerirían de
una inversión en ese activo destinado a ese uso.
Premisa de valoración para activos no financieros
El máximo y mejor uso de un activo no financiero establece la premisa de valoración utilizada
para medir el valor razonable del activo, de la forma siguiente:
(a) El máximo y mejor uso de un activo no financiero puede proporcionar el valor máximo
para los participantes de mercado mediante su utilización en combinación con otros activos
como un grupo (como se instaló o configuró, en cualquier caso, para su uso) o en
combinación con otros activos y pasivos (por ejemplo un negocio).
(i) Si el máximo y mejor uso del activo es utilizar el activo en combinación con otros
activos o con otros activos y pasivos, el valor razonable del activo es el precio que
se recibiría en una transacción presente por vender el activo suponiendo que éste se
utilizaría con otros activos o con otros activos y pasivos y que dichos activos y
pasivos (es decir, sus activos complementarios y los pasivos asociados) estarían
disponibles para los participantes de mercado.
(ii)Los pasivos asociados con el activo y con los activos complementarios incluyen pasivos
que financian capital de trabajo, pero no incluyen pasivos utilizados para financiar
activos distintos de los que están dentro del grupo de activos.
(iii) Los supuestos sobre el máximo y mejor uso de un activo no financiero será coherente
para todos los activos (para los que el máximo y mejor uso sea relevante) o el
grupo de activos o grupo de activos y pasivos dentro del cual se utilizaría el activo.
Aplicación a pasivos e instrumentos de patrimonio propios de una entidad
Una medición a valor razonable supone que un pasivo financiero o no financiero o un
instrumento de patrimonio propio de una entidad (por ejemplo participaciones en el
patrimonio emitidas como contraprestación en una combinación de negocios) se transfiere
a un participante de mercado en la fecha de la medición. La transferencia de un pasivo o
un instrumento de patrimonio propio de una entidad supone que:
(a) Un pasivo permanecería en circulación y se requeriría al participante de mercado
receptor de la transferencia satisfacer la obligación. El pasivo no se liquidaría con la
contraparte o extinguiría de otra forma en la fecha de la medición.
(b) Un instrumento de patrimonio propio de una entidad permanecería en circulación y el
participante de mercado receptor de la transferencia cargaría con los derechos y
responsabilidades asociados con el instrumento. El instrumento no se cancelaría o
extinguiría de otra forma en la fecha de la medición.
Incluso cuando no haya un mercado observable para proporcionar información sobre la fijación
del precio sobre la transferencia de un pasivo o un instrumento de patrimonio propio de una
entidad (por ejemplo porque las restricciones contractuales u otras de tipo legal impiden la
transferencia de estas
...