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Normatividad De Seguridad Y Salud En El Trabajo


Enviado por   •  1 de Diciembre de 2014  •  1.578 Palabras (7 Páginas)  •  340 Visitas

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NOMBRE DEL APRENDIZ: Yoslany Rambal

PRESENTACION

Continuando con el caso hipotético en el que usted fue contratado como coordinador del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo en la empresa ISSAL ltda; en esta semana es momento que usted realice la segunda tarea que le solicitaron. Ésta consiste en escoger 3 de las normativas, estudiadas en el material semanal, y presentarlas a los empleados y directivos, por medio de una presentación o folleto.

La importancia de esta actividad radica en que, en la medida en que los trabajadores y directivos conozcan aspectos de la normatividad legal, entenderán la relevancia de desempeñar sus labores en condiciones seguras y aplicando los requerimientos sugeridos por la norma.

Adicional al taller semanal, se le propone participar en el foro temático dispuesto. Entonces, sea usted bienvenido, siga los pasos cuidadosamente y disfrute la actividad.

Descripción:

1. Tome como punto de partida la situación hipotética planteada en la semana anterior, teniendo en cuenta la información suministrada en el taller de la primera semana para la empresa ISSAL LTDA.

2. De las siguientes normativas estudiadas en el material semanal:

• Ley 100 de 1993

• Decreto 1295 de 1994

• Resolución 2400 de 1979

• OHSAS 18001

• Ley 9 de 1979

• Decreto 614 de 1984

• Resolución 1016 de 1989

• Resolución 1401 de 2007

• Resolución 2346 de 2007

• Ley 1562 de 2012

• Resolución 1409 de 2012

• Norma Técnica Colombiana (NTC) 4144

Escoja tres (3) normas que en su opinión los trabajadores de la empresa ISSAL LTDA deberían conocer.

3 Por medio de una presentación o un folleto, presente los puntos más importantes y relevantes de las tres normativas escogidas, recuerde que es para los trabajadores y directivos de la empresa ISSAL LTDA, por lo cual la información consignada allí debe ser relevante para ellos, así como, mantener un lenguaje entendible y atractivo.

DESARROLLO

Para esta actividad escogí tres normativas que son muy importantes destacar ante trabajadores y directivos de la empresa ISSAL LTDA, ya que la industria textil incluye operaciones de tejido, confección, tinte, acabado de fibras, etc. cada una de estas tiene sus propios riesgos, aunque destacan: la exposición a sustancias químicas, particularmente en los procesos de tinte, la exposición a polvo de algodón u otras fibras orgánicas, las exigencia musculo- esquelética, y la exposición al ruido. Es vital dar a conocer esa información para que ellos estén al tanto de lo que a nivel nacional el gobierno está encargado de hacer cumplir.

1. Decreto 1295 de 1994.

En este manifiesto se determina la organización y administración del Sistema de Riesgos Profesionales, con el objetivo de garantizar los derechos de los trabajadores y obtener la calidad de vida en armonía con la dignidad humana. Mediante la protección de eventualidades que la afecten.

 Art 5. Prestaciones Asistenciales: Todo trabajador que sufra un accidente de trabajo o una enfermedad profesional tendrá derecho, según sea el caso, a:

a. Asistencia médica, quirúrgica, terapéutica y farmacéutica.

b. Servicios de hospitalización.

c. Servicio odontológico.

d. Suministro de medicamentos.

e. Servicios auxiliares de diagnóstico y tratamiento.

f. Prótesis y órtesis, su reparación, y su reposición sólo en casos de deterioro o desadaptación, cuando a criterio de rehabilitación se recomiende.

g. Rehabilitaciones físicas y profesionales.

h. Gastos de traslado, en condiciones normales, que sean necesarios para la presentación de estos servicios.

 Artículo 7. Prestaciones Económicas: Todo trabajador que sufra un accidente de trabajo o una enfermedad profesional tendrá derecho a reconocimiento y pago de las siguientes prestaciones económicas: Subsidio por incapacidad temporal; Indemnización por incapacidad permanente parcial;

a. Pensión de invalidez;

b. Pensión de sobrevivientes; y,

c. Auxilio funerario.

 Art 9. Accidentes de Trabajo: Todo suceso repentino que se da por causa o con ocasión de la labor, y que produce en el trabajador una lesión, perturbación, invalidez o la muerte. También es aquel que se produce durante el cumplimiento de órdenes del empleador, o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo.

 Art 11. Enfermedad profesional: Es todo condición patológica permanente o temporal que ocurra como consecuencia obligada y directa de la clase de ocupación que desempeñe el trabajador, o del medio en que se ha visto obligado a trabajar.

2. RESOLUCION 2346 DEL 2007

En este dictamen se regula la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales, el manejo y contenido de las historias clínicas ocupacionales. Y se aplica a todos los empleadores, dícese de empresas públicas o privadas, entidades administradoras

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