OPERALIZACIÓN DE LA LEY DE SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE DE EDUCACIÓN SUPERIOR
AzkidsamidGratebri3 de Julio de 2013
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CAPÍTULO II
OPERALIZACIÓN DE LA LEY DE SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE DE EDUCACIÓN SUPERIOR
Aplicación de la Ley en la Universidad Simón Bolívar
La Universidad Simón Bolívar tiene como misión contribuir a la formación integral de sus estudiantes:
a. El acercamiento interdisciplinario al saber;
b. Una sólida formación científica y técnica;
c. Una sólida formación social y humanística, prestando especial atención a cuestiones sociales fundamentales, como las que guardan relación con la eliminación de la pobreza, el desarrollo sostenible, el diálogo intercultural y la construcción de una cultura de paz.
d. El desarrollo equilibrado y armónico de dimensiones teóricas y prácticas; técnicas y éticas; informativas y formativas; conocimientos, habilidades, valores y actitudes;
e. El desarrollo de lo asociativo y formación de capital social, fomentando los valores de convivencia y la realización organizada y efectiva de actividades extracátedra;
f. El fomento de las bases del auto-aprendizaje, en el que cada persona es agente activo de su propia educación;
g. El desarrollo de la sensibilidad social y conexión con el entorno, formación en valores y participación ciudadana
Para el logro de los objetivos de Formación Integral, el currículo de los estudios de pregrado en la Universidad Simón Bolívar comprenderá tres áreas: Formación Profesional, Formación General y Formación Complementaria.
La Formación Complementaria tiene como principal objetivo contribuir a la Formación Integral del Estudiante, promoviendo el desarrollo de actitudes, valores y conocimientos que propendan a sensibilizar al estudiante frente a la realidad del país y el reforzamiento de valores de ética, solidaridad, participación, respeto y estima de la esfera de lo colectivo.
En la formación complementaria profesional, el estudiante aplicará, en términos prácticos, conocimientos, habilidades y destrezas que han sido adquiridos durante sus estudios de tercer nivel, la cual consta fundamentalmente de dos componentes; Cursos en Cooperación y Servicio Comunitario. El Programa de Cursos en Cooperación busca suministrar a los estudiantes una forma de aprendizaje denominada pasantía, que consiste en un lapsos de permanencia a tiempo completo en empresas o instituciones nacionales o internacionales. Busca también fomentar la relación entre la Universidad y los sectores productivos, de investigación y de desarrollo.
Se lleva a cabo a través de diversas modalidades de pasantías, en las cuales se busca la participación del estudiante en actividades de índole laboral y profesional requeridas tanto por el entorno productivo, generador de bienes y servicios como por instituciones, organizaciones sociales. Dicha Comisión tendrá como funciones principales la evaluación y seguimiento del Programa de Formación Complementaria y del Servicio Comunitario.
La Universidad establecerá formas de acreditación, estímulo y reconocimiento para los estudiantes, por su participación en programas relacionados con la Formación Complementaria. Asimismo, se crearán facilidades para la dotación de espacios y establecimiento de horarios para el desarrollo de tales programas. Las Coordinaciones Docentes estudiarán y propondrán las acciones que permitan realizar los reajustes de carga académica para la inserción de la Formación Complementaria en los currículo.
El servicio comunitario es obligatorio en todo el territorio, y debe estar vinculado a las disciplinas en las que los prestatarios se forman. Es requisito obligatorio para la obtención del título universitario Objetivo: aplicar los conocimientos de las instituciones de educación superior para ayudar a la solución de problemas específicos de las comunidades.
La Formación Complementaria General busca fomentar los valores de solidaridad, ciudadanía, conciencia crítica, ética y estética, compromiso y participación social, así como el trabajo en equipo, como parte del proceso de complementación del estudiante. Se desarrolla mediante contenidos específicos en asignaturas, seminarios y talleres preparatorios y la participación en agrupaciones, proyectos y acciones comunitarios, artísticos, científicos, tecnológicos, culturales, ambientales o deportivos.
