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Nociones Generales Del Derecho


Enviado por   •  11 de Septiembre de 2014  •  1.452 Palabras (6 Páginas)  •  189 Visitas

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NOCIONES GENERALES DE LA INTRODUCCION DE LAS CIENCIAS JURIDICAS DEL DERECHO

El propósito principal es identificar y analizar las nociones generales del derecho así como los diferentes tipos de derecho como lo son el derecho privado, el derecho público, el derecho subjetivo y el derecho adjetivo, los valores, entre otros.

El Derecho es un sistema racional de normas de conductas declarada obligatorio por la autoridad competente, puede ser entendido como, un conjunto de normas que rigen la vida de una sociedad, regulando la conducta de los individuos y grupos que la conforman y resolviendo los conflictos que entre ellos se producen.

Por otra parte el derecho se clasifica en: derecho objetivo que es el conjunto de normas jurídicas que imponen deberes y atribuyen derechos; En derecho subjetivo se refiere a la facultad de hacer valer los derechos; En derecho sustantivo que son las ramas de derecho; En derecho adjetivo que consiste en el conjunto de normas y principios que regulan las relaciones jurídicas, ponen en ejercicio la actividad judicial, y comprende las leyes procedimentales y de enjuiciamiento; En derecho público que consiste en el conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones del Estado, como ente soberano, con los ciudadanos u otros estados y por último en derecho privado que es el conjunto de disposiciones jurídicas que rigen las relaciones de los particulares entre sí.

También el derecho posee características como: Bilateral porque al accionar u obrar un sujeto, se ponen las obras y acciones de otros. Es General porque se aplica a todos los individuos. Es Coercitivo porque en caso de incumplimiento, se aplica con el uso de la fuerza. Es Imperativo porque ordena. Y para finalizar es Evolutivo: Porque se adecua al desarrollo de la vida social.

En cuanto a los valores tenemos la Moral que es la creencia de una persona o un grupo de personas que orienta en hacer el bien, lo que es correcto o incorrecto de una acción y se caracteriza por ser irrenunciable, perpetua e inexprobiable.

La moral tiene dos puntos de vista uno formal que regula los actos humanos o perfecciona los valores y el otro material que es la parte de la realidad que estudia la ciencia. A demás hay una relación entre la moral y el derecho ya que la moral posee coerción y sanción interna pero no tiene coacción y por lo tanto es incoercible y el derecho posee coerción, sanción externa y coacción por lo tanto las normas son siempre coercibles, es decir capaces de ser impuestas y de generalmente la moral y el derecho coinciden perfectamente.

Con respecto a la religión se entiende que es la práctica y la creencia en dios y se caracteriza por ser universal, poseer moral, por la oración y la actitud religiosa. Se divide según sus doctrinas (Monoteísta, Politeístas, No-teístas, Animistas) y origen (Religiones de la Antigüedad, Abrahámicas, Dhármicas, Indígenas, Chinas, Nuevas religiones) y la relación de la religión con el derecho es que regula la conducta del individuo del punto de vista sobrenatural.

En cuanto a la ética es aquella instancia desde la cual juzgamos y valoramos la forma como se comporta el hombre y, al mismo tiempo la instancia desde la cual formulamos principios y criterios acerca de cómo debemos comportarnos y hacia donde debemos dirigir nuestra acción.

La ética y el derecho tienen relación ya que ambas rigen la conducta humana pero tienen sus diferencias como que la ética es autónoma, las normas son de aspecto interno, es unilateral y es incoercible a diferencia del derecho que es heterónomo, las normas son de aspecto externo, es bilateral y es coercible.

Por lo que se refiere al convencionalismo social esta son las reglas que se mantienen en forma de costumbre que se imponen como requisitos en las relaciones sociales y van acompañadas con una sanción de repudio en el entorno donde vive de no ser cumplidas. El convencionalismo social se caracteriza por ser exterior, unilateral, incoercible y heterónoma.

Otro punto es el derecho como valor que permite la justicia, el bien común, es decir, el contenido de valor no altera las normas jurídicas, vale destacar que el verdadero valor del derecho es lograr la paz y la armonía en la vida social de los individuos. El derecho como creación de la humanidad es susceptible a valoraciones y se clasifica en dos tipos, la primera es la valoración jurídica positiva que estudia los valores

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