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Naturaleza Jurídica De La Familia


Enviado por   •  24 de Julio de 2012  •  1.822 Palabras (8 Páginas)  •  953 Visitas

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I.- EL CONTRATO

ART. 1133 C.C: Es una convención entre dos o más personas para constituir, reglar, transmitir, modificar o extinguir entre ellas un vínculo jurídico.

II.- CLASIFICACIÓN DE LOS CONTRATOS

1. SEGÚN EL SURGIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES PARA LAS PARTES:

1.1 Contrato Unilateral: Es cuando surgen obligaciones para una sola de las partes, es decir, mientras una de ellas es acreedor, la otra será deudor. (Art. 1134 C.C)

Ejemplos:

• El Comodato (Art. 1724 C.C): Es un contrato por el cual una de las partes entrega a la otra gratuitamente una cosa, para que se sirva de ella, por tiempo o para uso determinados, con cargo de restituir la misma cosa.

- Sólo una de las partes es acreedor, quien entrega la cosa.

- La otra parte es deudor, quien debe restituirla.

• El Mutuo (Art 1735 C.C): Es un contrato por el cual una de las partes entrega a otra cierta cantidad de cosas, con cargo de restituir otras tantas de la misma especie y calidad.

- Sólo una de las partes se obliga a devolver la cosa recibida en calidad de mutuo (Mutuario).

- La otra parte es sólo acreedor de la cosa que ha facilitado en mutuo (Mutuario).

1.2 Contrato Bilateral: Es cuando surgen obligaciones para ambas partes, es decir, son recíprocamente deudores y acreedores entre sí. (Art. 1134 C.C)

Ejemplos:

• Venta (Art 1474 C.C): Es un contrato por el cual el vendedor se obliga a transferir la propiedad de una cosa y el comprador a pagar el precio.

• Arrendamiento (Art. 1579 C.C): Es un contrato por el cual una de las partes contratantes se obliga a hacer gozar a la otra de una cosa mueble o inmueble, por cierto tiempo y mediante un precio determinado que ésta se obliga a pagar a aquella.

2. SEGÚN EL FIN PERSEGUIDO POR LAS PARTES:

2.1 Contrato Oneroso: Cuando cada una de las partes trata de procurarse una ventaja mediante un equivalente. (Art. 1135 C.C)

2.2 Contrato Gratuito: Cuando una de las partes trata de procurar una ventaja a otra sin equivalente. (Art. 1135 C.C). En los contratos gratuitos la parte efectúa su prestación sin perseguir una contraprestación o equivalente de la otra parte.

Los contratos gratuitos se subdividen en:

a. Desinteresados: Son llamados también de beneficencia, en los cuales una parte procura una prestación en beneficio de la otra, pero sin empobrecerse ella misma.

Ejemplo: Depósito (Art. 1571 C.C): Es un contrato gratuito, salvo convención en contrario, que no puede tener por objetos sino cosas muebles; y que se perfecciona por la tradición de la cosa.

b. Liberalidades: Son aquellos en los cuales, la parte que realiza una prestación en beneficio de la otra se empobrece, ya que al ejecutar la misma disminuye su patrimonio.

Ejemplos: Donación (Art. 1431 C.C): Es un contrato por el cual una persona transfiere gratuitamente una cosa u otro derecho de su patrimonio a otra persona que lo acepta.

3. SEGÚN LA PRESTACIÓN DE ALGUNA DE LAS PARTES DEPENDA O NO DE UN HECHO CASUAL:

3.1 Contrato Aleatorio: Cuando para ambos contratantes o para uno de ellos, la ventaja depende de un hecho casual, denominado también álea. (Art. 1136 C.C)

En el contrato aleatorio, cuando se celebra, las partes no conocen la extensión de las prestaciones de un modo preciso, sino que tal circunstancia dependerá de la realización o no del hecho casual previsto.

Ejemplo: El contrato de seguro, pues la prestación de las partes varía según ocurra o no el riesgo asegurado.

3.2 Contrato Conmutativo: Cuando la prestación es fijada por las partes en el momento de la celebración del contrato.

Ejemplos: La venta, el arrendamiento.

4. SEGÚN LA DURACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LAS PRESTACIONES:

4.1 Contrato de Cumplimiento Instantáneo: Conocido también como contrato de ejecución única, se caracteriza porque las partes cumplen sus prestaciones en un sólo momento, en una determinada unidad de tiempo que puede ser diferida a una oportunidad determinada o inclusive a varias oportunidades determinadas. Tal diferimiento no es de la naturaleza del contrato, no se requiere del transcurso del tiempo para cumplir la prestación.

Ejemplos: La venta, la permuta, la donación.

4.2 Contrato de Cumplimiento Sucesivo: Caracterizado porque la prestación no se realiza en una unidad de tiempo, sino que requiere necesariamente el transcurso del tiempo en períodos más o menos largos para su cumplimiento.

Ejemplos: El arrendamiento, en el cual el arrendador se compromete a proporcionar el goce y disfrute de la cosa arrendada en forma continúa durante determinado tiempo; el contrato de trabajo, el contrato de obra, el contrato de sociedad, el comodato, la enfiteusis, la anticresis, el mutuo, el depósito, la renta vitalicia.

5. SEGÚN SU PERFECCIONAMIENTO O SEGÚN SUS REQUISITOS EXTRÍNSECOS:

5.1 Contrato Consensual: Son aquellos que se perfeccionan solo consensu, por el solo consentimiento de las partes. (Art. 1137 C.C): El contrato se forma tan pronto como el autor de la oferta tiene conocimiento de la aceptación de la otra parte.

La aceptación debe ser recibida por el autor de la oferta en el plazo fijado por ésta o en el plazo normal exigido por la naturaleza del negocio.

El autor de la oferta puede tener por válida la aceptación tardía y considerar el contrato como perfecto siempre que él lo haga saber inmediatamente a la otra parte.

El autor de la oferta puede revocarla mientras la aceptación no haya llegado a su conocimiento. La aceptación puede ser revocada entre tanto que ella no haya llegado a conocimiento del autor de la oferta.

Si el autor de la oferta se ha obligado a mantenerla durante cierto plazo, o si esta obligación resulta de la naturaleza del negocio, la revocación antes de la expiración del plazo no es obstáculo para la formación del contrato.

La oferta, la aceptación o la revocación por

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