NORMATIVIDAD EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Andrea PontonTrabajo27 de Abril de 2017
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NORMATIVIDAD EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
LEY 1562 DE 2012
FÉLIX ANDRÉS ÁVILA RUEDA
EDGAR ALBERTO PARRA GALEANO
FLOR MARÍA QUIJANO MEJÍA
LAURA ISABEL TAPIAS ESTUPIÑÁN
LORENA LEANI VALENCIA LEÓN
INSTITUTO UNIVERSITARIO DE LA PAZ
ESCUELA DE INGENIERÍA AMBIENTAL Y DE SANEAMIENTO
PROGRAMA DE INGENIERÍA AMBIENTAL Y DE SANEAMIENTO
BARRANCABERMEJA
2014[pic 1][pic 2]
NORMATIVIDAD EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
LEY 1562 DE 2012
FÉLIX ANDRÉS ÁVILA RUEDA
EDGAR ALBERTO PARRA GALEANO
FLOR MARÍA QUIJANO MEJÍA
LAURA ISABEL TAPIAS ESTUPIÑÁN
LORENA LEANI VALENCIA LEÓN
Docente
ALFREDO GOMEZ NAVARRO
Esp. S.O., Esp. D.U., Ms. SO
INSTITUTO UNIVERSITARIO DE LA PAZ
ESCUELA DE INGENIERÍA AMBIENTAL Y DE SANEAMIENTO
PROGRAMA DE INGENIERÍA AMBIENTAL Y DE SANEAMIENTO
BARRANCABERMEJA
2014
[pic 3][pic 4]
CONTENIDO
pág.
INTRODUCCIÓN | 5 |
JUSTIFICACIÓN | 7 |
1. OBJETIVOS | 8 |
| 8 |
| 8 |
2. PRESENTACIÓN | 9 |
3. CAMBIOS QUE TIENE EL RÉGIMEN DE RIESGOS LABORALES CON LA LEY
| 10 |
3.1 NUEVOS AFILIADOS AL SISTEMA | 10 |
3.2 NUEVOS CONCEPTOS EN EL SISTEMA | 11 |
3.3 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SST) | 11 |
3.4 SITEMA DE GESTIÓN Y SALUD EN EL TRABAJO (SG-SST) | 12 |
3.5 ACCIDENTE DE TRABAJO | 12 |
3.6 ENFERMEDAD LABORAL | 12 |
3.7 JUNTA DE CALIFICACIÓN DE INVALIDEZ | 12 |
3.7.1 Características de las juntas | 13 |
3.8 GARANTÍA DEL SISTEMA RIESGOS | 13 |
3.9 LAS COTIZACIONES | 14 |
3.10 COMISIÓN ESPECIAL | 14 |
3.11 NUEVOS BENEFICIOS Y RESPONSABILIDADES A TRABAJADORES | 14 |
3.11.1 Beneficios | 14 |
3.11.2 Responsabilidades | 15 |
3.12 ADMINISTRADORAS Y FONDO DE RIESGOS LABORALES | 15 |
4. ASPECTOS POSITIVOS Y NEGATIVOS | 16 |
4.1 ASPECTOS A FAVOR DEL EMPRESARIO | 16 |
4.2 ASPECTOS EN CONTRA DEL EMPRESARIO | 17 |
4.3 ASPECTOS A FAVOR DEL TRABAJADOR | 17 |
4.4 ASPECTOS EN CONTRA DEL TRABAJADOR | 19 |
5. ANÁLISIS Y DISCUSIÓN | 20 |
6. CONCLUSIONES | 23 |
7. RECOMENDACIONES | 24 |
WEBGRAFÍA | 25 |
INTRODUCCIÓN
En la actualidad la seguridad y salud en el trabajo ha evolucionado de tal forma que cada aspecto que se tiene en cuenta para proteger los derechos y propender a que se cumplan los deberes tanto del trabajador como del empleador se ve sujetado a un expenso marco normativo, pero que sin embargo aún se encuentran falencias en su cumplimiento.
A lo largo de las últimas décadas, después de que se hablará por primera vez de accidente en el trabajo por el señor Rafael Uribe, principal involucrado en crear la Ley 57 de 1915, donde se habla de las reparaciones a tener en cuenta por los accidentes que ocurren en condiciones laborales[1], el gobierno nacional se ha encaminado a desarrollar todo lo consecuente a crear un sistema capaz de dirigir y disciplinar la salud ocupacional en las empresas. Es así como luego en el año 1993 se crea el Instituto del Seguro Social (ISS) con la Ley 100 de 1993, donde es prioridad la seguridad social integral cuyo objeto es “garantizar los derechos irrenunciables de la persona y la comunidad para obtener la calidad de vida acorde con la dignidad humana, mediante la protección de las contingencias que la afecten.”, según dice el Artículo 1º de los principios generales de dicha Ley.[2]
Para el año 1994 este sistema se organizó y administró de una manera más adecuada y que respondiera de manera más efectiva a las necesidades del trabajador y del empleador, es así que bajo el Decreto Ley 1295 de 1994 se crea el Sistema General de Riesgos Profesionales como parte del Sistema de Seguridad Social Integral establecido por la Ley 100 de 1993, como se había mencionado anteriormente.[3]
Finalmente en el año 2012 este Sistema de Riesgos Profesionales dio un nuevo giro con la Ley 1562 del mismo año, donde se dan cambios congruentes a la evolución de la seguridad y salud en el trabajo del país, desarrollando los principios de algunos países que tienen sus sistemas de protección tanto del empleador como del trabajador más avanzados.
Es así como en este trabajo se presentan los cambios o modificaciones que la Ley 1562 de 2012 hace al Sistema General de Riesgos Laborales, donde se puede apreciar que la palabra “profesionales” fue reemplazada por “laborales” como parte del mismo. De igual forma en el presente trabajo se resalta son los aspectos que están a favor y en contra tanto para el empleador o empresario como para el trabajador. También se analizan las falencias de dicho sistema con respecto a los deberes y derechos del empleador y del trabajador y por último realizar las respectivas recomendaciones en base a lo propuesto en este trabajo.
JUSTIFICACIÓN
Dentro del ámbito normativo y legislativo se busca siempre la protección de los derechos fundamentales de las personas, con lo cual se extienden a todas las actividades. Contar con un sistema que permita llevar un control y reglamentar las actividades de alto riesgo dentro el aspecto laboral, es garantía con la cual los trabajadores cuentan para pedir por sus derechos.
El cumplimiento de la ley 1562 de 2012 brinda beneficios no solo a los trabajadores, los empleadores igualmente obtienen a cambio beneficios muy provechosos como la disminución de tasas de cotización y disminuir la probabilidad de que se le acarren multas y sanciones por el incumplimiento de dicha ley.
Por esto se hace necesario llevar a cabo la implementación de los programas de seguridad y salud en el trabajo, pero la implementación de estos programas no se llevan a cabalidad por todos los empleadores, se desprotegen los derechos de los trabajadores, todas las situaciones adversas o siniestros que puedan presentarse dentro el desarrollo de las actividades laborales se encuentran contempladas y cubiertas por los planes de seguridad y salud en el trabajo, en una empresa la garantía de que se dé un buen proceso y se obtenga un producto excelente está dado por las óptimas condiciones de cada trabajador.
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