Negociaciones Colectiva
hdpaucar19 de Agosto de 2011
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SUB DIRECCION DE NEGOCIACIONES COLECTIVAS Y REGISTROS GENERALES.
PROPOSITO GENERAL
De conformidad, al Decreto Supremo Nº 010-2003-TR. Texto Único de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, tramitan los proyectos de pliego de reclamos, que se desarrollan en diferentes etapas como lo precisa el D.S. Nº 011-92-TR., Reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, y buscando prevenir los conflictos laborales.
El Decreto Supremo Nº 011-92-TR., que reglamenta la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, norma el registro de las obligaciones que tiene todo empleador, para dar la legalidad con respecto al cumplimiento de sus obligaciones patronales.
SUB DIRECTOR DE NEGOCIACIONES COLECTIVAS
Tramita las comunicaciones sobre proyectos de negociaciones colectivas, que contienen:
• Condiciones económicas
• Condiciones de trabajo
• Condiciones sociales
SUB DIRECTOR DE REGISTROS GENERALES
Registro de gremios sindicales, de los trabajadores del sector privado, y del sector público.
Las comunicaciones de los contratos de trabajo, sujetos a modalidad, a tiempo indefinido, tiempo parcial, y del régimen agrario.
El registro de las empresas que desarrollan actividades de alto riesgo.
Las autorizaciones de libro de planilla única de pago.
Autorización de libros contables, libro de actas. Libro de afiliados
Registro de convenios colectivos de trabajo.
Registro de Reforma de los Estatutos de las organizaciones sindicales, de la nomina de la junta directiva y de los cambios.
Comunicación de trabajadores amparados por el fuero sindical.
PRINCIPALES DESAFÍOS
La Sub Dirección de Negociaciones Colectivas, ante el número mínimo de personal de apoyo, debe cumplir con efectuar los trámites de las negociaciones colectivas, efectuar los planteamientos para la reducción de tiempo, y llegar a conciliar en el tiempo más breve.
La Sub Dirección de Registros Generales, implementará un sistema de sofward para la información oportuna de los registros de contratos, sindicatos (privados y públicos), registro de planillas, registro de empresas que desarrollan actividades de alto riesgo, y otras comunicaciones.
DIMENSIONES
Un Sub Director de Negociaciones Colectivas y Registros Generales, un auxiliar de apoyo para las diligencias de notificaciones que derivan de los trámites que corresponden al despacho.
AUTORIDAD PARA LA TOMA DE DECISIONES
El despacho, resuelve las comunicaciones de plazos de huelga, divergencias de personal de emergencia en caso de una eventual medida de fuerza, emitiendo pronunciamiento, los mismos que en caso de declararse improcedente, es resuelto en segunda instancia por la dirección de prevención y solución de conflictos.
El despacho resuelve, las divergencias que se presenta en el número de personal que debe prestar servicios en el caso de una eventual huelga, que de la resolución que emite el despacho, las partes pueden presentar su disconformidad (apelación) la misma que es resuelta por la Dirección de Prevención y Solución de conflictos.
A la comunicación de plazo de huelga presentado por los representantes sindicales del sector privado, el despacho lo califica emitiendo una resolución, en caso de declararse improcedente, que el organismo sindical puede presentar su disconformidad, la misma que es aceptada, y se remite el expediente a la Dirección de Prevención y Solución de Conflictos resolviendo en segunda instancia.
RELACIONES DE TRABAJO
Comunicación, con los organismos sindicales y los representantes de recursos humanos de las diferentes empresas, los mismos que sirven para el apoyo
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