La Universidad programará seminarios, cursos o talleres sobre la realidad y formación integral comunitaria, a fin de capacitar al personal académico y estudiantil para la ejecución del Servicio Comunitario. En tal sentido, durante cada periodo académico se dictará, con el apoyo de medios de divulgación apropiados, los cuales incluyen el uso de plataformas tecnológicas adecuadas, un seminario o taller preparatorio, previo a la realización del Servicio Comunitario. Dicho seminario o taller tendrá el objetivo de facilitar la comprensión de la realidad social comunitaria y venezolana, los principios de formulación y evaluación de proyectos sociales y el marco normativo vigente en la materia. Entre los aspectos o temas relativos a la Ley del Servicio Comunitario del Estudiante de Educación (LSCEES). El tiempo dedicado a este seminario o taller formará parte del número total de horas que se fija para el ejercicio del Servicio Comunitario. Cada Coordinación de Carrera, con el apoyo de los decanatos de Estudios y de Extensión, propiciará la realización de los foros, talleres y seminarios incluyendo consideraciones sobre las potencialidades de cada disciplina en el desarrollo del Servicio Comunitario.
Los fines principales del Servicio Comunitario, conforme a lo previsto en la Ley del Servicio Comunitario del Estudiante de Educación y a objetivos de carácter institucional de la Universidad, son los siguientes:
a. Desarrollar una forma de aprendizaje denominada Servicio Comunitario, consistente en la permanencia a tiempo completo o parcial en instituciones u organizaciones, la cual permita la aplicación de conocimientos a problemas de las comunidades, en particular a aquellas de menores recursos;
b. Fomentar en el estudiante la solidaridad y el compromiso con la comunidad como norma ética y ciudadana;
c. Hacer un acto de reciprocidad con la sociedad;
d. Enriquecer, a través del aprendizaje-servicio, el proceso formativo integral de los estudiantes y contribuir a la formación de capital social;
e. Fomentar las relaciones entre la Universidad y las comunidades, como mecanismo de cooperación para el desarrollo.
El Servicio Comunitario puede ser realizado en cualquier lugar del país, con especial énfasis en localidades en las cuales existen sedes o núcleos de la Universidad Simón Bolívar y en correspondencia con las disponibilidades de la Universidad. El Servicio Comunitario tendrá una duración mínima de ciento veinte horas, las cuales se deben cumplir en un conjunto de fases o etapas que tendrán una duración total no inferior a los tres meses.
El proceso a seguir para la prestación del Servicio Comunitario corresponde a las fases de la prestación del Servicio Comunitario, comenzando con la Publicación de la Oferta de Proyectos, la realización de Seminario Preparatorio, la elaboración del Proyecto y Plan de Trabajo y su presentación y aprobación; la realización de la Práctica; la Presentación de Informe Final; la Evaluación de los resultados y la Certificación. Una vez aprobado el Proyecto en las coordinaciones docentes, el mismo será remitido a la coordinación de Cooperación Técnica y Desarrollo Social y de Cursos en Cooperación con la empresa de la Sede del Litoral para su tramitación.
Los proyectos de Servicio Comunitario, deben contar con los recursos necesarios para su ejecución, asignados en el presupuesto ordinario o por financiamiento externo. Los programas institucionales del Servicio Comunitario serán incluidos en los Planes Operativos Anuales, con la finalidad de ser incorporados en los presupuestos. Los programas incluirán el cálculo de recursos que, en adición a la dedicación de los estudiantes y sus tutores, son requeridos para el cabal desarrollo del trabajo, tales como materiales y suministros, bonificación de asesores y tutores, viáticos, transporte, alojamiento y seguridad.
Corresponde la realización de las actividades del Servicio Comunitario a los estudiantes de carreras largas a partir de la Cohorte 2003 y a los estudiantes de carreras cortas a partir de la Cohorte 2005.
También corresponde la realización de las actividades del Servicio Comunitario a los estudiantes de carreras largas a partir de la Cohorte 2003 y a los estudiantes de carreras cortas a partir de la Cohorte 2005. Estudiantes de cohortes anteriores a las mencionadas podrán realizar el Servicio Comunitario de acuerdo con la disponibilidad de la Universidad. Las actividades de Servicio Comunitario desarrolladas durante el año 2006, con anterioridad a la entrada en vigencia del presente Reglamento, podrán ser acreditadas total o parcialmente como Servicio, con el aval de la Coordinación Docente y del Decanato de Extensión.
Aplicación de la ley en la Universidad Nacional Experimental "Francisco de Miranda"
La Universidad Experimental Francisco de Miranda define al servicio comunitario de la siguiente manera consiste en el compartir de saberes, haceres y convivialidades entre universitarios y grupos comunitarios, y así unir los esfuerzos que responden a la satisfacción de necesidades para la construcción de la nueva sociedad.
Esta ley tiene su aplicación en la universidad Francisco de Miranda para establecer una sociedad democrática, comunicativa y protagónica que fortalezca los valores de solidaridad, el bien común, responsabilidad social, cooperación, corresponsable, a
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