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Nociones Generales del Derecho Civil.


Enviado por   •  8 de Agosto de 2014  •  Síntesis  •  1.869 Palabras (8 Páginas)  •  261 Visitas

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1.- Nociones Generales del Derecho Civil.

En sentido amplio, el Derecho Civil es sinónimo de Derecho Privado. En strictu sensu el Derecho Civil constituye la parte fundamental del Derecho Privado que comprende las normas relativas al estado y capacidad de las personas, a la familia, al patrimonio, a las obligaciones y contratos y a la transmisión de los bienes, regulando las relaciones privadas de los individuos entre sí. De forma que el Derecho Civil forma parte del Derecho Objetivo, Positivo y Sustantivo.

El Derecho Civil contiene las siguientes materias:

Derecho de la personalidad: comprende a las personas naturales y jurídicas.

Derecho de familia, en sus relaciones personales y patrimoniales.

Derecho patrimonial, que comprende lo relativo al patrimonio, derechos reales. Derechos de crédito o personales o de las obligaciones, y también comprende lo relativo a la sucesión hereditaria.

Del análisis del contenido material del Derecho Civil, se pueden extraer las siguientes ramas:

Derecho de las personas- Derecho de la personalidad.

Derecho de las cosas, bienes o derechos reales.

Derechos de las obligaciones.

Derecho de familia.

Derecho de sucesiones.

El Derecho Civil comprende entonces:

Reglas relativas a la estructura orgánica y al poder de acción de las personas privadas, tanto individuales, colectivas, físicas o morales, como también a la organización social de la familia.

Reglas bajo cuyo imperio se desarrollan las relaciones de derecho derivadas de la vida familiar, de la apropiación de las riquezas y del aprovechamiento de los servicios.

En esta materia de Derecho Civil I (personas y familia) se estudian estas ramas: Derecho de las personas y derecho de la personalidad, y lo concerniente al derecho de familia.

Sus principales instituciones son:

1) PERSONALIDAD

2) FAMILIA

3) PATRIMONIO

4) HERENCIA

1) El derecho a la Personalidad considera a la persona en si misma y organiza su desenvolvimiento en la sociedad, estableciendo las condiciones para que el ser humano o su nucleamiento sean considerados sujetos de derecho. Posee ademas las sig. divisiones:

Existencia e individualización de las personas físicas.

Capacidad de las personas físicas y sus variaciones.

Existencia, individualización y capacidad de las personas morales.

2) El derecho de Familia rige la Organización de la sociedad primaria en que el hombre nace y se desenvuelve, y dentro de la comunidad familiar define el estado de c/u de sus miembros. Posee ademas las sig. divisiones:

El matrimonio, normas de celebración, efectos en cuanto a las personas y a los bienes, sanción y disolución.

La filiación, que en nuestro derecho puede ser legitimo (ej. se derogo las calificaciones de hijo natural, adulterina e incestuosa), extra-matrimonial o adoptiva.

El parentesco.

La patria potestad, la curatela y la tutela.

3) El derecho Patrimonial rige las relaciones derivadas de la apropiación de la riqueza y del aprovechamiento de los servicios. Se divide ademas en:

Derechos reales.

Derechos de las obligaciones o personales

Derechos intelectuales.

4) El derecho Hereditario rige las transmisiones de bienes "MORTIS CAUSA", sucesión AB-INTESTATO, testamentaria, legados, legitima, etc.

Dispone de la suerte de las relaciones jurídicas luego del fallecimiento de las personas entre las cuales se anudan, o de alguna de ellas. Pone en conexión a la Institución de la Familia con la del Patrimonio.

Derecho Subjetivo:

Es aquella facultad, privilegio o prerrogativa reconocida por el Orden Jurídico, por la cual nosotros podemos exigir a otra persona una determinada conducta (nos reconoce una potestad).

a) Teoría Subjetivista:

Distintas posturas:

b) Teoría Sociológica o Biológica:

a) SAVIGNI resalta el aspecto voluntario del derecho, dice que es una esfera de poderes donde reina la soberana voluntad de una persona (no abarca el dcho. objetivo).

IHERING resalta el aspecto del interés que despertaba el dcho., dice que es el interés jurídicamente protegido, es una prerrogativa que nos reconoce el dcho.

* Ambos son de la misma escuela histórica, y la POSESION es un punto de desacuerdo entre ambos, no son contemporáneos.

b) DURKMEIN resalta que el hombre no tiene derechos sino obligaciones, tiene una función que cumplir, lo compara con el cuerpo humano.

Derecho Objetivo:

Es una norma jurídica que impone una conducta determinada (Ej. la ley de matrimonio), too puede ser visto como el dcho. vigente de un país determinado, o como cuando nos ref. a las diversas ramas del dcho.

Generalmente nos ref. a aquella orden de conducta que nos impone una ley por la fuerza.

La norma tiene que ser de aplicación GENERAL, REAL, y CONCRETA.

RAMAS -- Civil

Comercial

Penal

Laboral

Derecho Natural:

El derecho natural reconoce a los derechos. que hacen a la personalidad del hombre, de los cuales este no puede ser despojado. Es aquello que constituye la escencia misma del hombre, son grandes principios que salen a la luz de su conciencia por lo tanto no son dictadas arbitrariamente.

DERECHOS A: La Vida

La Libertad

El Honor

La Honestidad

La

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