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NTRODUCCION AL DERECHO 2 PARCIAL PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO.


Enviado por   •  21 de Abril de 2016  •  Apuntes  •  1.886 Palabras (8 Páginas)  •  194 Visitas

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PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO.

Definición:

Son frases que han tenido aceptación del pueblo, por lo general expresados por juristas.

Características:

  • Son de naturaleza normativa dado que se encuentran regulados en una legislación vigente (su aplicación, no cuántos y cuáles son)
  • Su fuente deriva de generalizaciones sucesivas a partir de los preceptos del sistema en vigor
  • Son válidas no por ser verdades supremas, sino por ser de máxima (mas no absoluta) generalidad y aceptación
  • Son lógicos
  • Son éticos
  • Son racionales
  • Se usan para solucionar las deficiencias de la ley (lagunas)
  • Constituyen lo abstracto en el ordenamiento jurídico positivo
  • Se obtienen mediante inducciones sucesivas objetivas o también puede ser por deducciones partiendo de los principios racionales
  • Son fuente inagotable del Derecho
  • Son también puntos de partida para el juzgador al momento de cumplir con su obligación de dar resolución a un caso en particular
  • Son normas derivadas de factores culturales
  • No deben de estar recogidas en ninguna disposición escrita, pues de lo contrario equivaldría a aplicar la norma y debemos recordar que están reservados para situaciones donde no exista legislación aplicable al caso.
  • No deben ir en contra de los preceptos positivos vigentes
  • No son particulares de cada pueblo o nación, si no perderían su calidad de generales
  • Pueden llegar a tener una función constructiva, ya que permiten la sistematización de la materia jurídica
  • Indican la dirección en la que está situada la regla que hay que encontrar
  • Su fundamento se encuentra en la naturaleza humana racional, social y .libre.
  • Son reglas de aplicación general

5 EJEMPLOS:

  • Nadie está obligado a lo imposible.
  • Lo que no está prohibido está permitido.
  • Donde la ley no distingue, no ha que distinguir.
  • La sentencia solo obliga a las partes.
  • El que afirma está obligado a probar.

ACTO Y HECHO JURÍDICO.

ACTO.- es un evento en el que participa el ser humano, por medio de su voluntad.

HECHO.- eventos del ser humano, sin su voluntad.

[pic 1][pic 2][pic 3]

    ACTO                CON          VOLUNTAD        SIN                HECHO[pic 4][pic 5][pic 6][pic 7]

VOLUNTAD.                                                            SIN VOLUNTAD[pic 8][pic 9]

MATRIMONIO                                                        MUERTE

ATRIBUTOS DE LA PERSONALIDAD

Nombre (Razón o Denominación Social en Personas Morales): Sirve para designar e identificar a una persona.

Capacidad: Es la aptitud que tienen las personas para titular de derechos y obligaciones. En las personas jurídicas la capacidad para ser sujetos de derechos y obligaciones está determinada por el alcance de su objeto social y necesariamente se ejercita por medio de la representación a través de una persona física, tanto judicial como extrajudicialmente.

Domicilio: En las personas físicas se refiere al lugar de permanencia del individuo, En las personas jurídicas al lugar físico donde tiene su domicilio fiscal.

Nacionalidad: Es el vínculo jurídico que tiene una persona con un Estado.

Patrimonio: son el conjunto de derechos y obligaciones que son susceptibles de valorarse económicamente. En las jurídicas adicionalmente son los medios que les permiten realizar sus fines.

Estado civil: Atributo exclusivo de las personas físicas consiste en la situación particular de las personas respecto de su familia, la sociedad y el Estado.

10.- LA JUSTICIA.- SE LE CONSIDERA COMO UNA VIRTUD, CONSISTE EN SIEMPRE DAR A CADA UNO LO QUE LE CORRESPONDE.

11.-LA JUSTICIA SE DIVIDE EN.-

•        JUSTICIA DISTRIBUTIVA

•        JUSTICIA CONMUTATIVA

12.- JUSTICIA DISTRIBUTIVA.-  DICE QUE ES LA SOCIEDAD MISMA LA QUE REPARTE BIENES ENTRE SUS MIEMBROS Y SU APLICACIÓN ES EN EL DERECHO PUBLICO.

13.- JUSTICIA CONMUTATIVA.- ES LA RELACIÓN QUE SE FORMA SIMPLEMENTE ENTRE INDIVIDUOS SOBRE UN ACTO JUSTO, Y ESTA CORRESPONDE AL DERECHO PRIVADO.

14.- DERECHO INJUSTO.- ES CUANDO EL DERECHO POSITIVO ENTRA EN CONFLICTO CON EL DERECHO NATURAL, Y SE DICTAN NORMAS JURÍDICAS CONTRARIAS A LOS POSTULADOS FUNDAMENTALES DE ESE SISTEMA RECTO SE CLASIFICAN EN INJUSTAS.

15.- QUE ES LA INJUSTICIA.- ES EL VICIO QUE SE OPONE DIRECTAMENTE A LA VIRTUD DE JUSTICIA, TODO LO QUE ES CONTRARIO TANTO AL DERECHO NATURAL COMO A LAS  DETERMINACIONES DEL DERECHO POSITIVO  ES DECIR OPOSICIÓN AL DERECHO VIGENTE.

17.- QUE ES ARBITRARIEDAD.-  ES LA FALTA PROPIA DE LOS GOBERNANTES, PUES SOLO ESTOS PUEDEN COMETERLA, ESTA CONSISTE EN UN ABUSO DE PODER QUE EN EL EJERCICIO DE SUS ACTOS Y CARGOS OBRAN POR INTERÉS.

18.- QUE E LA EQUIDAD.- EL PERFECCIONAMIENTO DE LA JUSTICIA EN SU APLICACIÓN A LOS CASOS CONCRETOS QUE PUEDAN PRESENTARSE.

19.- QUE ES EL ORDEN.- ES FIN Y CONSECUENCIA DEL DERECHO, Y FIN PRIMARIO, POR LO QUE TALVEZ ANTES DE LA JUSTICIA O SIMULTÁNEAMENTE CON ELLA.

20.- QUE ES LA PAZ.- DERIVA DE LA JUSTICIA Y ES CONSIDERADA COMO UNA DE LAS FORMALIDADES QUE DEBÍA PROPONERSE AL DERECHO.

21.- QUE ES SEGURIDAD.-  ES EL RESULTADO DEL ORDEN, REQUIERE, NO SOLO EL RESPETO DE LOS DERECHOS LEGÍTIMAMENTE ADQUIRIDOS SINO TAMBIÉN LA EXISTENCIA DE ORGANISMOS DESTINADOS A PREVENIR O CASTIGAR SU VIOLACIÓN.

22.- QUE ES EL BIEN COMÚN.- PUEDE AFIRMARSE QUE EL BIEN COMÚN ES LA FINALIDAD SOCIAL SUPREMA HACIA LA CUAL TIENDEN TODOS LOS OBJETIVOS DEL HOMBRE DE TAL MANERA QUE LA JUSTICIA, EL ORDEN, LA PAZ, Y LA SEGURIDAD SON COMO LAS BASES EN QUE SE ASIENTA EL BIENESTAR COLECTIVO.

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